El revuelo que se ha formado al conocer que Unidas Podemos ha votado en la Junta de Portavoces del Congreso junto al PP, Vox, PSOE y Ciudadanos, al oponerse a hacer pública la hoja de servicios de «Billy El Niño» ha sido mayúsculo.
Precisamente, la formación morada ha sido una de las voces fundamentales que ha promovido que la justicia intervenga en el oscuro pasado del policía fraquista, Antonio González Pacheco, más conocido como «Billy El Niño».
En junio de 2018 la formación morada presentó una propuesta no de ley para perseguir la inmunidad de los crímenes franquistas, entre los que se encontraba la retirada de la Medalla a González Pacheco
Entre las medidas que han sido promovidas por Podemos se encuentran las de investigar y juzgar los crímenes por él cometidos, como torturas en las detenciones producidas durante el franquismo, en las que González Pacheco era, presuntamente, responsable directo. Estas medidas, junto a otras, fueron recogidas en una proposición no de Ley presentada por Unidas Podemos-En Común Podem y Marea durante la pasada legislatura, con el objetivo de impulsar la acción en materia de Memoria Histórica por parte del ejecutivo de Pedro Sánchez, cuando aún no eran socios de gobierno.
Sobre Billy El Niño, una de las medidas que manifestó el anterior ejecutivo de Sánchez, sería estudiar si era posible retirar una Medalla que le fue otorgada «por su labora como policía», lo que en términos prácticos se convierte en un aumento del 15% de la pesión.
En lo que a esta cuestión se refiere, el texto que registró Podemos en el me de junio de 2018 decía lo siguiente:
El preámbulo detalla cuestiones como las que se suceden a continuación: « En la causa número 4591/2010 que se tramita, en virtud o en aplicación del principio deJusticia Universal, ante el Juzgado Nacional de lo Criminal y Correccional Federal número1, de la República Argentina, por crímenes contra la humanidad cometidos durante la dictadura franquista en nuestro país, se dictó Auto resolutivo de fecha 18 de septiembre de 2013 en el que imputaba a Antonio González Pacheco, alias Billy el Niño y a JesúsMuñecas Aguilar, delitos de torturas previstos en el artículo 144.ter, inciso 1º del CódigoPenal argentino, expresando que los delitos imputados constituían crímenes de lesa humanidad por lo que, en uno u otro caso la acción y la pena eran imprescriptibles y sus responsables se encontraban sujetos a persecución a través de la aplicación del principio de justicia universal.Como consecuencia del Auto dictado por el Juzgado Nacional de lo Criminal y Correccional Federal número 1 de la República Argentina, en el correspondiente expediente extradicional y elevadas las actuaciones por el Juez instructor a la SecciónSegunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional española, se dictó Auto por laSala con fecha 30 de abril de 2014 (Rollo de Sala: 45/2013) en el que se acordó no acceder a la solicitud de extradición de Antonio González Pacheco, por apreciarse que concurría la causa extintiva de responsabilidad criminal de prescripción del delito conforme a la legislación española. En similares términos se pronunció igualmente laAudiencia Nacional en relación con la extradición de Jesús Muñecas Aguilar.Por medio de Auto resolutivo de fecha 30 de octubre de 2014, el Juzgado Criminal yCorreccional Federal 1 de Buenos Aires (Argentina), también en la causa número4.591/2010, seguida por genocidio y/o crímenes de lesa humanidad cometidos por el franquismo, procedió a la imputación de una serie de delitos, en un contexto de crímenes contra la humanidad, a un total de veinte personas (de las que actualmente varias han fallecido), entre los que se encuentran varios ministros de la dictadura franquista. (…)
Desde el mes de junio de 2017 hasta la fecha, se han presentado en los Juzgados y Tribunales españoles un total de diez querellas criminales, en la que se denuncian delitos de tortura en concurso con crímenes contra la humanidad, entre otros, contra Antonio González Pacheco y Pascual Honrado de la Fuente, ambos imputados en la denominada querella argentina como ya hemos indicado anteriormente. De esas diez querellas siete ya han sido inadmitidas a trámite, invocándose para ello por parte de los Juzgados españoles, básicamente, la argumentación contenida en laSentencia 101/2012, de 27 de febrero de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. Estoes, Ley de Amnistía, principio de legalidad y prescripción de los delitos. (…)