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Ley de Seguridad Nacional: otra panacea de Casado que no resolverá el problema de Cataluña

El texto legal, más rápido de aplicar que el artículo 155 de la Constitución, está pensado para situaciones excepcionales pero entraña un grave riesgo para el sistema de derechos y libertades

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El PP cree haber encontrado la panacea con la que resolver el problema territorial en Cataluña. Y no se trata del manido artículo 155 de la Constitución Española sino de la Ley de Seguridad Nacional, un texto legal pensado solo para graves crisis de Estado. Pablo Casado ha deslizado en las últimas horas que el Gobierno debería aplicar ya esa norma que populares y socialistas aprobaron en 2015 y que permite que el Gobierno, vía real decreto, nombre a una “autoridad funcional” con competencias para dirigir las acciones que procedan “en materia de seguridad y orden público” en momentos de crisis y emergencia nacional.

Si bien es cierto que el texto legal está pensado para situaciones excepcionales, entraña en sí mismo un grave riesgo para el sistema de derechos y libertades de los españoles. Y ello es así porque no deja de ser una medida drástica de concentración del poder que antepone el orden público –ese gran fetiche de la derecha española− a los demás derechos establecidos en la Constitución. Sin embargo, para la catedrática de Derecho Constitucional Teresa Freixes, la Ley de Seguridad Nacional cuenta con mecanismos “muy valiosos” para poder hacer frente a situaciones de crisis. De entrada permite actuar, entre otros supuestos, “en defensa de los derechos y libertades y de los principios y valores constitucionales”. El presidente del Gobierno está facultado para declarar por decreto la situación de interés para la seguridad nacional, por la que cualquier autoridad (estatal, autonómica o local) está obligada a aportar los medios humanos y materiales dirigidos a una efectiva aplicación de las medidas enumeradas en la declaración. Hay que señalar también que, según el Tribunal Constitucional, es el Estado el que coordina, es decir, el que tiene la dirección política sobre la seguridad nacional, como materia subsumida en la seguridad pública. Con ello se pueden adoptar medidas tales como el control directo de cualquier órgano de la Administración y de los cuerpos de policía como los Mossos d’Esquadra, por poner un ejemplo, que tendrán que actuar bajo la dirección de quien designe el Gobierno español. La norma también permite tomar el control sobre órganos “rebeldes” como una comunidad autónoma que se declare en contra del ordenamiento jurídico.

El último paso sería la declaración del estado de excepción o de sitio. Para el de excepción, pensado como respuesta a una grave violación del orden público, está previsto que se puedan suspender ciertos derechos constitucionales, a propuesta del Gobierno y con la autorización del Congreso. “Salvo que los disturbios se generalizaran de forma grave, no parece que vayamos hacia la declaración de un estado de excepción. Si hubiera una insurrección violenta que pusiera en peligro las instituciones o comportara una toma armada del territorio cabría pensar en la declaración de estado de sitio”, asegura Freixes.

El PP asegura que esa Ley de Seguridad Nacional se podría aplicar “hoy mismo” después de que la Audiencia Nacional haya desarticulado un supuesto comando de los CDR que preparaba atentados con explosivos como respuesta a una sentencia dura del Tribunal Supremo contra los líderes independentistas acusados de poner en marcha el ‘procés’. Casado asegura que la ley de seguridad nacional es más fácil de aplicar que el artículo 155, ya que este exige un requerimiento previo al presidente de la Generalitat y una serie de pasos previos hasta su aprobación definitiva en el Senado, donde tiene que ser ratificado por mayoría absoluta.

Según la ley, la situación de interés para la Seguridad Nacional es aquella en la que, “por la gravedad de sus efectos y la dimensión, urgencia y transversalidad de las medidas para su resolución”, requiere de la “coordinación reforzada de las autoridades competentes” bajo la dirección del Gobierno. En ningún caso podrá implicar la suspensión de los derechos fundamentales y libertades públicas de los ciudadanos, añade.

En concreto, el artículo 24 de la Ley de Seguridad Nacional autoriza al presidente del Gobierno a declarar mediante real decreto una situación de interés para la seguridad nacional durante un determinado tiempo. Esa declaración incluirá “la definición de la crisis”; “el ámbito geográfico del territorio afectado”, en este caso Cataluña; el nombramiento de “una autoridad funcional, y la determinación de sus competencias para dirigir y coordinar las actuaciones que procedan y los recursos humanos y materiales necesarios para afrontar la situación de interés para la seguridad nacional”.

Además, esa declaración de situación de interés para la seguridad nacional “supondrá la obligación de las autoridades competentes de aportar los medios humanos y materiales necesarios que se encuentren bajo su dependencia, para la efectiva aplicación de los mecanismos de actuación”. Además, el Gobierno informará inmediatamente al Congreso de las medidas adoptadas, según la citada ley.

En medio del desafío independentista en Cataluña en 2017, el Gobierno de Mariano Rajoy ya sopesó entonces aplicar la Ley de Seguridad Nacional ante los recelos de la oposición. La pregunta ahora es si el PP considera de verdad que con la aplicación de esa ley se resolvería el problema de Cataluña. ¿Qué se solucionaría interviniendo el Gobierno de la Generalitat, la Policía autonómica, las instituciones democráticas? Al menos dos millones de catalanes siguen queriendo votar en un referéndum, reclaman diálogo, política, y no parece que con una ley que no es la panacea para todo vayan a olvidarse de esa aspiración de la noche a la mañana.

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