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Podemos pide imputar por prevaricación a la responsable de Hacienda de Martinez Almeida

Las presuntas irregularidades en la adquisición de mascarillas estrechan el cerco sobre el Alcalde de Madrid

Maximiliano Fernández Ibarguren
Maximiliano Fernández Ibarguren
Licenciado en Periodismo Licenciado en Ciencias del Trabajo
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análisis

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En un escrito presentado ayer ante el juzgado 47  de Madrid por la representación legal de Podemos Madrid se solicita  imputar por un presunto delito de prevaricación a Engracia Hidalgo Tena, delegada del Área de Gobierno de Hacienda del Ayuntamiento de Madrid, quien firmó el convenio con la Empresa Municipal de Servicios Funerarios (EMSFCM) para la adquisición de material sanitario durante la pandemia. La formación también solicita que se tome declaración en calidad de investigada a Elena Collado, coordinadora general de Personal y Recursos Humanos del Ayuntamiento de Madrid.

El escrito denuncia que se trató «de eludir la normativa de control aplicable a las contrataciones efectuadas por el Ayuntamiento mediante el artificio del Convenio con la empresa mercantil de él dependiente», lo que supone «un evidente y grosero apartamiento de la legalidad cuyas nefastas consecuencias han salido ahora, al menos parcialmente, a la luz».

Engracia Hidalgo era la última responsable de la comunicación sobre la tramitación de expedientes de contratación de emergencia emitida un día antes de la firma del primero de los contratos objeto del presente proceso. Por tanto, debía tener conocimiento de que las instrucciones de contratación que salieron de su departamento así como la Ley de Contratos del Sector Público quedaban incumplidas como consecuencia del convenio que ella misma firmó con la EMSFCM.

Podemos destaca en su escrito que se utilizó a la *EMSFCM para la «sustracción del control previo a la labor de la Intervención»* y no por «una cuestión de posibilidad de anticipo de fondos «como sostuvo en su declaración ante la Fiscalía Elena Collado. De hecho, la posibilidad de libramiento de fondos a justificar viene recogida en el art. 120 de la Ley de Contratos del Sector Público, reguladora de los contratos de emergencia, que le es de aplicación también al Ayuntamiento, por lo que no era necesario trasladar las contrataciones a una empresa mercantil.

Y denuncia que «resulta evidente el nexo causal entre las ilegalidades del proceso de contratación analizado y el perjuicio que con dicha contratación se ha causado a las arcas del Ayuntamiento«

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