Las lagunas en la ley orgánica de Eficiencia del Servicio Público de la Administración de Justicia están creando serios problemas sobre todo a la hora de poner en funcionamiento los MASC, Medios Adecuados de Solución de Controversias, instrumentos que, sobre el papel, deberían aligerar procedimientos civiles y mercantiles mediante acuerdos extrajudiciales pero que no están lo suficientemente regulados y ello origina problemas de suficiente entidad como el hecho de que los servicios de los abogados del turno de oficio, que deben estar presentes en estos procesos, no reciben la remuneración correspondiente. Y sobre esta deficiencia ha alertado el presidente del Consejo General de la Abogacía, Salvador González, quien manifestó que “es de justicia que la actividad negociadora previa a juicio de la abogacía del turno de oficio sea, siempre y en todo caso, remunerada. Con el acceso a la justicia, especialmente de los más vulnerables, no se juega”. Los abogados del turno de oficio no pueden certificar sus actuaciones en los acuerdos extrajudiciales a los que llegan sus clientes. Ya de por sí su remuneración es muy deficiente, a pesar de esa subida del ocho por ciento aprobada por el ministerio de Justicia, como para que, encima, no cobren por servicios extrajudiciales a los que están obligados a asistir por la nueva ley.
El Consejo General de la Abogacía se ha dirigido al gobierno exigiendo una nueva regulación del turno de oficio. Reclama “el impulso, sin más demora, de una nueva ley de Asistencia Jurídica Gratuita, que modernice y dignifique el sistema y que responda a las necesidades actuales del servicio público que presta la abogacía. Le pedimos al legislador que haga sus deberes e impulse esa nueva ley que tanta falta hace”, señala en un comunicado el máximo órgano de representación de los letrados españoles.
En el ministerio de Justicia son conscientes de la necesidad de adecuar la legislación en materia de justicia gratuita. El problema es que las comunidades autónomas, salvo Murcia, Extremadura, Baleares, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Ceuta y Melilla, tienen asumidas las competencias en la materia. Por lo tanto, el gobierno central sólo puede establecer una normativa limitada a los territorios referidos o intentar consensuar con las administraciones territoriales una reforma de las condiciones del turno de oficio. Un consenso que se antoja extremadamente difícil en estos momentos. El gobierno de la CAM va a llevar a los tribunales la ley de Eficiencia Organizativa porque cree que no se les dota de los medios económicos suficientes como para poner en marcha el nuevo modelo. Y si hay enfrentamiento en ese asunto es prácticamente imposible que se sientan a negociar nuevas condiciones para los abogados de oficio. Las comunidades gobernadas por el Partido Popular ni siquiera han tomado en consideración el incremento del 8% de los baremos retributivos que el ministerio ha aprobado para todas las zonas de su influencia. En el departamento de Bolaños esperan que las comunidades con competencias sigan su ejemplo y procedan a incrementar los derechos económicos del turno de oficio.
Según los últimos datos disponibles, la retribución media a nivel nacional que cobran los abogados del turno por asunto está en 151,37 euros. En Madrid, los casi 6.500 colegiados apuntados al turno de oficio ocupan el quinto lugar en materia de retribuciones, por debajo de Euskadi, con 313 euros de media, seguidos de Galicia, Asturias y Canarias con baremos por encima de los 200 euros. En la CAM no llegan a los 180 euros mientras que el número de asistencias supera la media.
El colegio de la Abogacía de Madrid anunció un acuerdo con la consejería de presidencia y justicia de la CAM mediante el cual, a los letrados que se encargasen de “las gestiones extrajudiciales con acuerdos” se les retribuiría en las mismas condiciones que cuando atienden las diversas fases de un procedimiento judicial. Pero, hasta la fecha, el Boletín Oficial de la comunidad no ha publicado nada sobre ese acuerdo.
Cada vez se hace más evidente que a la abogacía le interesa menos apuntarse al turno de oficio. Los 40.748 profesionales inscritos atendieron más de dos millones de asuntos en 2023. Pero, mientras que los casos atendidos respecto el año anterior aumentaron un 3,5 por ciento, tal como refleja el último informe del XVIII Observatorio de la Justicia Gratuita Abogacía Española-Aranzadi, el número total de abogados inscritos confirma lo ya expuesto: cada vez menos letrados se sienten atraídos por prestar servicio de justicia gratuita. Prueba de ello es que la cifra total de profesionales apuntados decreció un cinco por ciento, previsiblemente por la creciente desafección con el sistema.
La derecha pretende un modelo de justicia restringido al que sólo tengan acceso personas físicas y jurídicas solventes económicamente. No interesa la justicia gratuita a pesar de ser un servicio público universal. Por eso ponen todo tipo de obstáculos. Y el más significativo es la escasa retribución a los abogados que ejercen esta prestación. El servicio incluye asistencia en dependencias policiales y defensa en los juzgados e instancias judiciales, ya se ha dicho aquí mismo que es de una media de 151 euros. Y en esa factura van incluidos los gastos derivados de las gestiones, es decir los traslados por cuenta del letrado, las fotocopias y los soportes digitales para este tipo de trabajos que, además, no cuentan con horario fijo, ni con ningún derecho a la conciliación familiar incluyendo los descansos reglamentarios. Es más, hay numerosas quejas por el trato que estos profesionales reciben por parte de los jueces y letrados de la administración de justicia que, en ocasiones, ha llegado a ser humillante.
Y encima ahora se encuentran con que la nueva ley no regula las actuaciones extrajudiciales a las que están obligados a asistir a la parte que haya solicitado la justicia gratuita. Es un servicio más, pero como no se opera dentro del ámbito judicial propiamente dicho, hasta el momento no se considera un servicio retribuible. Y eso hay que solucionarlo de una manera u otra.