El Gobierno aprueba medidas laborales urgentes ante la DANA: permisos retribuidos y apoyo a autónomos

La norma busca proteger a trabajadores y autónomos afectados, con exenciones y ayudas retroactivas

04 de Noviembre de 2024
Actualizado el 05 de noviembre
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El Gobierno aprueba medidas laborales urgentes ante la DANA: permisos retribuidos y apoyo a autónomos
El Gobierno aprueba medidas laborales urgentes ante la DANA: permisos retribuidos y apoyo a autónomos

El Gobierno ha anunciado un paquete de medidas para proteger a los trabajadores y autónomos afectados por la DANA. Yolanda Díaz, vicepresidenta y ministra de Trabajo, ha detallado en sus redes sociales algunas de estas acciones que incluyen permisos retribuidos, derecho al teletrabajo en situaciones de riesgo y facilidades para que autónomos accedan a prestaciones por cese de actividad sin cumplir con los requisitos habituales de cotización.

Derechos laborales en situaciones de riesgo por la DANA

Para quienes se vean en peligro al acudir a sus puestos de trabajo, la normativa refuerza el derecho al teletrabajo si la situación lo permite. La legislación establece que las empresas deben paralizar sus actividades si existe un riesgo inminente para la salud de sus trabajadores. Además, si el desplazamiento para acudir al trabajo representa un peligro, se permite no asistir sin temor a represalias.

La ministra de Trabajo enfatizó la importancia de estas medidas: "Quienes no estén en condiciones de trabajar no deben acudir a sus puestos de trabajo", señaló Díaz en un mensaje en X (antes Twitter). Asimismo, especificó tres situaciones en las que los trabajadores están exentos de acudir a sus puestos de trabajo:
1. Cuando el desplazamiento suponga un peligro para su seguridad o interfiera en las labores de rescate.
2. Si los empleados necesitan atender a familiares desaparecidos o hacerse cargo del fallecimiento de alguno de ellos.
3. En el caso de pérdida de la vivienda o pertenencias, que imposibilite acudir al trabajo.

Medidas para autónomos y empresas afectadas

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha detallado las medidas adicionales para los autónomos, quienes podrán solicitar la prestación por cese de actividad sin necesidad de cumplir el periodo mínimo de cotización. Esto significa que los autónomos afectados podrán acceder a esta ayuda independientemente del tiempo que hayan cotizado, algo que recuerda a las medidas excepcionales aprobadas durante la crisis del Covid y en el caso del volcán de La Palma.

Este beneficio será del 70% de la base reguladora y tendrá características especiales: el tiempo que se consuma de la prestación no contará en el futuro, y el periodo se considerará como cotizado. Desde el Ministerio han precisado que las mutuas reforzarán la difusión de esta información para garantizar que llegue a todos los autónomos afectados en las zonas impactadas por la DANA.

Para las empresas, las autoridades han destacado la posibilidad de recurrir a los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) por fuerza mayor, que también incluyen exenciones en las cotizaciones de Seguridad Social para las empresas de hasta un 100% para compañías con menos de 50 trabajadores y un 75% para aquellas con más empleados. Estos ERTEs pueden solicitarse a través de la sede electrónica del SEPE, donde la empresa debe especificar que se trata de una situación de fuerza mayor. Asimismo, las empresas deben comunicarlo a sus trabajadores a través de sus representantes legales.

Apoyo para gestionar los trámites de solicitud

El Ministerio de Seguridad Social, consciente del impacto de la DANA en algunas de sus oficinas, ha habilitado recursos adicionales para facilitar los trámites y consultas. Los afectados pueden llamar al teléfono general del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), el 91 542 11 76, o el de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), el 91 541 02 91. También se pueden gestionar ciertas consultas y solicitudes a través de la app IMPORTASS o la página web de la Seguridad Social en https://portal.seg-social.gob.es/.

Además, aquellos interesados en el Ingreso Mínimo Vital pueden informarse en el teléfono 900 20 22 22 o en el nuevo número específico 020 que será habilitado el próximo lunes. Desde el Ministerio han incrementado un 40% la plantilla para atender a quienes necesiten orientación o ayuda.

A lo largo del fin de semana, el Ministerio de Trabajo ha sostenido diversas reuniones con representantes de los trabajadores, empresas y autónomos para coordinar la respuesta ante esta emergencia. Se espera que, en los próximos días, se concluyan los ajustes finales a las herramientas que las empresas pueden utilizar para proteger a sus trabajadores. La Comunidad Valenciana, por su parte, ha demandado al Gobierno una veintena de medidas adicionales para ayudar a quienes han perdido sus bienes, mientras que el Ministerio de Trabajo ha asegurado que las normativas pendientes se aprobarán de forma retroactiva.

Canales de información y contacto

A continuación, se listan algunos de los recursos habilitados para obtener más información y realizar gestiones relacionadas con estas ayudas:

- Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS): 91 542 11 76
- Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS): 91 541 02 91
- Ingreso Mínimo Vital: 900 20 22 22 y 020 (nuevo teléfono)
- Página web de la Seguridad Social: [https://portal.seg-social.gob.es/](https://portal.seg-social.gob.es/)
- App IMPORTASS (https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/SSMovil/listadoAplicaciones/detalleAplicacionMobile/apptesoreriapara gestiones con la Seguridad Social)

Con estas medidas, el Gobierno busca ofrecer un marco de protección que ampare tanto a trabajadores por cuenta ajena como a autónomos, promoviendo que nadie se exponga a riesgos en su lugar de trabajo mientras duren los efectos de esta catástrofe natural.

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