El Banco de España duda y se contradice con las hipotecas REDAL

El peregrinaje por la administración de la cliente MJ sobre su sistema de amortización acaba desesperadamente en el Defensor del Pueblo

06 de Mayo de 2025
Actualizado a las 12:18h
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José Luis Escrivá, gobernador del Banco de España
José Luis Escrivá, gobernador del Banco de España

La cliente MJ tiene un récord difícil de igualar: la misma cláusula en dos hipotecas pero con resoluciones diferentes por parte de la entidad. Tal y como publicamos en Diario16+, el Banco de España se empeña en dar significado a algo que no lo tiene, pero la cuestión ya no es tanto lo que hace sino cómo lo hace, porque el expediente de la referida cliente es digno de un estudio en profundidad.

Su sorpresa fue que la primera resolución del Banco de España elevase a rango de pacto financiero la perogrullada de decir que las cuotas variarán (¿qué cabe esperar, si no, de un préstamo de cuotas revisables?): “… se trata de un sistema de cuota constante (…) no se aprecia falta de transparencia alguna sobre el sistema pactado”.

Entonces MJ aportó una sentencia donde era la propia entidad financiera quien pedía que se considerase que las cuotas no eran constantes. Ante su escrito, el Banco de España respondió entonces que rehacer las cuotas usando un sistema constante “…es el caso más habitual, normalmente utilizado por las entidades”. Es decir, que ya no había un pacto de cuotas constantes en el contrato, sino que las entidades solían hacerlo así (y, como se ha visto, en unos casos sí y en otros no).

El Banco de España crea un nuevo lenguaje jurídico

Lejos de rendirse, MJ ahondó en su búsqueda de la verdad y resaltó que el Informe Motivado del Banco de España era tremendamente impreciso a la hora de tratar este tema, pues daba por buenas las cláusulas contractuales que “dieran a entender” algo al cliente. Es decir, resulta que el sistema de cuota constante que defendía el Banco de España ya no se sabía si se derivaba del contrato (como cláusula pactada) o de la costumbre (a veces) de las entidades, sino que se deducía del redactado. El párrafo de la respuesta, a la que Diario16+ ha tenido acceso, no tiene desperdicio:

“(…) del clausulado transcrito se desprende que el contrato de constitución del préstamo hipotecario adolece de una falta de claridad en lo relativo al sistema de amortización pactado (…)  por lo que este Departamento considera que la entidad se habría apartado de las buenas prácticas bancarias (…) lo que sí se hace en el contrato de novación del citado préstamo hipotecario, que no modifica el sistema de amortización pactado previamente, pero sí lo clarifica, dando a entender que se trata de un sistema de cuota constante, o sistema de amortización francés o progresivo”

“¿Dando a entender, a quién?”, se preguntó MJ, indignada, “¿Es admisible un contrato que, en vez de pactar los aspectos numéricos, los insinúe? ¿Me está diciendo el Banco de España que el contrato tiene unas sugerencias que yo debería conocer y que me comprometen?”. En vez de perder los nervios, MJ presentó ya su último escrito para encontrarse con la sorpresa definitiva: que en efecto el contrato no especifica que el sistema es con recálculo pero que, misteriosamente, “se desprende” del mismo.

Vivir para ver:“… si bien es cierto que la entidad no especificó (…) que las cuotas se recalcularían con motivo de la revisión del tipo de interés -motivo por el cual este Departamento consideró que la entidad se habría apartado de las buenas prácticas bancarias-, según se desprende del mismo contrato de préstamo hipotecario, el sistema de amortización que operaba, respondía a un sistema de cuota constante o francés…”, señala el Banco de España.

¿Puede ser más rocambolesco afirmar que un contrato no especifica una condición financiera fundamental pero, a la vez, sostener que “se desprende” misteriosamente del mismo? ¿Quiere decir el Banco de España, cuando señala “el sistema de amortización que operaba” que deduce el pacto de los extractos presentados por la entidad? Harta del empecinamiento del Departamento de Conducta de Entidades en defender lo indefendible, MJ ha optado por pedir amparo al Defensor del Pueblo. “Al fin y al cabo, el Banco de España es administración”, sostiene MJ, “y si este es el modo de razonar de nuestra administración, apañados estamos”.

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