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Europa pone coto a los abusos de los grandes bancos

El Tribunal General de la UE ha confirmado las multas impuestas por la Comisión Europea a JP Morgan y Crédit Agricole por falsear la competencia en el sector de los derivados sobre tipos de interés en euros

José Antonio Gómez
José Antonio Gómez
Director de Diario16. Escritor y analista político. Autor de los ensayos políticos "Gobernar es repartir dolor", "Regeneración", "El líder que marchitó a la Rosa", "IRPH: Operación de Estado" y de las novelas "Josaphat" y "El futuro nos espera".
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análisis

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En el mes de diciembre de 2016, la Comisión Europea declaró que grandes bancos como Crédit Agricole, HSBC y JPMorgan Chase habían participado en una infracción consistente en restringir o falsear la competencia en el sector de los derivados sobre tipos de interés en euros (EIRD, por sus siglas en inglés). Por esta infracción, la Comisión impuso a HSBC una multa de 33,6 millones de euros, de 114,65 millones a Crédit Agricole y de 337,2 millones a JPMorgan. Las tres entidades financieras impugnaron la decisión de la Comisión ante el Tribunal General de la Unión Europea.

En sendas sentencias dictadas esta semana, el Tribunal ha resuelto que, respecto a JPMorgan Chase, valida las conclusiones de la Comisión sobre la participación del banco más grande del mundo (si se excluyen las grandes entidades chinas) en una infracción del derecho de la competencia.

A pesar de que desestima la mayor parte de las alegaciones de JPMorgan Chase contra la decisión de la Comisión, el Tribunal General aceptó las relativas a la insuficiente motivación de la Comisión al determinar el importe de la multa. Por consiguiente, el Tribunal General anuló la sanción económica inicial impuesta por la Comisión.

En la sentencia, se realiza un nuevo cálculo sobre la base de los elementos aportados. A este respecto, tras haber tomado en consideración factores como la gravedad y la duración de la infracción, así como eventuales circunstancias atenuantes, el Tribunal General fijó el importe de la multa en 337,2 euros, que, finalmente, coincidía con el cálculo realizado inicialmente por la Comisión.

Respecto a Crédit agricole, la sentencia valida, en gran parte, la conclusión de la Comisión sobre su participación en la práctica colusoria. No obstante, el Tribunal General hace constar que la participación de la entidad francesa sólo podía considerarse respecto a sus propios comportamientos y los comportamientos de los demás bancos relativos a la manipulación del Euribor, con exclusión de las otras prácticas contrarias a la competencia de estos últimos.

En consecuencia, la participación de Crédit agricole en los comportamientos imputados era intencional, y que las prácticas en cuestión se caracterizan por una mayor gravedad. Por consiguiente, el impacto en el importe de la multa de la circunstancia atenuante relativa al papel desempeñado por Crédit Agricole en la infracción, menos importante que el de los actores principales, solo puede ser marginal. En estas circunstancias, se reduce el importe de la multa impuesta a 110 millones de euros.

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2 COMENTARIOS

  1. Jajajaja, hoy es 22 de diciembre, día de la lotería, no 28, día de los inocentes.
    Venga no engañéis más a la gente, todos los medios trabajáis para defender los intereses del capital.

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