El Tribunal Constitucional respalda la esencia de la ley de amnistía

El alto tribunal considera ajustado a la Carta Magna el núcleo de la norma, aunque abre la puerta a matices que podrían condicionar su aplicación práctica

02 de Junio de 2025
Actualizado a las 14:50h
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El Tribunal Constitucional respalda la esencia de la ley de amnistía

Un borrador de sentencia elaborado por la vicepresidenta del Tribunal Constitucional, Inmaculada Montalbán, avala la constitucionalidad de la ley de amnistía, desestimando el grueso del recurso presentado por el Partido Popular. El texto, sin embargo, deja al margen cuestiones clave como la malversación, sobre las que el Tribunal Supremo podría acudir al TJUE para resolver las discrepancias.

El Tribunal Constitucional se dispone a validar los elementos esenciales de la ley de amnistía tras analizar el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Partido Popular en septiembre del pasado año. Así lo establece el borrador de sentencia redactado por la magistrada Inmaculada Montalbán, que será presentado el próximo 10 de junio y debatido en pleno el día 24 del mismo mes, fecha en la que se espera su fallo definitivo.

El documento no entra en el análisis pormenorizado del delito de malversación, uno de los aspectos más controvertidos de la norma, cuya interpretación ha generado diferencias notables entre el Tribunal Supremo y los órganos promotores de la ley. No obstante, el texto estima parcialmente tres de los argumentos de inconstitucionalidad esgrimidos por el PP, aunque sin invalidar el conjunto de la norma.

Encaje jurídico limitado

El borrador reconoce que los hechos vinculados al ‘procés’ podrían quedar excluidos de la amnistía en virtud de las excepciones previstas en la propia ley. En particular, se alude a la posible afectación a los intereses económicos de la Unión Europea y al eventual beneficio personal obtenido por los implicados, argumentos que el Supremo ha utilizado para mantener las órdenes de detención vigentes y las inhabilitaciones contra líderes como Carles Puigdemont y Oriol Junqueras.

Esta interpretación restrictiva ha sido la base sobre la que el Tribunal Supremo ha decidido no aplicar la amnistía a los principales líderes independentistas, al considerar que los fondos públicos empleados en la organización del referéndum del 1 de octubre fueron destinados a fines partidistas, sin que existiera un desembolso personal por parte de los encausados.

Aunque el TC se limita a pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma, su decisión marcará un precedente que podría condicionar la tramitación del resto de los recursos en curso, entre ellos una treintena más, que incluyen cuestiones autonómicas, amparos y recursos adicionales.

Europa

Pese a que la ley podría recibir el aval del TC, las consecuencias prácticas para los líderes independentistas seguirán en suspenso. Las fuentes jurídicas consultadas prevén que las órdenes de detención contra Puigdemont, Comín y Puig se mantendrán, al igual que las penas de inhabilitación que afectan a Junqueras y otros condenados hasta 2031.

En este contexto, el Tribunal Supremo se reserva la opción de elevar una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, con el objetivo de que se pronuncie sobre la aplicación de la amnistía en los casos en los que se alega afectación al derecho europeo. Esta vía se presenta como una estrategia de contención judicial que podría dilatar aún más la resolución definitiva de los casos más sensibles.

Cabe recordar que, hasta la fecha, el Supremo solo ha impugnado la ley ante el Constitucional por un caso de desórdenes públicos, sin abordar directamente los expedientes relacionados con los líderes independentistas. En cambio, otros órganos como la Audiencia Nacional, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña o el Tribunal de Cuentas sí han recurrido al TJUE para esclarecer sus dudas jurídicas.

La ponencia de Montalbán, que ya circula entre los magistrados del alto tribunal, se debatirá junto a las propuestas alternativas presentadas por los sectores conservadores del TC, que solicitan paralizar la decisión final hasta conocer el pronunciamiento del tribunal europeo. Sin embargo, el expresidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, descartó en su día esta posibilidad, recordando que la labor de control constitucional no debe supeditarse a criterios jurisdiccionales externos.

Un año después de la entrada en vigor de la ley de amnistía, sus efectos políticos más relevantes siguen bloqueados. La decisión del Tribunal Constitucional podría abrir una vía hacia la aplicación efectiva de la norma, aunque su desarrollo dependerá en última instancia de la jurisprudencia europea y de las decisiones del Supremo en cada caso particular.

 

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