viernes, 17mayo, 2024
14.6 C
Seville

Condenan a indemnizar con casi 13 millones de euros por negligencia médica en un parto en Santiago de Compostela

Segurcaixa Adeslas deberá hacer frente al pago de la indemnización más los intereses generados por no haberse hecho cargo previamente de los daños

- Publicidad -

análisis

- Publicidad -

El Juzgado de Primera Instancia de Santiago de Compostela ha condenado a la aseguradora Segurcaixa Adeslas a pagar una indemnización que casi alcanza los 13 millones de euros a una familia por «negligencia médica» durante un parto.

Según ha informado LegalToday, el abogado que ha defendido a la familia, Cipriano Castreje, ha señalado que, después de que el bebé sufriera «severos daños al nacer, debido a la mala praxis», el juzgado le da la razón a la familia.

En declaraciones a Europapress el abogado ha señalado el posicionamiento de la compañía aseguradora al conocerse el fallo, así como en las sentencias anteriores (donde se reconocía el 100% de discapacidad del menor). Porque desde que se confirmase el daño causado, han rehusado a pagar a la familia un solo euro, motivo que ha generado intereses diarios que ahora deberán pagar también.

Hospital de Rosales de Santiago de Compostela

En el año 2015, la madre acudió a dar a luz al hospital privado Rosales, en Santiago de Compostela. Tras intentar que el parto fuera natural, inducirlo y fracasar en los intentos, se produjo un retraso «en la intervención quirúrgica necesaria», lo que causó en el bebé «una hipoxia intraparto».

El registro cardiotocográfico señalaba esta hipoxia, y según el abogado, no se tuvo en cuenta. «Como consecuencia del retraso en la práctica de una cesárea, que estaba indicada desde mucho antes, el niño nació con parálisis cerebral espástica, ceguera absoluta, epilepsia, sordomudez, retraso mental, y múltiples discapacidades severas».

La incapacidad del menor se ha reconocido posteriormente en un 100% mediante sentencia del Juzgado de lo Social número dos de Santiago de Compostela. Previamente había sido reconocida por vía administrativa una incapacidad del 67%.

El recién nacido fue trasladado al Hospital Clínico Universitario de Santiago.

La sentencia señala que la aseguradora «conoció la negligencia médica desde el mismo momento en que ocurrieron los hechos, por lo que su inacción no está justificada».

- Publicidad -
- Publicidad -

Relacionadas

- Publicidad -
- Publicidad -

DEJA UNA RESPUESTA

Comentario
Introduce tu nombre

- Publicidad -
- Publicidad -
- Publicidad -

últimos artículos

- Publicidad -
- Publicidad -

lo + leído

- Publicidad -

lo + leído