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El Caso Hispano Almería, en el que está imputado, entre otros, un alto cargo de la Junta de Andalucía de Juan Manuel Moreno Bonilla, lleva instruyéndose desde el año 2014 y durante estos siete años se ha encontrado con una serie de extrañas estrategias judiciales que lo único que han conseguido es la dilación de la instrucción que podría provocar la prescripción de los presuntos delitos denunciados, entre los que se encuentra la presunta financiación ilegal del Partido Popular de Almería.

Sin embargo, ciertos elementos de la Administración de Justicia están realizando movimientos cuanto menos sospechosos. Tal y como publicó Diario16 en exclusiva, la Fiscalía presentó un escrito en el que solicitaba al Juzgado de Instrucción nº 3 de Almería la creación de piezas separadas en el Caso Hispano Almería. «Se trata de escindir hechos cuyo enjuiciamiento independiente se vería claramente facilitado y agilizado sin generar riesgo de ruptura de la continencia de la causa», afirmaba dicho documento. La jueza de Almería, Ana Belén Vico, aceptó y se inhibió de las causas, trasladando las piezas separadas a los juzgados de Roquetas de Mar (territorio de Gabriel Amat) y de El Ejido.

Sin embargo, esto fue lo que ocurrió con las causas señaladas en la Trama Amat y que fue provocando constantes retrasos en las instrucciones y, en consecuencia, en la prescripción de los presuntos delitos por los que se abrieron las diligencias o, como podía ocurrir en el Caso Hispano Almería, en el archivo reiterado de dichas piezas separadas.

Sin embargo, tal y como publicó Diario16 también en exclusiva, un auto del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de El Ejido fechado el 17 de marzo de 2021, el magistrado Eduardo Martínez Gamero rehúsó la inhibición realizada por Ana Belén Vico, señalando con contundencia, entre otras cosas, que si se dividiera la causa en tres piezas separadas, sería necesaria una coordinación y colaboración entre los tres instructores. «Y eso es lo que se pretende evitar en nuestra Ley con las reglas de conexidad. Entendemos que el desgajamiento o desglose de la causa supone la ruptura de su contingencia».

La defensa de Hispano Almería recurrió esta decisión, como es lógico si lo que se pretende es alargar la instrucción para llegar a la prescripción final de los presuntos delitos. Diario16 ha tenido acceso al auto en el que se inadmite este recurso porque, y esto es muy importante, «la instrucción de la presente causa debe realizarse de forma conjunta, ya que su separación podría romper la contingencia de la misma.  Del recurso no se desprende ningún hecho nuevo ni ningún argumento distinto a los ya valorados en el Auto recurrido. De este modo y, en aras de no ser reiterativos, hemos de motivar la desestimación de este recurso», afirma el auto.

Sin embargo, lo más significativo del auto es el segundo fundamento jurídico, donde se indica que la Sección 2ª de la Audiencia Provincial de Almería dictó un auto con fecha de 15 de abril de 2021 «por el que se señala que la competencia de los hechos respecto de los que se formó pieza separada -y se cursó inhibición al Partido Judicial de Roquetas de Mar- corresponde a Almería -Juzgado de Instrucción número 3 de Almería-. Es decir, la propia Audiencia Provincial comparte el criterio que expusimos en el Auto recurrido de fecha 17 de marzo de 2021. Tal Auto de la Audiencia Provincial trae como causa el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Fiscal en las Diligencias Previas seguidas en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Roquetas de Mar. Se trata de un procedimiento paralelo y procesalmente idéntico al seguido en este Juzgado. Por ende y, aplicando la fundamentación de tal Auto a nuestro caso, no podemos sino ratificarnos en el contenido de la resolución hoy recurrida».

Fuentes cercanas a la causa han señalado a Diario16 que los juzgados de Roquetas de Mar se inhibieron también, al igual que hizo El Ejido, Además, como señala el auto, la Audiencia Provincial se tumbó lo que pretendía la Juez del número 3 de Almería. En El Ejido, se sobreentiende que la Audiencia fallará, consecuentemente, en igual sentido que Roquetas.

Las mismas fuentes señalan, y aquí vienen otros movimientos extraños de la Justicia, que «todo esto ha ocasionado que la jueza del 3 de Almería haya demorado las actuaciones, por ahora y hasta resolución de la Audiencia Provincial sobre la pieza de El Ejido. Pero le ha servido para no tener que contestar a los distintos escritos de prueba planteados por AMAyT y el PSOE. Esto ha provocado, en aras de evitar posibles alegaciones de prescripción de los supuestos delitos cometidos, más demoras innecesarias en este procedimiento, que fue incoado en el año 2014 y en el que aún, y a esta fecha, resta por resolver al respecto de la práctica de un número más que significativo de pruebas como las ya reclamadas y reiteradas a ese juzgado».

En consecuencia, algunos juzgados de Almería continúan con las prácticas de demorar las instrucciones para que presuntos delitos relacionados con la corrupción prescriban y sus responsables, en este caso relacionados con la supuesta financiación ilegal del Partido Popular, sean exonerados de toda responsabilidad.

3 COMENTARIOS

  1. Interesante Artículo que expone las ««extrañas» estrategias judiciales »
    Sobre la presunta corrupción judicial a nivel de la CÚPULA : disponemos de pruebas FEHACIENTES sobre la comisión de delitos cometidos por Jueces y Magistrados
    Si José Antonio Gómez, o el propio Diario 16, estuviera interesado en su publicación, contactar con nosotros.

  2. ¿Están jueces y fiscales de Almería «afinando» los casos para que el partido más corrupto de Europa salga de rositas, otra vez?

  3. La ley para el pendejo y la cárcel para el pobre; esta es la justicia española. Y llaman democracia a la comedia electoral. Es como decir que las ruedas del coche son el coche, sin ruedas el coche no se desplaza, pero las ruedas no son el coche. Sin elecciones no hay democracia, pero las elecciones no son la democracia.

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