Según una resolución del Consejo de Seguridad sobre Siria adoptada en el punto álgido del conflicto civil, Hayat Tahrir al-Sham (HTS) está considerado un grupo terrorista.
La Resolución 2254, adoptada por unanimidad por el Consejo en 2015, insta a los Estados miembros a “prevenir y reprimir los actos terroristas cometidos específicamente por” el Frente Al-Nusra, predecesor del grupo HTS.
¿Podría ser esto un obstáculo para las negociaciones internacionales o dirigidas por la ONU con Hayat Tahrir al-Sham, y para los intentos de construir una paz estable en Siria, con instituciones fuertes e inclusivas? Y, ¿qué haría falta para que dejara de ser considerada una organización terrorista.
Kiho Cha, oficial superior del Departamento de Asuntos Políticos y de Consolidación de la Paz de la ONU, analiza cómo el Consejo de Seguridad sanciona a grupos o individuos y cuáles son las normas para suprimirlos oficialmente de la lista.
Según Cha, Hayat Tahrir al-Sham fue incluido en la lista en mayo de 2014, cuando el Comité del Consejo de Seguridad encargado de supervisar las sanciones relativas al Estado Islámico (Dáesh) y Al Qaeda, y a las personas asociadas a estos grupos, consideró que se trataba de una organización terrorista vinculada a Al Qaeda.
En una fecha tan reciente como julio de 2024, el equipo de supervisión de este Comité redactó un informe en el que afirmaba que Hayat Tahrir al-Sham era el grupo terrorista predominante en el noroeste de Siria. Su líder putativo, Mohammad Al-Jolani, también forma parte de la lista, aunque su inclusión se remonta a 2013.
Pero, ¿qué efecto ha tenido la inclusión del grupo en la lista de organizaciones terroristas en las actividades de la agrupación? Está sujeto a tres medidas de sanción: congelación de activos, prohibición de viajar y embargo de armas. Esto significa que, a escala internacional, se espera que todos los Estados miembros cumplan estas medidas, explica el oficial.
Además de las sanciones internacionales, los países también emiten sanciones unilaterales, pero no tienen nada que ver con la ONU. Por ejemplo, Hayat Tahrir al-Sham figura en la lista de la Oficina de Control de Activos Extranjeros de Estados Unidos.
Otro asunto es qué podría significar la inclusión del grupo en la lista de terroristas para las conversaciones y negociaciones sobre el futuro del país. Hasta hace poco se cuestionaba si los actores humanitarios podrían operar en Siria. Sin embargo, ahora hay una excepción a las medidas de congelación de activos contra el grupo, específicamente para las organizaciones humanitarias.
"Esa disposición se adoptó la semana pasada, pocos días antes de la caída del régimen de Assad. Esto ha resultado ser un regalo del cielo, porque nadie esperaba que eso sucediera en Siria, y las organizaciones humanitarias pueden operar allí sin temor a ser citadas por violaciones inadvertidas de las sanciones", comenta Kiho Cha.
Existen muchos otros ejemplos de esta excepción humanitaria. "Por ejemplo, en Afganistán, donde los gobernantes de facto, los talibanes, no son ampliamente aceptados a nivel internacional. Una resolución del Consejo de Seguridad prevé este tipo de excepción humanitaria en Afganistán. Y esto ha ocurrido en otros países. Por supuesto, la aplicación y el cumplimiento de las sanciones son importantes, pero también queremos asegurarnos de que la ayuda se entregue a tiempo y sin temor a que las organizaciones humanitarias sean citadas por violar las sanciones", detalla.
También existen excepciones similares que permitan que se lleven a cabo las negociaciones internacionales. Por lo general existen procedimientos mediante los cuales un solicitante, normalmente un individuo, puede pedir una exención por diversas razones. Por ejemplo, miembros de los talibanes que digan que necesitan viajar fuera de Afganistán para facilitar cuestiones políticas. Pero también podría ser por otros motivos, como necesidades médicas. Asimismo se pueden solicitar exenciones a la congelación de activos.
¿Qué haría falta para que Hayat Tahrir al-Sham fuera excluido de la lista y dejara de estar proscrita como organización terrorista?. Según Cha, un Estado miembro tendría que proponer la exclusión de la lista, y esa propuesta pasaría entonces al Comité pertinente del Consejo de Seguridad.
El Comité, formado por representantes de los 15 países que componen el Consejo de Seguridad, tendría entonces que tomar una decisión unánime para aprobar la propuesta.
"Es posible que ya haya Estados miembros debatiendo la posibilidad de proponer dicha supresión de la lista, pero esa petición no se ha hecho oficial", concluye.