El escándalo ha saltado con ocasión de la jubilación forzosa del magistrado del Tribunal del ‘Procés’ Luciano Varela, que ha sido decretada a los 72 años y no cuando cumplió los 70 como era preceptivo según se ordena en la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), si bien lo mismo ocurrirá este año con 8 magistrados más del Tribunal Supremo, a quienes además ni siquiera les ha sido decretada todavía la jubilación a pesar de que estos jueces han rebasado con creces los 71 años de edad.

El artículo 386 de la LOPJ dice que “la jubilación por edad de los Jueces y Magistrados es forzosa y se decretará con la antelación suficiente para que el cese en la función se produzca efectivamente al cumplir la edad de setenta años (70 años)”. Pero que “no obstante, los jueces y magistrados podrán solicitar con dos meses de antelación a dicho momento la prolongación de la permanencia en el servicio activo hasta que cumplan como máximo setenta y dos años de edad (72 años)”. Dicha solicitud de ampliación voluntaria de funciones vinculará al Consejo General del Poder Judicial quien solo podrá denegarla cuando el solicitante no cumpla el requisito de edad (70 años) o cuando presentase la solicitud fuera del plazo de los dos meses antes.

La consecuencia es clara, la jubilación de los jueces y magistrados deberá decretarse forzosamente antes de que cumplan los 70 años de edad, sin perjuicio de que voluntariamente pidan la prolongación de funciones durante 2 años más hasta cumplir los 72, pero con la jubilación forzosa ya decretada.

Sin embargo el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) lo está haciendo al revés, incurriendo en un más que probable delito contra los derechos de los trabajadores, que en el caso de Luciano Varela se aprecia con mucha claridad: en el mes de febrero de 2017, tres meses antes de cumplir 70 años, la Comisión Permanente no lo jubiló sino que parece que acordó “automáticamente” su prolongación en el servicio activo hasta que cumpliera los 72 años, sin darle la opción de renunciar anticipadamente a la ampliación de funciones de esos dos años, que se supone por ley que debe ser absolutamente voluntaria.

No ha sido hasta el 17 de enero de este año cuando el CGPJ ha decretado, esta vez sí, la jubilación forzosa de Luciano Varela pero con efectos a partir del 9 de mayo próximo, cuando según fuentes judiciales “era evidente que este magistrado arrastraba desde hace tiempo síntomas claros de demencia senil” por cuyo motivo, y según ha podido saber Diario 16, ya había sido solicitada su incapacitación permanente ante la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo.

Esto mismo ha ocurrido con 3 magistrados más del Tribunal Supremo: Benito Gálvez Acosta de la Sala de lo Militar, Miguel Ángel Luelmo Millán de la Sala de lo Social, y Luis Fernando Castro Fernández también de la Sala de lo Social. El caso de este último es muy significativo de la “automaticidad” con la que se aplica la ampliación de funciones a los jueces y magistrados ya que por razones de salud tuvo que renunciar expresamente a su aplicación un año más tarde, abandonando la carrera a los 71 años sin tan siquiera haber sido decretada su jubilación.

8 magistrados más del Tribunal Supremo cumplieron el año pasado 71 años de edad bajo la cláusula de la “automaticidad” sin que hasta la fecha se les haya decretado la jubilación. Se trata de  José Manuel Sieira, Fernando Salinas Molina, Milagros Calvo Ibarlucea, Ángel Juanes (Vicepresidente Del Tribunal Supremo), Francisco Monterde, Javier Juliani y Alberto Jorge Barreiro.

Lo que no tiene sentido entonces es por qué Manuel Marchena ha permitido que Luciano Varela siga en la causa del ‘Procés’, sabiendo que cuando se jubile tendrá que anularse todo lo que se haya hecho hasta ese momento si aún no han terminado las sesiones del plenario, teniendo en cuenta que en este caso el juicio tendrá que empezar de nuevo cuando se designe al nuevo magistrado que le tenga que sustituir, prolongando de esta manera la agonía de los políticos que siguen encarcelados.

Por mucho que habilite los lunes y viernes, e incluso los sábados, para terminar cuanto antes el juicio al ‘Procés’, Manuel Marchena se enfrenta a la temida nulidad de actuaciones si antes del próximo 9 de mayo no ha conseguido que finalicen las sesiones de la vista oral.

2 COMENTARIOS

  1. Luis Manuel Navajas Ramos (Granada, 17 de diciembre de 1948)
    El teniente fiscal del TS tiene 71 años, y al remover del cargo a la FGE Maria José Segarra, ha quedado en funciones segun normativa como FGE Luis Navajas, que deberia haber sido obligado forzosamente a los 70 años a jubilarse. La ex ministra Delgado publicitada como la nueva FGE el pasado dia 13 de enero del 2020, no ha sido nombrada legalmente por el gobierno, ni tampoco ha jurado el cargo.

    Esto como se come Fernando, que se anuncie un nombramiento y pase semanas y no se produzca, dejando en el cargo provisionalmente a un fiscal, que técnicamente esta jubilado forzosamente por la LOPJ.

    No huele bien.

  2. El veredicto de la justicia belga rechazando la solicitud de extradición del consejero Lluís Puig es una victoria enorme. Determinante, para el proceso de independencia de Cataluña. Tras el veredicto de los tribunales alemanes sobre el presidente Puigdemont, el caso de Lluís Puig casi deja fuera de juego de manera definitiva la justicia española y descalifica por completo la persecución política contra el referéndum de autodeterminación y la proclamación de independencia. Hay tiempo todavía para que el caso escale hasta la cima de los tribunales europeos, sea el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo o el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, pero la contundencia de las decisiones es evidente que deja un margen ínfimo de maniobra al estado español. Si Alemania dejó claro que no había ni rebelión ni sedición, Bélgica ha dejado claro que el Tribunal Supremo no es competente para el caso.
    El resultado de todo ello dibuja hoy un escenario más plausible que nunca: tarde o temprano, los tribunales competentes europeos anularán el juicio del proceso y, por el precedente, situarán España en la perspectiva de no poder responder a actuaciones políticas como las de octubre de 2017 por la vía de la violencia policial y judicial. Como debería haber pasado desde el primer momento. Sólo que ahora deberán hacerlo con la legitimidad del movimiento independentista situada en un nivel muy superior al que tenía entonces y con el cuestionamiento del estado español a un nivel mucho más alto, tanto en el interior como en el resto de la Unión Europea.
    El CGPJ tendrá que ponerse al día si no quiere perjudicar más al Estado, saben que tienen la espada de Damocles sobre sus cabezas por el financiamiento aprobado hace unos días en Bruselas, por la adopción de tomar medidas contra un socio que incumpla los principios democráticos de la UE y de la ONU.

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