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El Consejo de Ministros aprueba una reforma legal para para determinar la edad de los menores no acompañados

El Gobierno aprueba una reforma legal que dará mayor protección a estos menores

Agustín Millán
Agustín Millánhttp://pompona22.wixsite.com/agustinmillan
Foto periodista especializado en manifestaciones y actos sindicales. Desde 2011 fotografiando la crisis más dura de la historia moderna. Responsable de redes sociales de la Cumbre Social España. Fotógrafo con 5 campañas electorales entre ellas la de Manuela Carmena y la de Enrique Santiago en IU Madrid.
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análisis

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El Consejo de Ministros dará luz verde al anteproyecto de ley que establece la nueva normativa para determinar la edad de un menor no acompañado cuando llegue a nuestro país.

Determinar la edad de un menor no acompañado

La Justicia ha rechazado la mayoría de los acuerdos de la fiscalía para la determinación de la edad. Lo hacía porque recurría a pruebas médicas invasivas. Entre ellas estaría las radiológicas, que no dejaban claro si el menor era o no mayor de 18 años.

Fuentes del ejecutivo apuntan a que con esta reforma habrá un procedimiento mucho más garantista. Además, cumplirá con las expectativas y los requerimientos de los diferentes organismos nacionales e internacionales.

No se le podrán realizar pruebas invasivas

Se aprobará un procedimiento simplificado y ágil en el que habrá que escuchar al menor, al que no se le podrán realizar pruebas invasivas.

Ayer la Cadena SER, desveló que una menor que escapó de la violencia sexual que le infligía su padre en Camerún y que había pedido asilo a su llegada a España, fue expulsada.

Ingresó en un centro de menores de la Comunidad de Madrid, pero el gobierno regional acordó la expulsión. Se basó en que las pruebas médicas, incluida la invasiva de examen de los genitales, dio como resultado que era mayor de edad. Y eso a pesar de que las pruebas radiológicas no eran concluyentes.

Una valoración particularizada

El Tribunal Supremo señaló que “el interés de los niños y adolescentes requiere una valoración particularizada de cada caso dirigido a evitar el fraude de las mafias y en el que el criterio prioritario es la protección del menor que se encuentra en nuestro país sin familia, lo que hace de él un menor vulnerable”.

Los magistrados recordaron la jurisprudencia europea y española, que en parte ha sido incorporada a nuestro cuerpo legislativo. Además, señala “que los menores no acompañados son ante todo niños expuestos a un peligro potencial”.

La legislación establece que “el carácter inadaptado e intrusivo de las técnicas médicas que se utilizan para determinar la edad en algunos Estados Miembros porque pueden resultar traumatizantes”.

Estas pruebas, “no podrán aplicarse indiscriminadamente para la determinación de la edad, especialmente si son invasivas, y la duda sobre la minoría de edad, basada en la simple apariencia física de la persona, deberá resolverse a favor del menor”.

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