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La subida del salario mínimo llega a los trabajadores del campo

Para los sindicatos es una decisión acertada y recuerdan que tiene carácter retroactivo. Por el contrario para Asaja no es una medida positiva por la crisis de precios

Agustín Millán
Agustín Millánhttp://pompona22.wixsite.com/agustinmillan
Foto periodista especializado en manifestaciones y actos sindicales. Desde 2011 fotografiando la crisis más dura de la historia moderna. Responsable de redes sociales de la Cumbre Social España. Fotógrafo con 5 campañas electorales entre ellas la de Manuela Carmena y la de Enrique Santiago en IU Madrid.
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análisis

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La organización agraria Asaja Córdoba ha llegado a un acuerdo con UGT y CCOO ante el Servicio Extrajudicial de Resolución de Conflictos Laborales de Andalucía (Sercla) sobre la implantación de la subida del salario mínimo interprofesional (SMI) en el sector agrario.

El acuerdo reconoce para los trabajadores eventuales un salario mínimo interprofesional de 45,65 euros/día

Desde Asociación Agraria de Jóvenes Agricultores Córdoba quiere resaltar que considera que la imposición de un nuevo SMI por parte del Gobierno de Pedro Sánchez “no es positiva para el sector agrario al subir los costes en unos momentos de grave crisis de precios para muchos sectores y, además, ha roto los acuerdos de la negociación colectiva basada en la buena voluntad de la patronal y sindicatos”.

Asaja ha hecho una valoración positiva del acuerdo alcanzado con los sindicatos UGT y CCOO al conseguirse “con la voluntad de todos y el esfuerzo llevado a cabo por ambas partes para conseguir la mejor solución adaptada a la realidad del sector”.

El acuerdo reconoce para los trabajadores eventuales un salario mínimo interprofesional de 45,65 euros/día, de forma que para aquellos trabajadores eventuales que con el salario de las tablas y los complementos salariales que en su caso procedan, no lleguen diariamente al SMI, se aplicará un complemento personal de carácter individual, no consolidable, de importe equivalente a la cantidad que sea necesaria a fin de garantizar que alcancen el salario mínimo de 45,65 euros/día.

En cuanto a todos los trabajadores fijos y fijos discontinuos se reconoce un salario mínimo interprofesional de 1.050 euros/mes brutos con las pagas extras prorrateadas o de 900 euros/mes brutos sin las pagas extras incluidas.

También se acordó que, para aquellos trabajadores fijos o fijos discontinuos, cuyo salario en tablas más las pagas extraordinarias, paga de beneficios más los complementos salariales que en su caso procedan no lleguen mensualmente al SMI, se acuerda un complemento personal de carácter individual, no consolidable, del importe equivalente a la cantidad que sea necesaria para garantizar el salario mínimo de 1.050 euros/mes brutos con las pagas extras prorrateadas o de 900 euros/mes brutos sin las pagas extras incluidas.

El resto de las condiciones del convenio de campo siguen siendo la mismas del firmado para el periodo 2017-2020.

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