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Las prostitutas pueden sindicarse, los abogados no

Josep Jover
Josep Jover
Abogado especializado en Derechos Humanos de Tercera Generación y gestor de conflictos. Es uno de los juristas más importantes en Derecho de la Unión europea donde ha llevado frente al TJUE novedosos casos
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análisis

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El pasado 1 de junio, la Sentencia del Tribunal Supremo 584/2021, dictada por la Magistrada Rosa María Virolés, ha supuesto un nuevo escenario en el sector tras anular esta prohibición de la Audiencia Nacional. Se ha reconocido el derecho a sindicarse, y perdonen inconveniente la expresión, de las putas.

Las trabajadoras sexuales consideran su actividad como trabajo sexual, pero sienten que su situación es un limbo jurídico que impide que se tome una postura humana frente a las represalias sociales y administrativas que sufren.

De ello, la creación de uniones para la defensa de sus derechos, como es el caso del Sindicato “OTRAS” (ORGANIZACIÓN DE TRABAJADORES SEXUALES), ha devenido legal. Sus estatutos definen la actividad de sus integrantes como “trabajos sexuales en todas sus vertientes”, trabajos cuya laboralidad ha sido reconocida en numerosa jurisprudencia, como por ejemplo, en la STS 208/2010, de 18 de marzo y no es contraria al Derecho.

Pues bien, lo que se reconoce hasta a las prostitutas, no se les reconoce a los abogados que trabajan por cuenta ajena.

De la mano del compañero abogado José Muelas, se pidió al Ministerio algo tan simple como que los abogados que trabajan por cuenta ajena se pudieran sindicar. Para trabajar de abogado, es preciso que te des de alta en el colegio de abogados correspondiente a tu localidad. Pero los colegios no son una estructura moderna i de clase.

Pues ese derecho humano, el de poder sindicalizarse para defender los intereses de un grupo de trabajadores, está prohibido en España para los abogados.

Así es de ver en la Sentencia de la Audiencia Nacional n.º 0026/2019. Frente a esa resolución se interpuso Recurso de Casación ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo que tiene el n.º 003/2020. Recurso al que se ha opuesto la Abogacía del Estado y la Fiscalía.

Después se quejan jueces, Fiscales y Abogacía del Estado de que Europa les “coarta” su independencia. La independencia del poder judicial no tiene nada que ver con creer que la gente tiene que tragar con lo que les sale a ellos del arco del triunfo en cada momento.

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