Los recursos de amparo que, con toda seguridad, presentarán los condenados del procès por malversación a los que no se les ha aplicado la amnistía, entre otros Carles Puigdemont, no serán los primeros que tratará el Tribunal Constitucional cuyo pleno, deberá decidir, el próximo 10 de septiembre, si admite a trámite la cuestión de inconstitucionalidad presentada por el Tribunal Supremo. Su sala de Lo Penal entiende que la ley vulnera el derecho a la igualdad y el principio de seguridad jurídica. El ponente, el conservador Ricardo Enríquez, es favorable a la admisión a trámite por lo que es muy probable que la corte de garantías lo acepte y designe un magistrado que deberá estudiar a fondo los argumentos de los miembros de la jurisdicción ordinaria. Esta cuestión es la primera de las que se esperan para los próximos meses. El PP presentará recurso de inconstitucionalidad y, cuando se hayan resuelto los requerimientos presentados por los abogados defensores de los independentistas que todavía tienen que pasar por el juez Llarena y posteriormente por la sala, habrá que analizar las solicitudes de amparo. En total algo menos de una decena de sentencias que en Doménico Scarlatti creen que se empezarán a resolver a lo largo de 2025. El TC, tiene despejada su agenda gracias al esfuerzo que sus miembros han realizado durante este año y medio de la presidencia de Conde-Pumpido.
El primer asunto que resolver sobre la constitucionalidad de la ley de amnistía no tiene que ver con los condenados por la sala segunda del Supremo. La instancia tuvo que resolver, con anterioridad, un recurso de casación presentado por un condenado por desórdenes públicos en Girona en octubre de 2019. El auto de la sala, que tiene fecha del 15 de julio, muestra sus dudas sobre la constitucionalidad de algunos artículos de la normativa que “repugnan al derecho constitucional a la igualdad ante la ley, resultando por entero arbitrarias las razones que se aducen para justificar el tratamiento claramente discriminatorio que la norma impone”. Y el auto prosigue señalando que ese derecho a la igualdad “se sustituye por lo que gráficamente se ha denominado como una suerte de amnistía permanente revisable, contraviniendo también el principio de seguridad jurídica y alterando las bases de la convivencia democrática, con el efecto añadido de introducir una suerte de factor criminógeno”. Los magistrados se curan en salud advirtiendo que no quieren abrir un debate político de mayor o menor calado, ni poner en duda el principio democrático que, no obstante, ellos mismos se contradicen señalando “que está aquí en cuestión”.
Los argumentos de los jueces han sido duramente criticados por la clase política a excepción de la derecha, que los hace suyos. Se ha dicho que el Tribunal Supremo ha invadido el terreno que corresponde al poder legislativo. Por lo tanto, la controversia es lo suficientemente importante como para que en el propio Constitucional digan que estas objeciones tienen relevancia y trascendencia en lo que al espíritu y la letra de la Carta Magna se refiere.
Por lo tanto, el Tribunal Constitucional va a entrar en el fondo del debate, si la ley de amnistía vulnera el principio de igualdad entre todos los españoles. Ese ha sido uno de los motivos por el que los colectivos de jueces afines a la derecha llevaron a cabo movilizaciones cuando ni siquiera se había presentado la proposición de ley en el Congreso.
No se espera que entre a valorar el concepto de malversación, el motivo por el cual se ha negado la amnistía a Puigdemont y a cuatro de los dirigentes del procès condenados por ese delito. Todavía se tardará en saber si es constitucional haber utilizado fondos públicos para la campaña del referéndum que se celebró el 1 de octubre de 2017. Ya se sabe cuál es la tesis de los jueces de la sala segunda. El dinero no fue a parar a los bolsillos de los condenados, pero éstos utilizaron el presupuesto público para unos fines ilícitos que deberían de haber sido sufragados con su patrimonio. Sobre este asunto los expertos discrepan. Hace unos días, en un medio afín a la extrema derecha se dijo que el golpe de Estado de 1936 que originó la guerra civil fue sufragado por personas y entidades ajenas, entre ellos los gobiernos italiano y alemán, y empresarios comprometidos con la causa, como fue el banquero Carlos March del que se dice aportó 200 millones de las antiguas pesetas. Incluso en la llamada “trama rusa del procès” que investiga el juez número 1 de Barcelona, -por cierto, posiblemente de manera irregular veremos a ver lo que dice la Audiencia de Barcelona, - aparecen algunas cantidades que se dice aportó el Kremlin. Nadie ha podido probar la existencia de ese dinero en la caja fuerte de la Generalitat de donde salieron los fondos para comprar las famosas urnas y los otros gastos derivados de la acción independentista.
Y lo que diga la corte de garantías sobre la malversación va a ser interesante por todo lo aquí reseñado. Pero para que llegue ese momento falta mucho todavía. El juez Llarena debe resolver, ya, los recursos presentados por Puigdemont y los otros condenados a riesgo de que se le abra un expediente por retraso indebido. Esos recursos debían de haberse resuelto hace mes y medio y lo mejor que puede hacer el magistrado es cogérsela con papel de fumar porque no andan las cosas como para tomarse ciertas licencias. Y más a sabiendas de que todo conocemos, más o menos, lo que va a decir Pablo Llarena. Va a rechazar esos recursos y los abogados, entonces tendrán vía libre para presentar las súplicas ante la sala.
Todos esos pasos son indispensables para poder pedir amparo al TC. Pero, mientras tanto, la corte de garantías ya puede ir dando pistas sobre cuál va a ser el futuro de la ley de amnistía con el recurso que, casi con toda seguridad, admitirá a trámite el 10 de septiembre, un día antes de la Diada Nacional de Catalunya. Se les presenta un otoño caliente, sin duda.