El TJUE, cada vez más un Tribunal Constitucional

La descentralización del TJUE y su impacto en la agilización de la Justicia Europea

14 de Agosto de 2024
Actualizado a las 20:16h
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Como siempre pasa, las noticias espectaculares, morbosas e interesadas tapan a las importantes y de gran calado futuro. El 1 de septiembre de 2024 marcará un hito significativo en la evolución del sistema judicial de la Unión Europea, y por tanto en nuestro sistema judicial.

Con la entrada en vigor de la modificación del Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), se ha transferido parte de la competencia prejudicial del Tribunal de Justicia al Tribunal General. Este movimiento no es meramente administrativo; representa un ajuste estratégico profundo que busca, con la excusa de aliviar la carga de trabajo del TJUE, estructurar y dotar de coherencia al sistema judicial europeo.

La Transferencia de Competencias: Una Decisión con Profundas Implicaciones

La modificación del Estatuto del TJUE, publicada recientemente en el Diario Oficial de la Unión Europea, delega en el Tribunal General la competencia para pronunciarse sobre cuestiones prejudiciales en seis áreas específicas:

  1. El sistema común del IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido): Una de las áreas más sensibles en la economía de la Unión, que impacta directamente en la fiscalidad y el mercado interno.
  2. Los impuestos especiales: Incluye aquellos impuestos indirectos que se aplican sobre el consumo de productos específicos, como el alcohol, el tabaco o los combustibles.
  3. El código aduanero: Que regula las normas para la importación y exportación de bienes en la Unión, crucial para el comercio internacional.
  4. La clasificación arancelaria de mercancías en la nomenclatura combinada: Un área técnica pero fundamental, que determina cómo se categorizan los productos para el comercio y la imposición de aranceles.
  5. La compensación y asistencia a los pasajeros en caso de denegación de embarque, retraso o cancelación de los servicios de transporte: Un aspecto clave para los derechos de los consumidores en la Unión, especialmente en el sector aéreo.
  6. El régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero: Parte esencial de la política ambiental de la Unión, que tiene implicaciones directas en la lucha contra el cambio climático.

Además de esta transferencia de competencias, la reforma incluye una ampliación significativa del mecanismo de previa admisión a trámite de los recursos de casación, lo que afecta a las resoluciones de varias salas de recurso independientes dentro de la Unión Europea. Este mecanismo se aplicará ahora a recursos interpuestos contra las decisiones de las siguientes diez salas de recurso:

  1. Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) - Alicante, España.
  2. Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales (OCVV) - Angers, Francia.
  3. Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA) - Helsinki, Finlandia.
  4. Agencia de la Unión Europea para la Seguridad Aérea (AESA) - Colonia, Alemania.
  5. Agencia de la Unión Europea para la Cooperación de los Reguladores de la Energía (ACER) - Liubliana, Eslovenia.
  6. Junta Única de Resolución (JUR) - Bruselas, Bélgica.
  7. Autoridad Bancaria Europea (ABE) - París, Francia.
  8. Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM) - París, Francia.
  9. Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (AESPJ) - Fráncfort del Meno, Alemania.
  10. Agencia Ferroviaria de la Unión Europea (AFE) - Valenciennes, Francia.

Eso quiere decir que, todas las anteriores competencias, que como pueden ver, son muchas, la última palabra ya no la tendrán ni el Supremo ni el Constitucional, sino el Tribunal General de la Unión Europea.

Uno de los principales objetivos de esta reforma es agilizar el proceso judicial en la Unión Europea. En los últimos años, el TJUE ha experimentado un aumento significativo en la cantidad y complejidad de los casos que se le presentan. Este incremento ha tensado sus recursos y alargado los tiempos de respuesta, que se estiman en catorce meses de promedio y que para sus magistrados acaba comprometiendo su capacidad para garantizar una justicia rápida y expedita. -Mejor no hagamos comparaciones con España-.

La delegación de competencias al Tribunal General es, por tanto, una solución pragmática a la vez que interesada. Con la pasada ampliación a dos jueces por Estado miembro, el Tribunal General está bien equipado para asumir esta nueva carga de trabajo sin comprometer la calidad de sus decisiones. Además, al recibir solo aquellas cuestiones prejudiciales que encajen dentro de las áreas específicas mencionadas, el Tribunal General puede apoyarse en la jurisprudencia existente, asegurando así decisiones consistentes y fundamentadas. Al anterior trabajo se le suma los recursos contra la Comisión.

Este cambio, no solo redistribuye la carga de trabajo, sino que también acaba creando tribunales de especialización y enfoque dentro del TJUE. Al reducir el volumen de casos que el Tribunal de Justicia debe manejar, se espera también que los tiempos de resolución se acorten significativamente, beneficiando a los ciudadanos, empresas y Estados miembros que dependen de decisiones rápidas y claras en asuntos de derecho de la Unión.

Además, la reforma introduce una mayor transparencia en los procedimientos prejudiciales, permitiendo a instituciones clave como el Parlamento Europeo, el Consejo y el Banco Central Europeo intervenir cuando tengan un interés particular en los casos, fortaleciendo así el proceso democrático dentro de la Unión. Hasta ahora solo le era posible intervenir a la Comisión.

La transferencia de competencias del TJUE al Tribunal General es un cambio que, aunque técnico en su naturaleza, tiene implicaciones trascendentales para la agilidad y eficiencia del sistema judicial europeo. Al concentrarse en los casos más complejos y fundamentales, el TJUE refuerza su papel como el baluarte del Derecho de la Unión, es decir, de “Constitucional”, mientras que el Tribunal General asume un rol más activo en áreas con jurisprudencia establecida, asegurando una justicia más rápida y accesible para todos los europeos. O sea, asume la función de “Supremo”. Este ajuste estratégico promete un futuro en el que la justicia europea no solo sea más eficiente, sino también más cercana a las necesidades reales de la Unión y sus mercaderes, y a sus ciudadanos, aún está por ver.

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