Audiencia Nacional

La Audiencia Nacional ha rechazado la extradición del expresidente de una filial de la empresa pública de petróleo venezolana PDVSA, Javier Ochoa Alvarado, a Estados Unidos, donde se le reclama por delitos que en España constituirían organización criminal y blanqueo de capitales en relación con delito de corrupción en los negocios.

En un auto, Fernando Andreu, Julio de Diego y José Ricardo de Prada, magistrados de la Sección Segunda de la Sala de lo Penal, explican que los hechos por los que Estados Unidos reclama la entrega de Ochoa Alvarado también están siendo investigados en España, a lo que se une la nacionalidad española del reclamado para denegar la extradición.

La resolución recoge los hechos que constan en la documentación aportada por las autoridades norteamericanas, que detallan cómo Alvarado, en unión con otros directivos de entidades pertenecientes a PDVSA, (algunos de ellos residentes en España, que estaban asociados a Rafael Ramírez y que están también siendo investigados en Estados Unidos) formaron un grupo criminal estable ubicado en el país norteamericano, dedicado a obtener sobornos de proveedores de la entidad estatal PDVSA con la finalidad de obtener fraudulentamente grandes sumas de dinero.

Las cantidades de dinero fruto de los sobornos superarían los 50 millones de dólares, que posteriormente el grupo se dedicó a blanquear a través de sociedades y cuentas bancarias de Estados Unidos y del extranjero, principalmente a través de la ruta Asia-UE (Luxemburgo).

El Tribunal explica que, en puridad, se trata de una situación de doble competencia jurisdiccional concurrente, puesto que los hechos delictivos investigados se iniciaron en Estados Unidos, pero se han desenvuelto, al menos parcialmente, en el extranjero y en concreto en España, donde se sigue una investigación en el juzgado central de instrucción 3 de la Audiencia Nacional.

Por ello, en virtud del principio de territorialidad y de existir encausados españoles (Ochoa Alvarado dispone de la nacionalidad desde diciembre de 2017) procede rechazar la entrega dando preferencia a la jurisdicción española para la investigación de los hechos, incluso los que son objeto de persecución en Estados Unidos.

La Fiscalía de la Audiencia Nacional informó a favor de la entrega de Ochoa Alvarado al considerar que se cumplían todos los requisitos para su extradición y, en relación con la nacionalidad española del reclamado, señalaba que tan reciente adquisición de tal nacionalidad era fraudulenta y que tenía la finalidad de eludir la acción de la justicia norteamericana.

Por último, el tribunal destaca también en su escrito la gran disparidad de tratamiento punitivo de los delitos objeto de investigación entre el sistema penal americano y el español, en tanto que la pena posible a imponer según el derecho penal aplicable por los tribunales de los EEUU -20 años de prisión- es ostensiblemente más alta que la imponible en España.

Hay que recordar cómo muchos ciudadanos venezolanos que se enriquecieron a costa del saqueo de los recursos de Venezuela durante la presidencia de Rafael Ramírez de PDVSA, tienen abiertas múltiples querellas y demandas en España y, muchos de ellos, están siendo investigados por diferentes agencias federales norteamericanas en relación a su asociación con Ramírez, además de que sus nombres aparecen en la documentación que manejan diferentes fiscalías: Distrito Sur de Nueva York, Distrito Sur de Texas y Distrito Sur de Florida.

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