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Una imagen de la Audiencia Nacional.

«El trabajo de investigación que sobre esta cuestión [la presunta financiación de acciones de la ampliación de capital de 2016] realizaron los vicesecretarios del Consejo de Administración, orilla de forma consciente cualquier examen de operaciones concretas. Hecho este que causa estupefacción». Esta es una de las razones expuestas por el magistrado de la Audiencia Nacional, José Luis Calama Teixeira, para solicitar un informe pericial respecto a la presunta financiación de acciones en la ampliación de capital de 2016 del Banco Popular. Además, el juez instructor ha reclamado documentación al Santander porque, como se puede comprobar, no se cree el informe realizado por el vicesecretario, José Heraclio Peña.

El juez ha reclamado diversa documentación al Santander para investigar si el Banco Popular otorgó financiación a clientes de la entidad para la ampliación de capital en el año 2016 y si “de forma deliberada no la restó del capital regulatorio”. El auto de Calama Teixeirada un plazo de 30 días al Santander para que aporte tres ficheros sobre suscriptores de la ampliación de capital no empleados, financiación a suscriptores no empleados en el periodo de 25 de mayo a 20 de junio de 2016 y sobre los incrementos de financiación con no empleados en el mismo periodo.

El trabajo de investigación que sobre esta cuestión realizaron los vicesecretarios del Consejo de Administración, orilla de forma consciente cualquier examen de operaciones concretas. Hecho este que causa estupefacción

El magistrado acuerda en el auto una investigación pericial para acreditar si «la entidad ofreció al mercado unos ratios de capital regulatorio mejores de los reales vulnerando conscientemente el principio de transparencia que preside el funcionamiento del mismo» mediante la financiación a clientes para conseguir liquidez para la ampliación de capital.

La resolución del juzgado recuerda la operativa de la ampliación de capital investigada y subraya que en la causa existe «un documento de enorme trascendencia». Calama explica que, a requerimiento de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (Dirección General de Mercados), el Sr. Heraclio Peña remitió un informe (de fecha 2 de octubre de 2017), complementario de otros anteriores, sobre diversos aspectos del hecho relevante de 3 de abril. Sin embargo, como se ha visto anteriormente, el juez no se cree el contenido de ese informe porque, además, ha sido rebatido y criticado duramente por los diferentes directivos, tanto del departamento de Auditoría como por los directores territoriales a los que  el documento de José Heraclio Peña (actual Director de Asesoría Jurídica Mayorista, Recuperaciones y General en Banco Santander España) acusa de haber dado instrucciones precisas a la red de oficinas para que «ofertaran financiación a determinada clientela de BP a fin de participar en la referida ampliación de capital», se afirma en el auto.

Por ello, según Calama, es necesaria una investigación específica sobre el alcance de la financiación de parte de la ampliación de capital de 2016, lo que demuestra que el magistrado está realizando una instrucción muy exhaustiva para que, de cara a la apertura del juicio oral, si archivara alguno de los dos asuntos ninguna de las partes pudiera intentar anular toda la instrucción.

Hay que recordar que tanto Francisco Gómez, exconsejero delegado del Popular, como los directores territoriales y los responsables de auditoría afirmaron ante el juez Calama que no hubo instrucciones, ni expresas ni veladas, para financiar la compra de acciones de la ampliación de capital.

Hay que añadir que el exsecretario general del Popular, Francisco Aparicio Valls, confirmó la existencia de una circular interna dada a las oficinas para no financiar acciones. Además, esa prohibición estaba en el Manual de Riesgos y era compatible, exclusivamente en el caso de los empleados, con que, por ejemplo, se concediesen anticipos sobre los salarios para los empleados y empleadas que quisieron suscribir acciones.

Además, en el informe de los peritos del Banco de España y en las cuentas del Santander del ejercicio 2017, se confirma que si hubo ese tipo de financiación fue muy poco significativo.

Teniendo en cuenta que el Popular tenía asegurada la colocación de las acciones por los bancos de inversión, es decir, que suscribirían lo que los accionistas no hubieran suscrito, hubiera tenido muy poco sentido financiero que el banco animase a la red comercial para la financiación de sus propias acciones, actividad que, por cierto, es lícita para los bancos, pero que obliga a los mismos a deducir el importe financiado en su declaración de capital regulatorio. Esto no afecta al patrimonio neto, pero la ratio de capital se ve modificada a la baja.

Fuentes internas del Popular consultadas por Diario16 reconocen que cabe la posibilidad de que se pudo haber financiado la inversión en acciones de la ampliación de capital y que los sistemas del banco no lo detectaran. Eso, según las mismas fuentes, hubiese sido posible considerando que el Popular tenía 1.700 oficinas abiertas cara al público y millones de clientes, a lo que se añade que, en la ampliación de 2012, los clientes que invirtieron habían ganado mucho dinero.

En sentido contrario, las mismas fuentes señalan que pudiera haber existido presión de algunos clientes para que se les financiase la compra de acciones, por lo que es descartable que los directores de sucursal presionasen a los clientes para que suscribiesen acciones, tomando un crédito para ello. Hay que pensar que en ningún caso cabe la coacción, dado que el cliente voluntariamente toma el crédito (se va al Notario) y voluntariamente compra las acciones con cargo a dicho crédito. Además, salvo en un caso, los clientes que declararon son empresarios que conocen perfectamente los riesgos que toman.

El Popular tenía asegurada la colocación de las acciones por los bancos de inversión, es decir, que suscribirían lo que los accionistas no hubieran suscrito, hubiera tenido muy poco sentido financiero que el banco animase a la red comercial para la financiación de sus propias acciones

Se trataría en ese caso, una vez más, de una actividad permitida a los bancos y, en el peor de los casos, una posible irregularidad administrativa si esa financiación, que tendría que ser ad hoc, no se hubiese descontado del cómputo del capital regulatorio, cuyo impacto no era significativo, porque para tener que ser descontada, el Banco de España exigía que la financiación naciese con la compra de las acciones, es decir, si un cliente utilizaba una cuenta de crédito que ya tenía abierta previamente y compra acciones con cargo a esa póliza, en ese caso no hay obligación de descontar nada. ¿Por qué? Porque por naturaleza una cuenta de crédito es de libre disposición para atender las necesidades de financiación circulante de una empresa que puede disponer de la misma para comprar acciones y puede, a continuación, pasados días o semanas, rebajar la cuenta ingresando el resultado de la venta de sus productos. Este es el funcionamiento normal de un banco comercial, nada tiene de ilegal, ni de irregular.

En resumen, la financiación de las propias acciones es una actividad legal, permitida a los bancos, que hay que deducir del capital regulatorio sólo en el caso de que dicha financiación nazca con la adquisición de las acciones. Tiene poco sentido que un banco financie sus acciones si su colocación la tiene asegurada por un tercero, como es el caso. La clientela, en ocasiones, puede tener interés en suscribir acciones a un precio de oferta, como el caso de la ampliación de 2016, y cabe también, sin existencia alguna de «trama de clientes rentables», que alguna oficina aislada tomase la decisión de incrementar la financiación del circulante de esas empresas para facilitar la suscripción de acciones. En caso de impago, el banco no tiene como garantía las acciones del propio Banco, que tendría que vender o amortizar, sino los bienes del cliente. Por tanto, ni trama, ni nada ilegal.

5 COMENTARIOS

  1. Como ex-empleado nos obligaban a visitar empresas amenazando con dejarlas sin liquidez si no colaboraban en esos momentos.Amenazaban a empleados,particulares y empresas bajo unos códigos que había que incluir en las propuestas de préstamos.Que se lo pregunten al Sr.Luis Pernas Director de Instituciones de Galicia.Que investiguen todas éstas prácticas corruptas que no hacían sino perjudicar a las Pymes.

    • Que le pregunten a José Manuel Martínez periago, Guillermo rilo, Manuel quero, Fernando gomis…a los de riesgos… Etc. Etc. Etc. Códigos y claves en fundamentos. Todos los territoriales, regionales y directores comerciales y de oficins

  2. Creo que deberían comenzar a investigar la escritura de constitución del Banco .De verdad [que poquita verguenza],los robados vamos para cuatro años y aquí no se mueve nadie .

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