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Ningún gobierno de PSOE y PP ha facilitado en 40 años que las mujeres puedan abortar en la sanidad pública por la objeción masiva de los sanitarios

La ministra de Sanidad no se plantea contemplar este derecho de las mujeres mientras su colega de Igualdad busca fórmulas para regular la objeción de conciencia en la sanidad pública

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análisis

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La interrupción voluntaria del embarazo es un derecho legalmente reconocido en España y a nivel internacional que sigue sin aplicarse en la sanidad pública de este país con todas las garantías establecidas, casi cuatro décadas después de aprobada la primera ley al respecto, debido a la ausencia de medidas contempladas por los sucesivos gobiernos de PSOE y Partido Popular para facilitar el acceso a este servicio esencial para las mujeres que necesiten esta asistencia médica en los hospitales públicos, ya que en la inmensa mayoría de los casos todos las mujeres que así lo necesitan son derivadas a clínicas privadas por la objeción de conciencia colectiva o individual de los equipos ginecológicos y profesionales implicados directamente en realizar abortos en la sanidad pública. Ni la aprobación de la primera ley del aborto en 1985 ni posteriormente la vigente ley de 2010 han posibilitado este servicio fundamental para miles de mujeres en España, pese a ser un derecho reconocido por sucesivas leyes hasta la actualmente en vigor, reformada parcialmente en 2015 por el Gobierno de Mariano Rajoy para contemplar la obligatoriedad del permiso paterno para las menores de 16 y 17 años que deseen interrumpir su embarazo, un apartado que pretende derogar la nueva norma actualmente en estudio.

Darias defiende el inmovilismo frente al derecho reconocido de las mujeres para poder abortar en los hospitales públicos con garantías

Los sucesivos gobiernos de PSOE y Partido Popular han obviado esta problemática más de actualidad que nunca tras la cascada de denuncias conocidas estos días por numerosas mujeres que han sufrido esta desagradable experiencia tras intentar abortar en algún hospital público sin éxito debido a la objeción de conciencia que esgrime siempre algún miembro del equipo sanitario multidisciplinar encargado de realizar los abortos. De este modo, sólo las pacientes que tienen acceso a una clínica privada pueden llevar a cabo este derecho reconocido por la ley vigente actualmente.

Esta realidad ya fue constatada y publicada por este periodista en el diario El País en 1995 en un caso concreto donde una ginecóloga de un centro sanitario público de Andalucía fue obligada por otro compañero, pistola en mano, a desistir de practicar interrupciones voluntarias del embarazo en el hospital público donde ambos trabajaban.

No son casos aislados

La ministra de Igualdad, Irene Montero, prepara una reforma de la ley actual para contemplar la posibilidad de articular medidas concretas para facilitar a las mujeres este acceso en el sistema sanitario público de salud con limitaciones a la objeción de conciencia. Montero asegura que “no es un caso aislado. Ocho de cada diez abortos se realizan en clínicas privadas y hay comunidades autónomas donde ni siquiera se realizan. Por todo ello es urgente reformar la ley del aborto. El derecho de las mujeres a decidir sobre sus propios cuerpos debe estar blindado por ley”.

Este deseo del departamento que dirige Montero choca frontalmente con la actitud obstruccionista y pasiva de la ministra de Sanidad, la socialista Carolina Darias, quien ha asegurado a este respecto que ni siquiera se plantea esta posibilidad pese a ser un derecho legalmente establecido en la actualidad que no se cumple en una amplía mayoría de los casos.

El Ministerio de Sanidad no tiene “ninguna intención” de modificar la regulación del derecho a la objeción de conciencia del personal sanitario en los centros públicos, como pretende la ministra de Igualdad para no practicar abortos y ha abogado por compatibilizar ambos derechos. Así lo ha asegurado la propia titular de Sanidad tras la reunión del Consejo Interterritorial de Salud.

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