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Interinos: el TSJE declara la fijeza de una trabajadora en abuso de temporalidad

La sentencia obliga a la Junta de Extremadura a considerar a la trabajadora fija en lugar de indefinida no fija por el cambio sustancial que supone haber aprobado un proceso selectivo para cubrir vacantes

José Antonio Gómez
José Antonio Gómez
Director de Diario16. Escritor y analista político. Autor de los ensayos políticos "Gobernar es repartir dolor", "Regeneración", "El líder que marchitó a la Rosa", "IRPH: Operación de Estado" y de las novelas "Josaphat" y "El futuro nos espera".
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análisis

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El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJE), tras un recurso presentado por el sindicato Unión Sindical Obrera (USO), ha dictado una sentencia, a la que Diario16 ha tenido acceso, que el Servicio Extremeño Público de Empleo SEXPE), debe hacer fija a una auxiliar administrativa que aprobó unas oposiciones sin plaza y lleva trabajando en el organismo, en diferentes modalidades, desde 2006.

La demanda había sido desestimada en Primera Instancia por los Juzgados de lo Social de Badajoz. Sin embargo, los magistrados del TSJE ha determinado que hay un hecho diferencial en este caso para pronunciarse de forma distinta a otros recursos desestimados:

«Pero en este supuesto, como hemos visto, viene a resultar que la recurrente sí ha superado un proceso selectivo para cubrir plazas vacantes de su categoría profesional […], lo que nos aboca a estimar la pretensión principal», es decir, que «se le reconozca la condición de trabajadora fija».

«A la vista de las circunstancias que concurren en el supuesto analizado, hemos de darle una solución distinta a las ya adoptadas por esta Sala», continúa la sentencia.

La trabajadora se presentó a un primer proceso selectivo para cubrir vacantes de personal funcionario del Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura en 2003. En esa ocasión, no superó las oposiciones, pero quedó incorporada, tal y como preveía la convocatoria, a una lista de espera.

El 1 de enero de 2006, comenzó su relación contractual, por obra o servicio, como auxiliar administrativa, contrato que fue prorrogado sucesivamente por parte de la Junta de Extremadura.

A finales de ese año, la Junta volvió a convocar oposiciones y, en esta ocasión, la aspirante sí aprobó los dos ejercicios de los que se componía la prueba. Pero no obtuvo plaza. A pesar de eso, siguió trabajando con prórrogas constantes de su contrato. Entre 2009 y 2018, la Junta realizó varias convocatorias públicas de empleo. La trabajadora no las superó, pero tampoco se cubrió con ellas la plaza estructural que ocupaba, pues, de hecho, la Junta nunca llegó a convocar esa plaza, lo que impedía que la demandante se presentara a aquel puesto para el que estaba preparada. 

Luis Manuel Gil Maya, secretario general de la Federación de Atención a la Ciudadanía de USO-Extremadura, ha afirmado que «Estamos muy satisfechos con esta sentencia, pues supone un antes y un después a la situación del abuso de la temporalidad de las y los empleados públicos. Queda clara la mala gestión de personal por parte de la Junta, permitiendo que permanezca una persona en un puesto de trabajo durante 12 años, sin crearlo en la correspondiente relación de puestos de trabajo ni convocar esta plaza a ningún tipo de proceso selectivo, mientras tiene en ese puesto desde hace 15 años a una persona que sí aprobó la oposición y que, sin embargo, no obtuvo una plaza por no convocar la Junta todas las plazas existentes en vacante. Es del todo surrealista».

Esta sentencia es muy importante, porque puede servir para que los diferentes grupos políticos del Congreso de los Diputados que están en este momento negociando la aprobación de la denominada Ley de Interinos busquen una solución satisfactoria para todos los empleados públicos en abuso de la temporalidad, y no se les obligue a seguir defendiendo sus derechos vía judicial. 

Esta sentencia conlleva que el TSJE es el segundo Tribunal a nivel nacional que se pronuncia en este sentido, concediendo la fijeza a una trabajadora en abuso de la temporalidad. Esto abre la puerta a los empleados públicos que se encuentren en una situación similar a la demandante a que se le reconozca la condición de fijo en la Administración correspondiente.

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