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Habrá que reformar el delito de malversación

Siempre se da por hecho que un servidor público, por muy honrado que sea, puede llegar a tener tentaciones. O bien de quedarse con parte de ese dinero o dedicarlo a fines diferentes a los encomendados. Y es, precisamente, esa última circunstancia la que está dando lugar a diversas interpretaciones por parte de los jueces

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análisis

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El legislador decidió castigar penalmente la malversación de caudales para reprimir la corrupción en la vida pública. Pero, de un tiempo a esta parte, la redacción del artículo 433 del Código Penal se antoja demasiado ambigua. Tanto que los jueces la están utilizando de forma torticera para cargarse a políticos y funcionarios públicos que no controlan el dinero que se les da para administrar como ellos creen que debe de hacerse. Es otra de las graves consecuencias de una Justicia, la española, cada vez más politizada.

El Código Penal, mediante la regulación del delito de malversación de caudales públicos, protege los intereses económicos del Estado, las comunidades, los organismos autónomos y los entes locales. En otras palabras, todas aquellas instituciones que viven y funcionan gracias a los impuestos que pagamos los ciudadanos. Es lógico que exista un reproche penal para el caso de que una contabilidad pública se descontrole. Siempre se da por hecho que un servidor público, por muy honrado que sea, puede llegar a tener tentaciones. O bien de quedarse con parte de ese dinero o dedicarlo a fines diferentes a los encomendados. Y es, precisamente, esa última circunstancia la que está dando lugar a diversas interpretaciones por parte de los jueces.

Aunque la tipificación de este delito data de siglos, es en la segunda mitad del siglo XX cuando, en España, alcanzó repercusión social. Cuando los ciudadanos empezaron a tener que pagar impuestos tomaron conciencia, a su vez, de la necesidad de controlar ese dinero destinado a los organismos públicos. El franquismo tuvo mucho cuidado en que la malversación de caudales que se producía en organismos, como el Instituto Nacional de Industria no trascendiese a la opinión pública. Aun así, hubo casos relevantes. Por aquél entonces se inventó lo que luego se llamaría “creatividad contable” que enriqueció a muchos prohombres de un régimen que miraba para otro lado para evitar el escándalo.

Con la llegada de la democracia, los delitos de malversación salieron a la luz pública. Empezó lo que se llama “la corrupción”. Ayuntamientos, comunidades autónomas y organismos públicos se convirtieron en presa fácil de los delincuentes y los jueces tuvieron que emplearse a fondo para investigar apropiaciones indebidas, administraciones desleales y, sobre todo, malversación de caudales, generalmente en forma de irregularidades contables. Con mucha frecuencia se desviaban partidas presupuestarias para fines diferentes a los estipulados legalmente.

En la época de los noventa del siglo pasado, los jueces empezaron a interpretar la malversación de una forma diferente a la que estipula el mandato legal. Hubo casos como el de los GAL, en los que se utilizó esta figura para aumentar las penas a los sospechosos de haber colaborado en la lucha contra ETA de una manera ilegal. Rafael Vera, ex secretario de Estado para la Seguridad, cuando fue ministro de Interior José Barrionuevo, fue condenado por malversación. El argumento fue que utilizó los llamados “fondos reservados” para financiar las acciones de los GAL. No fue el único. Los “fondos reservados” fueron objeto de numerosas investigaciones por parte de los jueces, que acabaron en condenas.

Pero ha sido ahora, hace cinco años, cuando la malversación de caudales públicos ha trascendido a la opinión pública debido a los casos de corrupción que los jueces están examinando exhaustivamente día sí y día también. Y uno de esos casos ha ocupado, estos días, titulares en los medios de comunicación debido a la situación penal en que quedan los condenados por el Procès a raíz de la reforma del delito de sedición en el Código Penal.

Los líderes independentistas catalanes fueron acusados de utilizar fondos públicos para financiar sus actividades, la más importante, tal vez, el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017.

Mucho se ha escrito sobre la interpretación penal de estos hechos por parte del Tribunal Supremo. Pero hay una cosa en la que casi todos coinciden ahora, transcurrido el tiempo, y superados los momentos más difíciles de la situación generada. Los líderes independentistas que ocupaban cargos en el Govern de la Generalitat, entre ellos el más relevante Oriol Junqueras en su calidad de vicepresidente y Conseller de Economía, estaban convencidos de que el dinero utilizado para sacar adelante el referéndum no se había malversado. Todo lo contrario. Correspondía a una acción gubernamental, respaldada por el Parlament y un sector de la población catalana que pedía incesantemente un referéndum de autodeterminación. En sus programas políticos se había escrito que “pondrían todos los medios a su alcance para alcanzar este objetivo”. Y tenían un mandato popular para ello. Entonces, ¿Dónde está la malversación?

Durante las negociaciones que están teniendo lugar entre Gobierno central y la Generalitat, se ha hablado de este asunto paralelamente al de la reforma de la sedición. Los representantes de Aragonés pidieron una reinterpretación del delito de malversación.

De momento no lo han conseguido. Pero la sensación es que hay que llevar a cabo la actualización del Código Penal en este sentido para limitar los casos en que se pueden iniciar acciones judiciales. No se puede dejar a los magistrados, tal y como está de politizada la Justicia en España, que interpreten el articulado que regula la penalización de este tipo de delitos de una manera que puedan traspasar las líneas rojas de lo razonable.

La idea que se plantea es introducir enmiendas en la proposición de ley que deroga el delito de sedición tal y como se conoce ahora. Unas enmiendas que rebajarían las penas por malversación. El problema es que se beneficiarían otras personas, además de los condenados del Procès, que no tienen derecho a obtener esos beneficios porque, en realidad, manipularon cuentas en beneficio propio o de terceros con ánimo de lucro. Va a ser difícil encajar esa reducción de la pena.

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  1. VOTOS SEPARATISTAS PERDIDOS DEL 2017 AL 2021 :-643.46El separatismo ha perdido el 30% (casi 1 de cada 3) de los votos que obtuvo en 2017: de 2.079.000 a 1.456.000, més de 623.000 catalans han dit adéu al prusés, EN EL 14-F 2021 PORQUE la secesión ya no les ilusiona, no ven necesario movilizarse.Y JORDI C. (OMNIUM) Y PUIGDEMONT DICEN :» VICTORIA HISTORICA.»NO COMMENTS!

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