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La propuesta de amnistía de Sumar se sustenta sobre jurisprudencia de las leyes de la Transición

Se beneficiarían desde los dirigentes políticos hasta los CDR y las Fuerzas de Seguridad del Estado

Agustín Millán
Agustín Millánhttp://pompona22.wixsite.com/agustinmillan
Foto periodista especializado en manifestaciones y actos sindicales. Desde 2011 fotografiando la crisis más dura de la historia moderna. Responsable de redes sociales de la Cumbre Social España. Fotógrafo con 5 campañas electorales entre ellas la de Manuela Carmena y la de Enrique Santiago en IU Madrid.
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análisis

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La plataforma Sumar dará a conocer esta tarde su propuesta de amnistía. Un documento que se ha conocido unas horas antes, por una filtración a la cadena SER. Según el documento la propuesta de amnistía de Sumar se sustenta sobre jurisprudencia de las leyes de la Transición. Y señala que “todas las acciones de intencionalidad política a las ejecutadas por ciudadanos reivindicativas de la autodeterminación.

Propuesta de amnistía de Sumar

El documento que se presentará en el Ateneo de Barcelona tiene 34 páginas, pero no incluye el articulado que se publicó en algunos medios el pasado viernes y en el que se hablaba de “amnistiar todas las acciones u omisiones de intencionalidad política vinculadas al objetivo de lograr la autodeterminación de Cataluña”. La versión definitiva “habla de incluir en la medida las acciones cometidas por ciudadanos reivindicativas de la autodeterminación”.

El texto está firmado por cinco juristas especializados en derecho penal: Nicolás García Rivas, de la Universidad de Castilla-La Mancha; Antoni Llabrés Fuster, de la Universitat de les Illes Balears; Javier Mira Benavent, de la Universitat de València; Guillermo Portilla Contreras, de la Universidad de Jaén; y Rafael Rebollo Vargas, de la Universitat Autónoma de Barcelona. Y no incluye un articulado de una hipotética ley de amnistía, sino que se limita a recoger el dictamen de estos cinco expertos sobre el encaje de la amnistía en la Constitución y su legitimidad para superar el conflicto político.

El documento se divide en tres partes: “El respaldo constitucional” de esa medida, “las razones” políticas para su aprobación y el “ámbito de aplicación”.

Dictamen sobre una propuesta de Ley de amnistía

No aparece en el escrito, titulado “Dictamen sobre una propuesta de Ley de amnistía”, un articulado de una hipotética ley de amnistía, sino que se limita a recoger el dictamen de estos cinco expertos sobre el encaje de la amnistía en la Constitución y su legitimidad para superar el conflicto político.

El texto definitivo, presenta algunos cambios respecto a ese primer borrador. En el documento primigenio fue avanzado por El Periódico, y en él se planteaba que la “ley dejará sin consecuencias penales todas acciones u omisiones de intencionalidad política vinculadas al objetivo de lograr la autodeterminación desde el año 2013 hasta la entrada en vigor”.

Delitos que incluiría la amnistía

Ahora Sumar delimita ahora su propuesta a sólo “aquellas acciones ejecutadas por ciudadanos que hayan tenido por finalidad la reivindicación del derecho de autodeterminación de Cataluña”. El documento sí que cita los tipos de delitos que se pueden incluir en esa redacción final:

Los delitos contra la Administración Pública, contra la Constitución, el orden público, lesiones, amenazas, revelación de secretos o infracciones de determinados artículos de la Ley de seguridad ciudadana.

Los expertos de Sumar presentan la amnistía “como un paso más en la profundización de una política despenalizadora” tras la concesión de los indultos a los dirigentes del procés y la reforma del Código Penal para los delitos de malversación y sedición.

“Se trata, en efecto, de una segunda fase que tiene como rasgo fundamental la desconfianza hacia la utilización exclusiva del Derecho penal como instrumento para la solución de dicho conflicto y en el que las posibles actuaciones lesivas de derechos fundamentales que han tenido lugar en los últimos años se enmarcan en un contexto de tergiversación del orden público”, se puede leer en el documento.

Quien se beneficiaria de la amnistía

También se mencionan expresamente las personas que podrían verse beneficiadas por esa Ley de amnistía. Además de los 50 cargos de la Generalitat que se vieron implicados en distintos procesos, los denominados CDR acusados de delitos contra el orden público, manifestantes de las protestas convocadas tras la publicación de la sentencia del año 2019 y que se saldaron, dice el texto, con 700 personas imputadas, también 700 alcaldes investigados por apoyar el referéndum ilegal, 54 personas con procedimientos abiertos en el Tribunal de Cuentas o 600 Ayuntamientos salpicados por su relación con la asociación Municipios por la Independencia.

También se cita a los Policías y Guardias Civiles que participaron en las cargas destinadas a impedir la votación, excepto los que llevaron a cabo acciones calificadas de tortura. Sí se incluiría a los agentes cuyas actuaciones acabaron provocando lesiones graves en algunos manifestantes.

El encaje constitucional de la amnistía

Los expertos justifican la amnistía como “una medida constitucional y con perfecto encaje en el ordenamiento jurídico de nuestro país”.

El texto se apoya en la jurisprudencia del Tribunal Supremo y menciona 18 sentencias del Constitucional sobre las leyes de Amnistía de 1976 y 1977 y en las que no se mostraba crítica alguna a esa figura.

Además, los cinco penalistas se anticipan a posibles recursos asegurando que la medida no quebrará el principio de igualdad o proporcionalidad porque “no puede existir un tratamiento diferenciado entre quienes participaron en los hechos”.

Literalmente, la propuesta aboga “por que una amnistía sea extensiva a todos los sujetos que los materializaron, cualquiera que fuera la posición adoptada en el conflicto, al que se pretende poner punto y final a través de una norma de este tipo”.

Amnistía fiscal de Rajoy

En uno de los puntos del documento, los catedráticos utilizan la amnistía fiscal aprobada por el ejecutivo de Mariano Rajoy en 2012 para defender la legalidad de esta medida política. Recuerdan que la norma con la que se pretendía regularizar la situación tributaria de ciertos defraudadores “fue declarada inconstitucional por la vía legislativa utilizada para su aprobación, el Real Decreto, pero no se emitió ningún reproche a que, utilizando el mecanismo adecuado, se acordara una amnistía”.

El marco temporal: desde 2013 hasta la constitución de las Cortes en 2023

Se establece un marco temporal para esa amnistía que iría desde el 1 de enero de 2013 hasta el 17 de agosto de 2023, día de la constitución de las Cortes Generales, fecha en la que los expertos encargados de redactar el documento defienden que se abre una nueva fase para que el Estado renuncie al uso exclusivo de la vía penal como forma de solucionar el conflicto político en Cataluña.

El documento habla de que, tras la concesión de los indultos o la reforma del Código Penal relativa a los delitos de malversación y sedición, se profundiza en la “política despenalizadora” y se “confía en la utilización de herramientas políticas para la resolución del conflicto político catalán”.

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4 COMENTARIOS

  1. Pues teniendo en cuenta lo q he leido y otros temas de la época aznar, en la q se excarcelaron x indulto ( q se q no es lo mismo q amnistia) a 5.948 personas, entre ellos 16 terroristas de Terra lliure, 200 presos de eta, altos militares antifranquistas y presos d la época de Gonalez. Creo q xq no se va a poder aplicar una ley de amnistia, le pese a quien le pese. Antes si y ahora no? ¿Xq?
    Q m lo expliquen con argumentos y no con pancartas tontas en la calle.
    Eso es todo amigos.

  2. La palabra AMNISTIA no existe en la constitucion,asi que si no existe,es que no existe y no puede ser anticonstitucional por lo tanto,asi que no invoquen esa excusa para oponerse.

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