domingo, 5mayo, 2024
20.3 C
Seville

Preocupación entre organizaciones feministas por la nueva política de Registro Civil para «nacidos sin vida»

Esta reforma jurídica contraviene directamente el artículo 30 del Código Civil, el cual establece de manera inequívoca que la personalidad se adquiere en el momento del nacimiento con vida, después de que el feto se desprenda por completo del seno materno

Eva Maldonado
Eva Maldonado
Redactora en Diario16, Asesora de la Presidencia de la Conferencia Eurocentroamericana.
- Publicidad -

análisis

- Publicidad -

En un movimiento que refleja la inquietud y el rechazo de varias organizaciones feministas, se ha desatado una polémica en torno al recién implementado Registro Civil, que ahora permite la inscripción de «nacidos sin vida». La Alianza contra el Borrado de las Mujeres, junto a otras organizaciones afines, ha iniciado una campaña de recolección de firmas en contra de esta medida.

La modificación en cuestión proviene de una Instrucción emanada el 31 de julio por parte de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, perteneciente al Ministerio de Justicia. Esta Instrucción modifica la ley del Registro Civil de 2021 y establece un nuevo registro destinado a la «Declaración de nacidos sin vida». En este registro podrán inscribirse fetos que hayan alcanzado más de seis meses de gestación y a los que el Registro categoriza como «nacidos sin vida«. Los progenitores tendrán la capacidad de otorgarles un nombre, conferiéndoles una semblanza de sujeto con personalidad jurídica.

Las entidades feministas han alzado sus voces en protesta, argumentando que esta acción jurídica del Ministerio de Justicia representa una concesión sin precedentes a grupos que se oponen al derecho al aborto, conocidos como «pro-vida». Estos grupos buscan conferir reconocimiento legal al feto desde el mismo «momento de la concepción», contradiciendo así el derecho a decidir de las mujeres. En este sentido, las organizaciones han manifestado que esta medida representa un grave retroceso en los derechos de las mujeres y cuestionan cómo gobiernos autoproclamados como feministas pueden hacer concesiones de este tipo a las posturas de la extrema derecha.

Esta reforma jurídica contraviene directamente el artículo 30 del Código Civil, el cual establece de manera inequívoca que la personalidad se adquiere en el momento del nacimiento con vida, después de que el feto se desprenda por completo del seno materno.

La concesión de personalidad jurídica a los «nacidos sin vida», sin importar el periodo de gestación, plantea una amenaza palpable al derecho al aborto y representa un avance en posturas históricamente contrarias a los derechos reproductivos y sexuales de las mujeres. Si bien se reconoce que no siempre el proceso es traumático, las organizaciones enfatizan que la atención debe centrarse en adaptar los protocolos médicos en casos de aborto involuntario avanzado para satisfacer las necesidades emocionales y de salud de las futuras madres. Esta discusión, subrayan, no debería trasladarse al Registro Civil, donde se estaría validando una construcción legal que pone en riesgo directamente el derecho al aborto de todas las mujeres.

Es igualmente sorprendente que esta Instrucción contemple una retroactividad de dos años, un elemento fuera de la lógica jurídica y de dudosa legalidad, ya que esta disposición suele aplicarse en leyes penales para beneficio del reo. Además, la Instrucción no aclara explícitamente la voluntariedad de este registro, lo que genera incertidumbre sobre posibles vulneraciones a otros derechos de las mujeres.

Por último, se denuncia la práctica antidemocrática y perjudicial para los derechos de las mujeres de llevar a cabo modificaciones a la Ley del Registro Civil mediante instrucciones internas del Ministerio de Justicia, sin pasar por el debido proceso parlamentario, pero que, no obstante, tienen efecto legal.

Este no es un caso aislado, ya que la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública ha impulsado y mantiene otras instrucciones que contradicen la legislación actual, como en el caso de la inscripción de niños nacidos a través de gestación subrogada en el extranjero y la validación de la transición social en menores disconformes con los roles de género.

- Publicidad -
- Publicidad -

Relacionadas

- Publicidad -
- Publicidad -

DEJA UNA RESPUESTA

Comentario
Introduce tu nombre

- Publicidad -
- Publicidad -
Advertisement
- Publicidad -

últimos artículos

- Publicidad -
- Publicidad -

lo + leído

- Publicidad -

lo + leído