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Inspección de Trabajo condena a una empresa de ambulancias por fraude masivo a la Seguridad Social

La resolución se suma a la condena por fraude de ley en la contratación en prácticas y al expediente de infracción laboral grave por incumplimiento de tiempos de trabajo y descanso que se dio a conocer el mes pasado

Eva Maldonado
Eva Maldonado
Redactora en Diario16, Asesora de la Presidencia de la Conferencia Eurocentroamericana.
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La Inspección de Trabajo ha condenado a una empresa de ambulancias por fraude masivo a la Seguridad Social al negarse a abonar y cotizar la totalidad de horas trabajadas y abre acta de infracción laboral por perjuicio económico a los trabajadores, a la Seguridad Social y por incumplir el Estatuto de los Trabajadores respecto a las horas extraordinarias.

Esta resolución se suma a la condena por fraude de ley en la contratación en prácticas y al expediente de infracción laboral grave por incumplimiento de tiempos de trabajo y descanso que se dio a conocer el mes pasado.

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Badajoz ha dado la razón a CCOO, una vez más, frente a Ambulancias Tenorio e hijos SL, empresa de implantación estatal en la que trabajan más de mil personas y que opera fundamentalmente en Extremadura, donde presta el transporte sanitario para el Servicio Extremeño de Salud (SES).

El sindicato interpuso una denuncia contra la empresa por negarse a abonar y cotizar la totalidad de horas trabajadas. El informe de actuación de la Inspección de Trabajo N/REF OS 6/0005746/18 de 17 de julio de 2019, y con registro de salida a fecha 14 de agosto de 2019, constata el siguiente resultado:

  1. Se comprueba que la empresa no retribuye todas las horas de presencia que realizan los trabajadores o lo hace por un importe inferior al debido.
  2. Se han detectado 459 casos que han percibido un salario inferior al debido.
  3. Se comprueba que las horas extraordinarias no son declaradas como tales, que no se abona con el incremento del 50% afectando a un total de 105 trabajadores del transporte sanitario no urgente.

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social como conclusión de las actuaciones practica las siguientes actas:

  1. Acta de infracción laboral con estimación de actuación perjuicio económico a los trabajadores por la cantidades dejadas de percibir por 505 trabajadores estimándose el perjuicio sufrido en más de 1.400.000 euros.
  2. Acta de infracción en materia de Seguridad Social coordinadas con altas de liquidación por cuotas no ingresadas estimándose el perjuicio sufrido en más de 400.000 euros.
  3. Acta de infracción por superación de los límites establecidos en el Estatuto de los Trabajadores respecto a las horas extraordinarias.

El próximo lunes 26 de agosto, la plantilla de Ambulancias Tenorio e Hijos SL se concentrará en la Fundación de Relaciones Laborales de Extremadura en Mérida a las 10.30 horas por el incumplimiento reiterativo del convenio.

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1 COMENTARIO

  1. Esta Srta Maldonado tendrá todos los títulos o cargos que indican, pero no tiene ni la más ligera idea de lo que dice. Primero: La INSPECCIÓNEME DE TRABAJO no tiene en absoluto capacidad de “CONDENAR”; simplemente INVESTIGA y levanta actas de POSIBLES INFRACCIONES de la legislación laboral o la Seguridad Social, y PROPONE a la AUTORIDAD LABORAL (Subdelegados del Gobierno, ante Gobiernos Civiles, por absorción de las competencias residuales de las desaparecidas Direcciones Provincial de Trabajo) sanciones pecuniarias, y solo esa Autoridad Pude IMPONER SANCIONES, todas ellas recurribles en Procedimiento Contencioso Administrativo. Y SI APRECIA LA AUROTIDAD LABORAL posibles infracciones tipificadas en la Legislación PENAL, deberá pasar parte a la Fiscalía, que iniciará, o no, proceso penal, QUE DECIDIRÁ AL FINAL UN MAGISTRADO SALA DE LO PEAL, únicos QUE EN ESPAÑA PUEDEN CONDENAR.

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