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Admitida a trámite la querella contra la Vicepresidenta de la Comisión Permanente del Consejo General de Médicos

La Asociación Española de Médicos Integrativos ha presentado querella por un presunto delito de prevaricación administrativa por la inhabilitación de un médico alicantino

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La Asociación Española de Médicos Integrativos (AESMI) ha presentado una querella por la presunta comisión de un delito de prevaricación administrativa contra la Doctora Maria Isabel Moya García, contra la Dra. Isabel Prieto Erades, contra el Dr. José Manuel Peris, así como contra todos los miembros de la Junta Directiva del Colegio de Médicos de Alicante que tomaron la decisión de inhabilitar del ejercicio profesional durante tres meses a un médico alicantino, socio de la AESMI.

Según han informado desde la AESMI, el Juzgado de Instrucción número 1 de Alicante ha admitido a trámite la querella criminal impuesta contra la Vicepresidenta primera de la comisión permanente del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM), la Dra. María Isabel Moya García, y todos los miembros de la Junta Directiva del Colegio de Médicos de Alicante.

La querella ha sido presentada por la ASEMI en defensa de uno de los médicos asociados a la misma que practica medicina integrativa dentro de las organizaciones colegiales y de acuerdo con la legislación vigente. En la querella se incluye también a los miembros que estuvieron presentes en la sesión extraordinaria del Pleno de Junta Directiva del Colegio de Médicos de Alicante que fue quien acordó incoar expediente disciplinario contra el médico.

La denuncia contra el médico alicantino fue presentada por la Dra. MªÁngeles Medina Martínez ante la Junta Directiva del Colegio Oficial de Médicos de Alicante (COMA) el pasado mes de mayo del año 2019 por el tratamiento nutricional complementario aconsejado por el médico a una de sus pacientes.

La querella presentada por la Asociación a la que pertenece este médico denuncia la comisión de «sucesivas irregularidades y anomalías, incluída una alteración de fechas con el objetivo de alargar de forma artificiosa la pervivencia de un expediente que debió haber sido archivado por el mero transcurso de plazos legales», apuntan desde la AESMI. La decisión de inhabilitar al doctor resultó «totalmente arbitraria a la vista de que incluso el instructor del expediente remitió en su momento una propuesta de resolución de forma manifiestamente inmotivada». Apuntan también que, «del mismo modo se produjo un cambio de instructor sin motivo aparente, incluyendo como indicio más de la supuesta mala praxis del médico expedientado meras referencias contenidas en la página web de su centro médico».

Señalan también en la querella que, para valorar el tratamiento planteado por el médico inhabilitado, se presentó una consulta realizada a SoVamfyc, una entidad que preside precisamente la denunciante, algo que presentaría dudas razonables sobre la necesidad de presentar un informe objetivo sin conflicto de intereses.

Se presenta denuncia por la presunta comisión de un delito de prevaricación administrativa «por entender que los colegios profesionales son corporaciones públicas y que la decisión adoptada por su órgano de gobierno ha sido arbitraria por la omisión de trámites esenciales, así como por haber actuado con falta de competencia. Además, considera coautores de los hechos a todos los que tomaron parte en la adopción de la decisión injusta, al haber sido adoptada por el Pleno de la Junta Directiva del Colegio de Médicos de Alicante, dirigiendo por tanto la imputación contra todos los médicos que contribuyeron con su voto favorable a la apertura del expediente disciplinario, excluyendo únicamente del círculo de tales autores al miembro que se abstuvo de votar a favor, pero no así a aquel otro que, pese a haberse ausentado en el momento de la votación, había actuado antes como instructor del expediente que dictó la propuesta de resolución que sería luego confirmada por la Junta Directiva del citado colegio profesional».

Consideran desde AESMI, y así se plantea en la querella, que «, “la decisión finalmente adoptada contra el médico alicantino socio de AESMI, no sólo por el procedimiento absolutamente irregular de que vino precedida, falto de  las más mínimas garantías de que debe gozar cualquier justiciable, sino principalmente por su carácter inmotivado, desproporcionado y carente de fundamento haciendo suyas por remisión las recomendaciones de la Propuesta  de Resolución dictada por el Instructor del expediente, agravando sin mesura el alcance de la infracción supuestamente cometida de forma inexplicable y caprichosa, cuya aplicación ha irrogado graves perjuicios al citado facultativo. Y desborda los límites de la normativa administrativa de forma tan  palpable, grosera y manifiesta que obliga a someter a examen su posible relevancia penal, razón que ha llevado a esta parte a entablar la presente acción  con el legítimo propósito de mi representada de depurar todas las responsabilidades que correspondan”.

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