Goldman Sachs, el banco de inversión que no es sospechoso de ser un contubernio anticapitalista o antiglobalista, realizó en el año 2019 un estudio por el que estimaba que los bancos españoles tendrían que devolver 70.000 millones de euros a los afectados por el IRPH si la Justicia calificara a este índice como abusivo.
Desde ese momento, y en puertas a la primera sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), los gobiernos de Pedro Sánchez han utilizado a la Abogacía del Estado para evitar que se haga justicia a los afectados por el IRPH. Es más, el propio PSOE se unió al PP y a Vox para que no se tramitara en el Congreso de los Diputados una Proposición No de Ley presentada por EH-Bildu para prohibir la personación de la Abogacía del Estado en las causas relacionadas con el IRPH que se decidieran en Luxemburgo.
La sentencia del pasado jueves sobre IRPH, en la que el TJUE ha derogado de facto la doctrina y la jurisprudencia del Tribunal Supremo, muestra cómo el gobierno de Sánchez, de la mano de la Abogacía del Estado, ha luchado, una vez más, para evitar que los afectados por este índice abusivo recuperen el dinero que los bancos les han cobrado de más.
La sentencia del TJUE, además de corregir al Supremo y dejar nulo margen a nuevas interpretaciones favorables a la banca, descubre algo que es escandaloso aunque ya no sorprende al más de un millón de familias afectadas. El gobierno de Pedro Sánchez se personó en la causa para defender a la banca. El IRPH es una cuestión de estado, y en las causas abiertas en Luxemburgo en su contra la banca siempre ha contado con la ayuda del gobierno de Pedro Sánchez. La participación de Podemos y Sumar en estos gobiernos tampoco ha supuesto ningún cambio.
Según se indica en la sentencia, el gobierno de Sánchez luchó para que no se admitiera a trámite la cuestión prejudicial. «El Gobierno español expresa dudas en cuanto a la admisibilidad de la petición de decisión prejudicial. A este respecto, alega que, debido a la falta de indicaciones suficientes acerca del marco fáctico del litigio principal, al hecho de que aún no ha habido una decisión sobre la admisión de las pruebas propuestas por las partes del litigio principal y a la circunstancia de que no se conocen las pretensiones de esas partes, el Tribunal de Justicia se ve en la imposibilidad de dar una respuesta útil a las cuestiones prejudiciales formuladas, ya que la apreciación de la transparencia y de la abusividad de una cláusula debe basarse en el conjunto de las circunstancias particulares de cada contratación concreta. En este contexto, se solicita del Tribunal de Justicia un examen general y abstracto de la Directiva 93/13, en relación con el empleo de un IRPH como índice de referencia en contratos de préstamo hipotecario. El Gobierno español sostiene asimismo que la presentación de la jurisprudencia del Tribunal Supremo contenida en el auto de remisión carece de rigor y es, incluso, inexacta y que la jurisprudencia del Tribunal de Justicia ya ofrece respuesta a muchas de estas cuestiones», afirma la sentencia del TJUE.
Es decir, que el gobierno de Pedro Sánchez reclamaba lo mismo que el Supremo y que el propio Tribunal de Justicia europeo acaba de derogar.
Respecto a las cuestiones prejudiciales presentadas por la magistrada Eva Cerón, el gobierno de Pedro Sánchez también se opuso a su admisión. «El Gobierno español niega que sea admisible la segunda cuestión prejudicial, relativa al comportamiento habitual de las entidades de crédito cuando se celebran contratos de préstamo hipotecario bajo la supervisión de administraciones públicas, porque considera que esta cuestión prejudicial se basa en una hipótesis expuesta de forma incompleta o inexacta. Así, el Gobierno español sostiene que el tipo aplicable a los contratos para la adquisición de viviendas de protección oficial venía determinado por la normativa nacional, de forma que no se trata de un contexto de libre fijación de precios, a diferencia de lo que sucede con los contratos de préstamo hipotecario celebrados para la adquisición de otras viviendas, como el contrato de préstamo objeto del litigio principal».
El TJUE le vuelve a dar un golpe a los representantes del gobierno de Pedro Sánchez y declara que las cuestiones presentadas por la magistrada Cerón son perfectamente admisibles.
Lo mismo sucedió con la tercera cuestión prejudicial que la Abogacía del Estado considera que es una hipótesis «expuesta de forma incompleta o inexacta». Lo que se demuestra en toda la sentencia, es que las reclamaciones de los representantes legales del gobierno de Sánchez tienen como objetivo principal colocar por encima de los intereses de la ciudadanía a los del sector financiero, además de encubrir las atrocidades legales perpetradas por el Supremo. Tal vez, en este caso, los jueces no estén jugando «con cartas marcadas».
Además, tal y como se puede leer en la sentencia, tanto la Abogacía del Estado de Sánchez y los letrados de la entidad bancaria (Kutxabank) van de la mano al, incluso, querer deslegitimar la competencia del TJUE. Esto no es nuevo, en todas las decisiones del Tribunal de Justicia ha ocurrido lo mismo y, nuevamente, hay que recordar que todas ellas se han producido mientras Pedro Sánchez, el tipo que se presenta como el presidente de «la gente», estaba en la Moncloa.