El TJUE sigue considerando discriminatorio el complemento de maternidad a pesar de su reforma

El tribunal de Luxemburgo considera insuficientes las reformas en este sentido que ha aplicado el gobierno

19 de Mayo de 2025
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Gran Sala del Tribunal de Justicia de la UE | Foto: G. Fessy / TJUE

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, TJUE, insiste en que, a pesar de los cambios efectuados por el gobierno, el complemento de brecha de género de las pensiones contributivas sigue discriminando por razón de sexo y que la nueva redacción normativa de este plus no ha puesto fin al hecho de que los hombres, en situación comparable a la de las mujeres, reciban un trato menos favorable. De esta manera los jueces europeos contestan a las cuestiones prejudiciales formuladas por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y el juzgado de Lo Social número 3 de Pamplona y se inclinan por advertir a las autoridades españolas que el artículo 60 de la LGSS, que hace referencia a ese complemento, sigue sin ser compatible con la directiva europea relativa a la aplicación progresiva del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de seguridad social. Y la sentencia ha vuelto a abrir el debate. El complemento lo creó el gobierno de Mariano Rajoy para reparar el perjuicio sufrido por las mujeres a lo largo de su vida laboral por asumir un papel principal en la tarea de los cuidados de los hijos. De hecho, los expertos destacan que la crianza de los descendientes afecta directamente a la trayectoria profesional de la mujer y ello repercute en la brecha salarial y de las pensiones. Está demostrado que cuanto mayor es el número de hijos menores son los años cotizados. Lo que se pretendía con la norma era compensar esta discriminación, pero lo que está claro es que la justicia europea va por un lado totalmente diferente.

El gobierno progresista modificó el artículo después de que el TJUE se pronunciara en una primera sentencia. Abrió la puerta a que los padres perciban el complemento siempre que cumplan ciertos requisitos adicionales, entre otros, haber estado en situación de parado durante su vida laboral o que sus carreras profesionales se hayan interrumpido o se hayan visto afectadas con ocasión del nacimiento o la adopción de sus hijos, o tener reconocida una pensión de viudedad por el fallecimiento del otro progenitor de los hijos o hijas en común. El tribunal de Luxemburgo considera insuficiente esta nueva redacción. Los jueces insisten en la existencia de discriminación por razón de sexo.

Ahora, habrá que ver cómo reaccionan las autoridades. En el ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, dicen que la sentencia tiene muchos aspectos técnicos que deben estudiarse y que, mientras tanto, no van a hacer nada de lo que hasta ahora han hecho. Es verdad que ya se están reconociendo “de oficio” algunos complementos a los padres que lo están solicitando, pero eso sólo se produjo desde el año pasado. Con anterioridad, fueron los tribunales de justicia los que obligaron a la Seguridad Social al reconocimiento de este complemento que, de todas maneras, experimenta numerosas lagunas. Todavía está por dilucidar, por ejemplo, si lo pueden percibir los dos cónyuges o uno de ellos exclusivamente. En principio, la norma no lo aclara y lo que está haciendo el organismo gestor es concederlo a una sola parte. Hay que tener en cuenta que supone entre un 5% y un 15% de la cuantía de la prestación en función de si ha habido dos o más hijos. Para 2025 se ha fijado una cuantía del suplemento de 35,90 euros mensuales por descendiente.

Los sindicatos se muestran contrarios a las sentencias de los tribunales por este asunto. Admiten su preocupación porque si se siguen estas resoluciones judiciales sin matices se va a universalizar la percepción del complemento y eso repercutirá de forma negativa en el gasto público de pensiones. Piden que se abra un debate a nivel europeo para adecuar la directiva europea relativa a la aplicación progresiva del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de seguridad social a las necesidades actuales.

Y es que la solución pasa por la apertura de ese debate. Los tribunales lo único que van a hacer es aplicar la norma, y la directiva comunitaria en esa materia es tajante: no puede haber discriminación por razón de sexo en lo que se refiere al derecho a las pensiones del sistema público. Pero esa directiva tiene sus años y sería conveniente revisarla porque las circunstancias han cambiado. El acceso al mercado laboral se ha inclinado mayoritariamente en favor del hombre. La brecha salarial por razón de sexo es evidente y la mujer, además, ya tenido que hacer frente al cuidado de los hijos. Así pues, es lógico que se establezca algún tipo de compensación económica para reducir los efectos de esa discriminación laboral. Y los países miembros de la UE deberán tener en cuenta que esa excepción no supone una discriminación para el padre.

El juzgado de Pamplona planteaba la duda de la procedencia de quitar el complemento a la madre para otorgárselo al padre. El TJUE indica que la directiva no se opone a que el complemento reconocido a la madre se suprima si la ley establece que no pueden percibirlo ambos progenitores y que debe ser reconocido al que cobre menor cuantía de pensión de jubilación. Según indica la sentencia, “la eliminación del plus no priva el efecto útil a la declaración de discriminación”. Y este argumento abre la puerta a que este suplemento sea cobrado cobrado a partes iguales por el padre y la madre.

El complemento de brecha de género de las pensiones españolas sigue siendo discriminatorio, según el TJUE. Y la aplicación de la nueva sentencia puede suponer un cambio radical en el planteamiento que hacen en el gobierno progresista sobre este asunto. En el ministerio que dirige Elma Saiz aseguran que “los pensionistas que vinieran percibiendo el complemento van a seguir haciéndolo. Como hasta ahora, la atención y el cuidado de los hijos van a seguir dando derecho al reconocimiento del complemento de brecha de género y éste debe seguir beneficiando mayoritariamente a las madres trabajadoras cuando accedan a sus pensiones”. Pero los jueces están tensando tanto la cuerda que esta puede acabar por romperse. Urge abrir ese debate para evitar que se dispare el gasto y acabe por colapsar el sistema.

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