Interinos: la lucha contra el abuso, el acoso, la discriminación y la prevaricación

La doctrina del TJUE establece que, en ausencia de medidas disuasorias y compensatorias, la conversión en fijos es la única solución eficaz para evitar el abuso en la temporalidad laboral

16 de Abril de 2025
Actualizado a las 7:57h
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Interinos: 05

En España, los trabajadores interinos de la administración pública se enfrentan a una realidad marcada por múltiples formas de discriminación, que en el plano jurídico se traducen en cuatro tipos concretos. Este contexto no solo vulnera principios básicos de igualdad, sino que también choca frontalmente con los valores establecidos por la Unión Europea. El Parlamento Europeo ya ha mostrado su posición contraria a la carga ideológica que pesa sobre este colectivo. La situación es tan grave que importantes juristas señalan que se podría estar frente a delitos de trato degradante y prevaricación administrativa, tipificados en el Código Penal.

Discriminaciones en cuatro frentes

Diversos expertos en derecho han identificado que los trabajadores interinos sufren un trato agravado, condicionado por un «requisito ideológico» que legitima, de hecho, un acoso que impide el acceso efectivo a la justicia. Esta situación se expresa también en el uso de oposiciones como forma de represalia, lo que se podría considerar una discriminación directa. En términos jurídicos, estas prácticas vulneran no solo el artículo 173 del Código Penal español (que sanciona el trato degradante con penas de seis meses a dos años de prisión) sino que también afectan el correcto funcionamiento de la administración pública, protegido por el artículo 404, con penas de inhabilitación que pueden alcanzar hasta quince años para el ejercicio del sufragio pasivo.

Los juristas consultados por Diario16+ consideran que negar el acceso a la justicia o convertir las oposiciones en represalias se debe valorar, en derecho, como acoso. Este acoso, reconocido por la normativa de la UE, conlleva un doble enfoque: por una parte se valora la percepción que tiene la víctima del trato recibido y, por otra, se reconoce que la conducta puede ser objetivamente acosante, incluso si la víctima no la siente de forma inmediata.

La aplicación de la normativa europea

Lo paradójico del panorama español es que el principal obstáculo para la solución del problema de los interinos es el propio Poder Judicial nacional, el cual se encuentra, según las denuncias, empantanado en una supuesta discriminación basada en convicciones ideológicas (que no se tienen que corresponder con cuestiones políticas). Esto contrasta fuertemente con las obligaciones derivadas del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos (CEDH) y las directivas contra la discriminación de la UE, que imponen medidas protectoras obligatorias, sin que sea necesario que las partes las invoquen expresamente.

La jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha sentado precedentes claros en el manejo de situaciones de fraude en la contratación pública. Importantes sentencias, como las dictadas por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco y un Juzgado de lo Social de Barcelona, establecieron la eliminación de la figura del «indefinido no fijo», reconociendo la fijeza automática y concediendo indemnizaciones económicas a trabajadores afectados por el abuso de temporalidad. Estos avances judiciales resultan cruciales para proteger a los empleados públicos, pero, a la vez, evidencian una desconexión entre lo que dicta el derecho europeo y la lentitud en la adaptación del sistema jurídico español.

Prevaricación administrativa

El delito de prevaricación administrativa, recogido en el artículo 404 del Código Penal, se configura cuando se dictan resoluciones administrativas con un contenido arbitrario, a sabiendas de su injusticia. Los juristas consultados coinciden en que este delito atenta contra el buen funcionamiento de la administración, el cual debe regirse por los valores constitucionales de objetividad, igualdad, mérito y capacidad. El hecho de que las autoridades públicas continúen ignorando la aplicación de la jurisprudencia europea y la doctrina del TJUE evidencia una resistencia al cambio que causa perjuicios tanto a los trabajadores como al propio sistema democrático del país.

El impacto de la jurisprudencia europea y la inacción política

Una sentencia histórica del TJUE, dictada en junio de 2024, anuló la doctrina del Supremo español y cuestionó las leyes implementadas por el gobierno de Pedro Sánchez en materia de fraude en la contratación pública. Esta resolución puso de manifiesto el desprecio del gobierno por la jurisprudencia europea, como se evidenció en las declaraciones del exministro José Luis Escrivá, quien prefirió esperar a que el Tribunal Supremo se pronunciase, demostrando así una clara actitud de desacato frente a las decisiones de la máxima autoridad judicial europea.

La insistencia del sistema en procesos selectivos con alta incertidumbre y una indemnización considerada insuficiente (por ejemplo, 20 días por año trabajado con un tope de 12 mensualidades) refleja la urgente necesidad de reformar el modelo de contratación pública. La doctrina del TJUE establece que, en ausencia de medidas disuasorias y compensatorias, la conversión en fijos es la única solución eficaz para evitar el abuso en la temporalidad laboral.

Sanciones europeas

El prolongado incumplimiento por parte del Estado español en transponer y aplicar las normativas y directivas de la UE conlleva no solo injusticias para los trabajadores interinos, sino también a posibles sanciones a nivel comunitario. El proceso de infracción abierto contra España por la Comisión Europea por el incumplimiento reiterado y la falta de transposición de acuerdos marco podría traducirse en millonarias multas coercitivas, lo que tendría un impacto económico importante para el país.

Este panorama ha creado un escenario en el que la protección de los derechos de los trabajadores y el respeto a la jurisprudencia europea son fundamentales para la consolidación de un Estado de Derecho sólido y equitativo, algo que, en la actualidad, no existe en España para los trabajadores públicos en situación de abuso de temporalidad.

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