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El TEDH respalda a aspirantes al CGPJ y defiende su derecho a participar en su renovación

El tribunal determinó que si bien el Convenio Europeo de Derechos Humanos no garantiza el derecho a ser nombrado o promovido a un puesto en el servicio civil, sí asegura el derecho a un procedimiento legal para la evaluación oportuna de las candidaturas

Eva Maldonado
Eva Maldonado
Redactora en Diario16, Asesora de la Presidencia de la Conferencia Eurocentroamericana.
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análisis

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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha emitido un fallo a favor de los seis magistrados de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV) que aspiraban a formar parte del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en España. El tribunal reconoció su derecho a participar en tiempo y forma en el proceso de renovación del CGPJ, respondiendo así a la demanda presentada por los magistrados ante la corte.

El TEDH determinó que si bien el Convenio Europeo de Derechos Humanos no garantiza el derecho a ser nombrado o promovido a un puesto en el servicio civil, sí asegura el derecho a un procedimiento legal para la evaluación oportuna de las candidaturas. Según el tribunal, lo que estaba en juego en este caso no era el derecho de los solicitantes a convertirse en miembros del CGPJ, sino su derecho a un proceso legal para la revisión oportuna de sus candidaturas.

En consecuencia, el TEDH dictaminó que los aspirantes de la AJFV tenían derecho a participar en el proceso para ser elegidos miembros del CGPJ y a que sus candidaturas fueran examinadas en un plazo razonable. El tribunal respondió de esta manera a la demanda presentada en octubre de 2021 por los seis magistrados de la AJFV, quienes denunciaron el bloqueo en la renovación del CGPJ debido a la inactividad del Congreso y el Senado en España.

Demandantes

Los demandantes, que habían sido respaldados por la asociación judicial en 2018 como candidatos para el CGPJ, alegaron ante el TEDH que eran «víctimas directas de la violación de su derecho a acceder a un cargo público y a la tutela judicial efectiva», lo que consideraban una vulneración del artículo 6.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

La AJFV argumentó que la responsabilidad de la renovación del CGPJ recaía exclusivamente en el Congreso y el Senado, y criticaron la falta de acción por parte de ambas cámaras durante tres años, acusándolas de estar «supeditadas» a los intereses del Partido Popular y el Partido Socialista Obrero Español.

Ante la negativa del Tribunal Constitucional (TC) de admitir a trámite el recurso de amparo presentado por los magistrados, la AJFV decidió recurrir al TEDH en busca de una resolución. Ahora, con el fallo del tribunal europeo a su favor, se ha reconocido el derecho de los aspirantes a participar en el proceso de renovación del CGPJ y a que sus candidaturas sean examinadas en un plazo razonable, lo que supone un paso importante en la defensa de sus derechos y en la búsqueda de una justicia independiente en España.

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