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La Audiencia Nacional prohíbe los sindicatos de abogados

Los tribunales han denegado el depósito de los estatutos de un sindicato denominado “Red de Abogados” al que ya la Dirección General de Trabajo les había denegado la constitución

Eva Maldonado
Eva Maldonado
Redactora en Diario16, Asesora de la Presidencia de la Conferencia Eurocentroamericana.
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análisis

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La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha denegado el depósito de los estatutos de un sindicato denominado “Red de Abogados”. La Dirección General de Trabajo había denegado la constitución de dicho sindicato y ahora, la Audiencia Nacional confirma dicha decisión.

Los promotores del sindicato de abogados del turno de oficio consideraban que al ser el Servicio de Asistencia Jurídica Gratuita un servicio público prestado por abogados y procuradores y financiado con fondos públicos está caracterizado por ser una prestación de naturaleza obligatoria, dependiente, retribuida y por cuenta ajena.

Sin embargo, la sentencia considera que “el ejercicio de la abogacía trasciende los legítimos intereses empresariales protegidos por el derecho a la libertad de empresa” y atribuye a estos profesionales la condición de colaboradores en la impartición de la justicia y el servicio que prestan redunda en el derecho constitucional de los ciudadanos a la Tutela Judicial Efectiva.

La Audiencia Nacional si bien entiende que los abogados pueden asociarse en defense de sus intereses participando en la fundación de organizaciones sindicales o afiliándose a sindicatos ya existentes, no permite la creación de sindicatos exclusivamente constituidos por profesionales que no presten sus servicios por cuenta ajena. El hecho de encontrarse adscritos al turno de oficio no significa que sean funcionarios ni tengan un contrato de naturaleza laboral al servicio de la Administración Pública. Por ello no se permite su sindicación.

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