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Italia: nuevo acuerdo migratorio ilegal

Italia ya ha sido condenada anteriormente por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos por violar el principio de no devolución

Eva Maldonado
Eva Maldonado
Redactora en Diario16, Asesora de la Presidencia de la Conferencia Eurocentroamericana.
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análisis

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Italia ha suscitado preocupaciones legales y humanitarias tras el reciente acuerdo con Albania para la detención extraterritorial de personas migrantes y refugiadas. La primera ministra italiana y el primer ministro albanés firmaron un acuerdo para establecer dos centros en Albania destinados a detener a individuos rescatados en el mar por barcos italianos, incluyendo a aquellos que buscan asilo.

Elisa De Pieri, investigadora regional de Amnistía Internacional, condenó vehementemente este acuerdo, calificándolo de «ilegal e inviable» y exhortó a su cancelación. Según De Pieri, este acuerdo representa una forma de devolución, una práctica prohibida tanto por la legislación internacional como la europea. Italia ya ha sido condenada anteriormente por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos por violar el principio de no devolución.

El gobierno italiano sostiene que las personas detenidas continuarán bajo jurisdicción italiana, pero De Pieri advierte que esto podría ser una estrategia para evadir las leyes nacionales, internacionales y de la Unión Europea. Esto podría traducirse en consecuencias graves para los solicitantes de asilo, quienes podrían enfrentar detención prolongada y violaciones de derechos humanos lejos del escrutinio de las autoridades judiciales italianas.

Comisión Europea

La Comisión Europea ha aclarado que la legislación sobre asilo de la UE no se aplica fuera de sus fronteras, reiterando su posición de 2018 sobre la imposibilidad de aplicar extraterritorialmente las leyes de la UE. Además, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ya había condenado a Italia en 2012 en el caso Hirsi Jamaa and Others v. Italy por violar el principio de no devolución.

La devolución, definida como enviar a una persona a un país donde corre riesgo de sufrir violaciones de derechos humanos, está firmemente prohibida en el derecho internacional de refugiados. Este principio, además de ser parte del derecho internacional consuetudinario, está consagrado en las leyes de la UE, específicamente en el artículo 78.1 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y en los artículos 18 y 19 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

Amnistía Internacional ha instado al gobierno italiano a respetar sus obligaciones internacionales respecto a la no devolución y a garantizar el derecho de asilo. También ha solicitado a la Comisión Europea asegurarse de que los Estados miembros no infrinjan el acervo comunitario, especialmente en lo que respecta a la protección de los derechos de los refugiados y solicitantes de asilo.

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