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Nueva propuesta de Ábalos a Unidas Podemos para llegar a un acuerdo sobre la Ley de Vivienda

El PSOE propone una definición clara para que los Ayuntamientos puedan aplicar el recargo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles a aquellas viviendas vacías durante más de dos años

María José Pintor
María José Pintor
Periodista en cuerpo y alma, licenciada en Ciencias de la Información por la Universidad del País Vasco.
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análisis

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Esta mañana ha tenido lugar una nueva reunión de los equipos negociadores del PSOE y Unidas Podemos sobre la futura Ley de Vivienda. Desde el Ministerio de Ábalos se asegura que esta reunión se ha producido después de que el equipo encabezado por Ione Belarra, quien esta semana tomará posesión como ministra de Derechos Sociales, haya retrasado este encuentro durante varios días.

Unidas Podemos lleva semanas mostrando su malestar por el retraso en la aprobación de esta Ley de Vivienda que, a su juicio, ya tendría que haber pasado por el Consejo de Ministros y reclama que se cumplan los pactos de Gobierno que se firmaron para formar el ejecutivo de coalición entre los socialistas y los morados.

De hecho, la salida de Pablo Iglesias del Gobierno, que se hará efectiva mañana tras el Consejo de Ministros, se ha visto enturbiada por este retraso en la Ley de Vivienda.

  • En la reunión el equipo del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, encabezado por David Lucas, ha presentado nuevas propuestas que, a juicio del equipo del PSOE, permitan impulsar definitivamente la Ley. «El objetivo del ministerio es seguir avanzando en soluciones conjuntas que permitan alcanzar un acuerdo definitivo sobre el texto», confirman fuentes oficiales a Diario16.
  • Las propuestas

Las propuestas más importantes para conseguir un acercamiento entre ambas posturas desde el Ministerio de Transporte son:

1. Definición de vivienda vacía y modulación del recargo del IBI.

  • Se propone una definición clara para que los Ayuntamientos puedan aplicar el recargo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles a aquellas viviendas vacías durante más de dos años, con un mínimo de cuatro viviendas por propietario, salvo causas justificadas de desocupación temporal, tasadas por la Ley.
  • Asimismo, se propone el que los ayuntamientos pueden modular el recargo previsto de la cuota líquida del IBI, con el objetivo de que tenga un mayor efecto en la optimización del uso del parque edificatorio residencial y refuerce el instrumento de los Ayuntamientos para hacer frente a situaciones de vivienda desocupada a través de la fiscalidad.

2. Mejora de la regulación del procedimiento de desahucio en situaciones de vulnerabilidad.

  • Se proponen mejoras en el procedimiento de desahucio que pueda afectar a la vivienda habitual de hogares vulnerables para garantizar una comunicación efectiva y rápida entre el órgano judicial y los servicios sociales a través de un requerimiento para que estos evalúen la situación y, en su caso, atiendan rápidamente a las personas en situación de vulnerabilidad económica y/o social. 
  • Asegurar que los Servicios Sociales puedan ofrecer soluciones habitacionales ya sean municipales, autonómicas, las previstas con recursos del Estado o las que puedan acordarse con el resto de administraciones o con el sector privado, evitando situaciones de desamparo como consecuencia del desalojo.
  • Introducir en el procedimiento criterios objetivos para determinar las situaciones de vulnerabilidad económica, con independencia de los criterios que puedan establecerse para determinar la vulnerabilidad social, para simplificar y agilizar el procedimiento e identificar las situaciones a las que se debe dar respuesta.

3. Impulso de la vivienda protegida en alquiler a precio limitado.

  • Con objeto de reforzar la vivienda protegida destinada al arrendamiento, se establece un porcentaje mínimo del 50 por ciento para vivienda protegida en alquiler dentro del suelo de reserva para vivienda sujeta a algún régimen de protección pública tanto en actuaciones de nueva urbanización como en actuaciones de reforma o renovación de la urbanización, que deberá recogerse en la legislación sobre ordenación territorial o urbanística.
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