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Yolanda Díaz anuncia una reforma para proteger a trabajadores con invalidez permanente de despidos automáticos

El TJUE declaró que las leyes que permiten el despido de empleados con discapacidad permanente son contrarias a la directiva europea de igualdad de trato en el empleo, establecida en el año 2000

Eva Maldonado
Eva Maldonado
Redactora en Diario16, Asesora de la Presidencia de la Conferencia Eurocentroamericana.
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análisis

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La vicrepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social de España, Yolanda Díaz, ha tomado una decisión trascendental que marcará un antes y un después en la protección laboral del país. Con el objetivo de fortalecer los derechos de los trabajadores, Díaz ha anunciado la puesta en marcha de una reforma legislativa significativa. Esta medida, de gran alcance, tiene como finalidad que la invalidez permanente no constituya una causa directa para el despido automático de un empleado.

Este anuncio, realizado por la vicepresidenta durante su participación en un evento de la UGT sobre el futuro del empleo, apunta a la implementación inminente de cambios legales. Estos ajustes se orientan a garantizar que los trabajadores que sufren de alguna forma de invalidez permanente no sean despedidos de manera automática bajo la legislación actual. Díaz enfatiza que esta reforma es un paso crucial hacia la adaptación y superación de deficiencias legales existentes.

El contexto de esta reforma se ve reforzado por una reciente modificación en el artículo 49 de la Constitución Española. Esta transformación constitucional, considerada de gran importancia, facilita la revisión de ciertos supuestos legislativos que hasta ahora llevaban a la extinción automática del contrato laboral debido a discapacidades.

Además, esta iniciativa responde a una demanda del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) y se llevará a cabo de manera inmediata. La reforma se desarrollará en el marco del diálogo social y será una parte independiente de la reforma global del despido que el Gobierno planea abordar durante esta legislatura.

Tribunal de Justicia de la Unión Europea

En un contexto relacionado, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha cuestionado la normativa española actual. El TJUE declaró que las leyes que permiten el despido de empleados con discapacidad permanente son contrarias a la directiva europea de igualdad de trato en el empleo, establecida en el año 2000. Esta declaración del TJUE surge tras una consulta del Tribunal Superior de Justicia de Islas Baleares, relacionada con la obligación empresarial de realizar ajustes razonables, como reubicar al empleado en otro puesto antes de proceder al despido.

Esta medida propuesta por Yolanda Díaz no solo refleja un avance significativo en la legislación laboral de España, sino que también representa un compromiso firme con la inclusión y protección de los derechos de los trabajadores con discapacidad. Con esta reforma, el Gobierno Español da un paso adelante hacia la armonización de sus leyes laborales con las normativas europeas en materia de igualdad y no discriminación en el empleo.

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2 COMENTARIOS

  1. Dicho de otra manera, cuando la Seguridad Social de la invalidez permanente a un trabajador, en lugar de pagar la pensión la propia Seguridad Social la pagará la empresa.
    Llevamos ya muchos años, des de la crisis de 2008 en que la SS se desentiende de personas con enfermedades graves y las sigue calificando injustamente como aptas para traspasar el problema a la empresa privada. Ahora además quieren que asuman la pensión de las personas con invalidez permanente !!!
    Pues quizás lo que pagan las empresas y los mismos trabajadores a la Seguridad Social ya no deberían pagarlo si esta no cumple con su función de dar cobertura entre todos a las personas que no pueden trabajar por enfermedad.
    Una reforma más para disponer de más dinero para mantener chiringuitos con cargos públicos, en lugar de destinarlo a la protección de las personas.
    Por cierto, que no es lo mismo una invalidez permanente que una discapacidad y en el artículo se mezclan ambos conceptos, cuando las normativas en cada caso son distintas.

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