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La Justicia argentina tumba la reforma laboral de Javier Milei por inconstitucional

Agustín Millán
Agustín Millánhttp://pompona22.wixsite.com/agustinmillan
Foto periodista especializado en manifestaciones y actos sindicales. Desde 2011 fotografiando la crisis más dura de la historia moderna. Responsable de redes sociales de la Cumbre Social España. Fotógrafo con 5 campañas electorales entre ellas la de Manuela Carmena y la de Enrique Santiago en IU Madrid.
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análisis

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Un tribunal Argentino, específicamente la Cámara Nacional del Trabajo, ha declarado inconstitucional la reforma laboral propuesta por el presidente Javier Milei. Esta decisión supone un revés significativo para sus planes de reestructurar la economía del país. La medida, suspendida desde el 3 de enero tras la apelación del sindicato CGT, enfrentó resistencia sindical, incluyendo una huelga nacional el 24 de enero.

Milei transgrede la constitucionalidad

La Cámara concluyó que el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) emitido por Milei transgrede la constitucionalidad en el ámbito laboral. Esta decisión llega después de una medida cautelar que frenó las reformas, y ahora el caso está en manos de la Corte Suprema de Justicia. Los jueces sostienen que no había impedimentos para que el Congreso discutiera las reformas, desafiando la justificación del gobierno para el DNU, el cual se publicó el 21 de diciembre sin fecha de vigencia.

El tribunal recalca que, incluso después de la convocatoria a sesiones extraordinarias el 26 de diciembre, no existían obstáculos para la reunión del Congreso. Además, argumenta que el DNU no demuestra una «necesidad» objetiva ni «urgencia» para obviar la intervención legislativa, especialmente en leyes de naturaleza represiva o sancionatoria.

Invalidez sustantiva

Los camaristas Manuel Diez Selva, Héctor Guisado y Mario Fera enfatizaron que los defectos del DNU son suficientes para invalidarlo, haciendo innecesario un análisis específico de las alegaciones sobre su invalidez sustantiva.

El Gobierno ahora puede apelar ante la Corte Suprema, aunque ya se ha involucrado el alto tribunal por la medida cautelar y un amparo presentado por la provincia de La Rioja. La Corte, que no tiene plazos definidos para su resolución, ha asumido competencia en el caso de La Rioja, tratándose de una disputa entre un estado provincial y el nacional.

Los jueces señalan que el Gobierno podría haber propuesto la reforma legislativamente en lugar de un decreto ejecutivo. Ahora, la única opción de Milei es apelar a la Corte Suprema o impulsar la reforma a través del Congreso, cuya Cámara Baja debatirá un proyecto de ley ómnibus de Milei.

Las reformas de Milei buscaban simplificar las indemnizaciones por despido y los períodos de prueba antes de contratar a un empleado a tiempo completo. La Cámara de Apelaciones del Trabajo confirmó la inconstitucionalidad de estas reformas.

Las reformas constituyen un retroceso en los derechos laborales

La CGT, apoyada por el tribunal, argumentó que las reformas constituyen un retroceso en los derechos laborales. La Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estribadores (UATRE) celebró la suspensión del decreto, y su secretario general, José Voytenco, expresó su oposición a cualquier intento de menoscabar los derechos laborales.

En resumen, la Corte Suprema ahora debe decidir sobre este importante asunto, con implicaciones significativas para el futuro de las reformas laborales en Argentina.

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