Luxemburgo, 15 de julio, próximo paso para la amnistía

Malversación y terrorismo, las dos grandes cuestiones planteadas por la medida de perdón penal que, en el momento en que los jueces europeos se pronuncien, quedarán resueltos y despejarán las incógnitas que se plantean en la LOA

02 de Julio de 2025
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Jueces TJUE Luxemburgo

Pasa inadvertida a casi todo el mundo una fecha clave para la aclaración sobre la legalidad de la ley orgánica 1/24 de amnistía para la normalización institucional, política y social en Catalunya. El próximo 15 de julio, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea comienza a debatir las cuestiones prejudiciales presentadas por las instancias españolas en torno a esa norma. Y la primera de ellas es la del Tribunal de Cuentas (Tcu). Esta institución dejó pendiente de ejecución la condena por malversación contra 35 altos cargos de la Generalitat entre los que se encuentran los expresidents Artur Más, y Carles Puigdemont, el vicepresident, Oriol Junqueras y varios exconsellers y funcionarios de la institución. La vocal ponente, Elena Hernáez, designada a propuesta del PP, les acusa de haber malversado fondos públicos para la consulta popular sobre el futuro de Catalunya de 2014, el referéndum del 1 de octubre de 2017, y la promoción exterior del proceso soberanista. En total les pide el reembolso de 3,1 millones de euros. En la cuestión prejudicial, la consejera solicita al TJUE que se pronuncie sobre la compatibilidad de la norma con el derecho comunitario, en especial en lo que se refiere a la protección de los fondos públicos europeos y los principios de lucha contra el fraude y la cooperación entre estados miembros. Es la primera vez que la instancia de Luxemburgo deberá dictar sentencia. Pero no la única. A continuación, los jueces examinarán la cuestión presentada por la Audiencia Nacional sobre la sentencia de los CDR, los Comités de Defensa de la República, que les atribuye delitos de terrorismo.

El Tribunal de Cuentas cuestiona si la extinción de responsabilidades contables establecida por la LOA es compatible con el artículo 325 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), que obliga a los estados miembros a adoptar medidas eficaces para combatir el fraude que afecte a los fondos públicos, incluyendo aquellos que provienen de la UE. Por otra parte, la investigación llevada a cabo por el Tribunal de Cuentas reveló que una parte significativa de los fondos públicos se destinó a promover la causa independentista en el extranjero, “sin una justificación clara ni un retorno tangible para el bienestar público de Cataluña”. Estos gastos incluyeron desde la financiación de informes internacionales sobre autodeterminación hasta la organización de eventos deportivos con fines diplomáticos. Para la jurisdicción contable, estos gastos no solo impactaron en las finanzas públicas de Cataluña, sino que también pudieron afectar los intereses financieros de la Unión Europea, lo que justifica la intervención del TJUE. De momento la sentencia ha quedado suspendida a la espera de que se pronuncien los jueces. Y el procedimiento empieza el día 15.

Aunque no tienen nada que ver con la cuestión presentada por el Tcu, lo cierto es que en la mesa de los magistrados europeos hay varias preguntas sobre este mismo asunto que se resumen en si los líderes del procès malversaron fondos que afectan a la economía de la UE. Está el Supremo que se niega a amnistiarlos porque aseguran que se enriquecieron personalmente al utilizar dinero procedente de las arcas públicas. Ya se ha hablado mucho, pero, para resumir, la opinión de la sala de Lo Penal viene a ser que si los promotores querían llevar a cabo un referéndum y una campaña por la independencia deberían de haber utilizado dinero procedente de su patrimonio. Esa es la razón para argumentar el tan traído y llevado “enriquecimiento personal”.

No es ese el tema que va a ocupar a los miembros del TJUE sino si ese dinero procedía de los fondos comunitarios. Y, en caso afirmativo, si se utilizó de manera ilegal contraviniendo los tratados de la UE en materia de utilización de esos fondos. Lo más probable es que en Luxemburgo intenten unificar los criterios establecidos en las otras instancias españolas, el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, la Audiencia Provincial de Madrid, y varios juzgados de primera instancia. Cabe recordar que algunos jueces han aplicado la amnistía en materia de malversación sin esperar a que haya una respuesta europea.

Al respecto existe opiniones encontradas. Hay expertos que están convencidos de que el TJUE fallará en contra de amnistiar el delito de malversación mientras que otros se acogen al dictamen de la Comisión de Venecia. Sus miembros, que llevaron a cabo un exhaustivo examen de la ley que entonces se debatía en el Congreso de los diputados, - y por lo tanto no estaba aprobada-, no advirtieron actuación delictiva en la utilización de los fondos para llevar a cabo, primero la consulta y luego el referéndum. Por lo tanto, ahora deberá de ser la que, sobre el papel es la máxima instancia judicial europea la que ponga negro sobre blanco a esta polémica. Cuando lo haga, ni la constitucionalidad de la LOA, dictaminada hace escasas fechas por el Tribunal Constitucional, ni la polémica política, tendrán el valor de la máxima institución judicial de la UE cuya resolución debería prevalecer sobre cualquier otra.

Además, ese mismo día, otra sala del TJUE estudiará las cuestiones prejudiciales elevadas por la Audiencia Nacional por el caso de 12 miembros de los CDR, los Comités de Defensa de la República, procesados por delitos de terrorismo, acusados de fabricar explosivos. Inicialmente, los magistrados españoles quieren que el TJUE decida si su caso vulnera la directiva comunitaria contra el terrorismo y, por tanto, no podrían acogerse a la ley de amnistía.

Malversación y terrorismo, las dos grandes cuestiones planteadas por la medida de perdón penal que, en el momento en que los jueces europeos se pronuncien, quedarán resueltos y despejarán las incógnitas que se plantean en la LOA. A la vuelta de las vacaciones, el Constitucional pondrá en marcha los mecanismos para resolver los recursos presentados por las comunidades autónomas. Pero si partimos del hecho de que, para entonces, puede haber no sólo una sino varias sentencias favorables, la respuesta a esos recursos será cosa de coser y cantar. Y de ahí a la resolución de los amparos presentados por los líderes del procès, y, en especial los de Carles Puigdemont y Oriol Junqueras, los de mayor relevancia política, es sólo cuestión de algunos meses. Por lo tanto, lo que ocurra a partir del próximo 15 de julio en Luxemburgo se antoja de vital importancia para el futuro de la controvertida amnistía para los soberanistas catalanes.

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