La temeridad, el juez Peinado y el Tribunal Supremo

Utilizar argumentos a la hora de rechazar una demanda como el de “perturbar la justicia” es reprobable bajo todos los puntos de vista, el judicial y el social

22 de Octubre de 2024
Actualizado a las 9:42h
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Justicia Temeridad

Un magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que inadmitió a trámite la querella presentada por la Abogacía del Estado contra el juez Peinado por el interrogatorio al presidente del gobierno acusa a los demandantes de “actuar con temeridad y de intentar perturbar a los tribunales” pidiendo como castigo una multa “por fraude de ley”. Si hacemos caso a lo que dice este juez, habría que examinar varias resoluciones judiciales. La sala de Lo Penal del Tribunal Supremo actuó con temeridad, al no contar con los fundamentos jurídicos necesarios para dictar el auto que declara fuera de la ley de amnistía los delitos de malversación atribuidos a algunos de los condenados del procès, según reputados juristas. El instructor de la causa contra Begoña Gómez dictó una providencia en la que se cargó el principio de presunción de inocencia al calificar el silencio de Pedro Sánchez cuando fue interrogado en Moncloa como algo “de lo que se puede sacar conclusiones”. Es más, si hablamos de perturbar la justicia habría que considerar que la propia denuncia de Hazte Oír y Manos Limpias en la causa, basada en recortes de digitales, va en contra de la doctrina del propio TS que rechaza este tipo de demandas “si las informaciones no están lo suficientemente contrastadas”. En cambio, Peinado la admitió a trámite. Perturbar la justicia es, también, seguir investigando sobre un asunto a pesar de que tus superiores te lo han prohibido como sucede en el rescate a Globalia que la Audiencia de Madrid ha tenido que repetir a Peinado que se olvide de ese tema.

Está claro que los jueces han emprendido una guerra contra Pedro Sánchez que cuenta, además, con el total apoyo no sólo de la extrema derecha sino, lo que es más grave, del Partido Popular que se ha olvidado de su “centralidad”. Lo ha dicho Tellado, que quieren cargarse a toda costa a Pedro Sánchez, “utilizando los medios que hagan falta, incluida la justicia”. Los magistrados del TSJM están en su derecho de inadmitir a trámite cualquier demanda, incluidas las presentadas por la abogacía del Estado. Una cosa es rechazarlas y otra es utilizar argumentos que rozan su descalificación. Cualquier ciudadano puede acudir a los juzgados cuando considera que sus derechos se han menoscabado. Para eso están los jueces que pagamos todos los españoles. Utilizar argumentos a la hora de rechazar una demanda como el de “perturbar la justicia” es reprobable bajo todos los puntos de vista, el judicial y el social. Suena a “miren ustedes, dejen de tocarnos las narices que no estamos para eso”. Mas o menos es la traducción en román paladín.

Los magistrados que han aprobado el fallo son  los jueces Celso Rodríguez y Francisco José Goyena, este último es el instructor de la causa contra el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, que, a su vez, rechazó la querella por revelación de secretos contra el juez Peinado presentada por el periodista Máximo Pradera, en una clara contradicción a la hora de utilizar el argumento de la libertad de información (ver el análisis “Cuando un juez se contradice al defender el derecho a la información” del 16 de octubre). El tercer magistrado es el que ha presentado un voto particular en el que pide una sanción de 6.000 euros “por perturbar a la justicia” por una demanda que considera “temeraria”. Se trata de Jesús María Santos, especialmente crítico con la abogacía del Estado. Considera que la querella estaba “desprovista de fundamento”, era “conscientemente gratuita o arbitraria” y “menoscaba seriamente el clima de serenidad y sosiego que debe acompañar al quehacer del poder judicial”. Este magistrado entiende que la abogacía del Estado y Pedro Sánchez tendrían que haber sido multados con hasta 6.000 euros por temeridad procesal. El juez Santos ha sido letrado del Tribunal Constitucional y ha estado vinculado personalmente con el que fue su presidente, Manuel Jiménez de Parga, exministro con Adolfo Suárez. Fue propuesto por la asamblea regional de Madrid para ocupar el puesto, y elegido por el Consejo General del Poder Judicial de la época de Carlos Lesmes. Formó parte del tribunal que archivó una denuncia de una diputada del PP contra el que hoy es presidente de la asamblea regional, Enrique Ossorio, hombre de confianza de Isabel Díaz Ayuso.

Las acusaciones de Santos reabren la polémica ya planteada aquí mismo sobre los abusos de las querellas. Llamativa es la contundencia con la que se emplea este magistrado cuando se están llenando los tribunales de querellas, además gratuitas, de las asociaciones vinculadas a la extrema derecha que utilizan la figura de la acción popular para perseguir a la izquierda en general y a Pedro Sánchez y su entorno en particular. Al utilizar la figura de la acusación popular se evitan el tener que depositar la fianza que la ley obliga a este tipo de actuaciones por lo que, simplemente con tener un servicio jurídico con abogados, es suficiente para inundar los juzgados de acciones. Si luego encima se cuenta con la colaboración de algunos jueces, el objetivo está servido.

Y en este país no se respeta el principio de presunción de inocencia. Hasta que no existe una condena en firme el ciudadano no puede atribuírsele el delito por el que se le denuncia. Pero la sociedad y sobre todo los medios de comunicación y las redes sociales no parecen respetar este principio y se lanzan a imputar a una persona sin que se haya comprobado su culpabilidad. Esta circunstancia la usan las asociaciones de extrema derecha, en especial Hazte Oír y Manos Limpias, para acudir a los juzgados. No tienen nada que perder y mucho que ganar porque, encima, una parte importante de la carrera judicial les sigue el juego.

Otra cosa es cuando llega la hora del juicio donde muchas de estas investigaciones quedan en nada. Pero, para entonces, los acontecimientos sociales han superado el tiempo en que la justicia tarda en tramitar el asunto. Pueden pasar hasta seis años hasta que se produce el fallo de los jueces, como ha sucedido con Eduardo Zaplana en la operación Erial. Y más todavía si se tienen en cuenta los recursos ante los tribunales superiores.

Y de eso son conscientes las asociaciones de extrema derecha que dicen querer “combatir la corrupción” pero que, al final, lo único que logran son los grandes titulares en los medios de comunicación. Unos titulares que acaban con la reputación de las personas que tienen la mala suerte de acabar en manos de un juzgado. Y eso es lo que está pasando precisamente ahora con el gobierno. Lo hemos dicho aquí mismo y no nos cansaremos de repetirlo. Es una manera antidemocrática de derribar a aquellos que han obtenido el poder mediante la legítima acción de las urnas. Pero de eso sabe mucho la extrema derecha de este país. Ya lo hicieron. Ahora han cambiado de método. Ya no son los militares. Ahora son los jueces los que se encargan de derribar a la izquierda.

 

 

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