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Un juzgado sobre Violencia de la Mujer absuelve a un hombre acusado de malos tratos

Una mujer denunció a su exmarido por presuntos malos tratos y amenazas, pero no pudo probar ningún delito de los que acusó al padre de su hija

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análisis

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Un hombre ha sido absuelto de un delito de amenazas y malos tratos por el que estaba siendo investigado después de que lo denunciara su exmujer. La causa ha sido archivada al no existir pruebas concluyentes de que el delito se hubiera cometido.

Fue en noviembre de 2020 cuando ocurrieron supuestamente los hechos. El acusado se presentó en casa de su exmujer para recoger a su hija que debía estar con él tal y como marcaba el régimen de visitas. Según su expareja, en ese momento el hombre tomó una actitud violenta y le trató de forma vejatoria lanzándole todo tipo de amenazas. La mujer remarcó que esta no era la primera vez que su exmarido se comportaba así con ella, según esta en 2019 ya había sido víctima de agresiones físicas y verbales por su parte. Por todo este cúmulo de hechos es por lo que la mujer decide denunciar a su exmarido por malos tratos y amenazas.

El acusado mantenía su inocencia, pero se encontraba indefenso ante la acusación, es por eso que contacto con Ospina Abogados, despacho experto en delitos de Violencia de Género en Madrid. El equipo de Ospina planteó una defensa estructurada en la negación férrea de los hechos y en la denuncia de que la madre no cumplía con el régimen de visitas estipulado privando al padre de la niña pasar tiempo con ella. Para reforzar este último argumento, la defensa aportó pruebas del procedimiento urgente que había iniciado anteriormente el padre contra su expareja para que esta le dejara ver a su hija.  

En el juicio oral, la parte acusatoria contó versiones muy contradictorias que no correspondían con los hechos previamente denunciados. De esta forma ella mima se privó de poder demostrar la culpabilidad del hombre. Además, la denunciante no pudo avalar su declaración con ningún testigo ni ningún parte de lesiones. No había forma de demostrar que los delitos que supuestamente se habían cometido entre 2019 y 2020 fueran ciertos.

Lo que quedó muy claro al juzgado era el ambiente hostil entre las dos partes en cuanto al régimen de visitas se refería. Es por eso que la sala no descartó que la posible animadversión de la mujer hacia su exmarido le hubiese llevado a denunciar al cliente de Ospina Abogados con ánimo expurio.

Una vez concluida la investigación, el juzgado resolvió que no existía indicio alguno de que el investigado hubiera cometido ningún tipo de delito. Así por lo dispuesto en el artículo 779.1 1º de La Ley de Enjuiciamiento Criminal, en relación con el artículo 641.1 del mismo cuerpo legal, el Juzgado sobre Violencia de la Mujer nº 1 de Arganda del Rey (Madrid) dictó sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones.

Consultados por este medio, Ospina Abogados rechaza hacer cualquier tipo de valoración al respecto, se consideran satisfechos con la defensa utilizada para su cliente y animan a denunciar estos hechos a las personas que se encuentren en situaciones similares.

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