Golpe de los interinos a la Comisión Europea y al Estado español. Tal y como publicamos en exclusiva en Diario16+, había sido presentada ante el Tribunal General de la Unión Europea (TJUE) una demanda pionera contra la Comisión por incumplimiento de sus responsabilidades.
También en exclusiva, Diario16+ ha tenido acceso a la comunicación del TGUE a la demandante en la que comunica la admisión a trámite de esta demanda, la asignación de número de procedimiento y, en consecuencia, el inicio de todo el proceso que puede terminar con una sentencia histórica para el millón de trabajadores públicos interinos de las administraciones españolas.
La demanda
Tal y como publicamos en este medio, una acción pionera fue presentada en el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE). La plataforma PINDOC, apoyada por el abogado especialista en Derecho de la Unión Josep Jover, presentó el pasado 7 de abril una reclamación extrapatrimonial conjunta contra la Comisión Europea y el Estado español por un importe de 65.090 euros. Se trataba de la primera demanda de este tipo en Europa, y denuncia el “abuso de temporalidad” sufrido por la demandante, una maestra de Educación Infantil que encadenó puestos temporales durante 18 años sin acceso a una plaza fija ni compensación alguna.
Un abuso prolongado
Desde 1999, la Directiva 1999/70/CE obliga a los Estados miembros a adoptar medidas para evitar la concatenación abusiva de contratos de duración determinada.
Sin embargo, España tardó más de dos décadas en tomar cartas en el asunto. Sólo con la aprobación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, se pusieron en marcha procesos de estabilización extraordinarios, con el objetivo de situar la tasa de temporalidad por debajo del 8 % antes de 2024. La Comisión Europea, no obstante, ha considerado esas medidas insuficientes y, en octubre de 2024, abrió un nuevo expediente sancionador contra España por el elevado uso de interinos en la Administración Pública.
La novedad: responsabilizar a la Comisión
Más allá de apuntar al Gobierno de España, la demanda señala directamente a la Comisión Europea por “negligencia grave”. PINDOC sostiene que la institución comunitaria, al mantener bloqueados durante 25 años los procedimientos sancionadores y no exigir medidas disuasorias efectivas, ha incumplido su obligación de garantizar el respeto a sus propias directivas. Este “fallo institucional” es, según los demandantes, la base para reclamar una indemnización por vía extracontractual.