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El Supremo facilitará los partes médicos para saber cuántos heridos hubo el 1-O

Durante el juicio por el ‘procés’ se sabrá el número exacto de heridos, que la Generalitat de Cataluña cifró en 893 manifestantes y el Ministerio del Interior en 431 agentes

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análisis

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Antes de comenzar el juicio por el ‘procés’ en el Tribunal Supremo, las defensas alegaron en sus cuestiones previas que tuvieron “dificultades” para poder acceder a algunos partes médicos de agentes de Policía y Guardia Civil que resultaron heridos durante el dispositivo desplegado en Cataluña con motivo del referéndum del 1-O. Aquel día, fuentes del Ministerio del Interior cifraron en 431 el número de efectivos de las fuerzas de seguridad del Estado lesionados de diferente consideración cuando trataban de retirar urnas e intervenir material en los diferentes colegios electorales. Manuel Marchena, presidente de la Sala del Supremo que conoce del ‘procés’, ha dictaminado que el tribunal “accede a la plena disponibilidad de esos partes médicos. La Secretaría se encargará de borrar los datos de identidad de esos agentes y serán sustituidos por su número profesional y la unidad de destino de sus servicios”.

Pero el Tribunal Supremo no solo dará transparencia a los partes de baja de los agentes afectados, sino también a los informes médicos de los manifestantes que tomaban parte en la consulta ilegal cuando tuvieron lugar las cargas policiales y que fueron víctimas de golpes, contusiones y magulladuras. “La Sala admite el informe de los servicios de urgencia sobre el contraste del número de heridos en el referéndum del 1-O en relación con otras manifestaciones que se han podido desarrollar en Cataluña”, aseguró Marchena para zanjar la cuestión sobre esta prueba que puede resultar fundamental para determinar si existió o no el delito de rebelión.

La Generalitat aseguró aquel día que 893 personas fueron heridas como consecuencia de las cargas policiales realizadas para intentar paralizar el referéndum de autodeterminación de Cataluña. Esta cifra fue la que tomó como referencia el presidente de la Asamblea Nacional Catalana, Jordi Sánchez –uno de los encausados en el juicio del ‘procés’– para asegurar en una entrevista en La Sexta que tal “balance de heridos no existía en Europa desde la Segunda Guerra Mundial”. Ese dato sobre el número de bajas fue difundido por el Govern a la prensa internacional para tratar de demostrar la “brutal represión” que la población de Cataluña sufrió aquel día. Sin embargo, pese a que la cifra de víctimas facilitada por la Generalitat se acercaba al millar, el Departamento de Salud catalán, que gestionaba la atención sanitaria en la comunidad autónoma, informó de que solo cuatro personas fueron ingresadas, dos leves en los hospitales Sant Pau y de la Vall d’Hebron y las otras dos en “estado grave” en Calella y Manresa.

Ahora, tras la decisión de la Sala del Tribunal Supremo, las partes podrán tener acceso a los informes médicos de los agentes heridos y de los civiles, y se despejará la duda sobre el número real de víctimas que provocó una auténtica guerra de cifras entre organismos de la Administración central y de la Generalitat de Cataluña durante el 1-O.

Al término de la jornada electoral que mantuvo en vilo a todo el país, fuentes del Ministerio del Interior cifraron en 431 el total de agentes afectados tras contabilizar los lesionados por “contusiones, arañazos, patadas e incluso mordiscos propinados por aquellos manifestantes que se opusieron a que se requisaran las urnas, en cumplimiento con la orden del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya”.

Por otra parte, las defensas habían alegado indefensión por no poder acceder a todos los archivos digitalizados de la macrocausa del ‘procés’. Marchena ha atribuido esa circunstancia a la “incompatibilidad de los ordenadores personales” de los abogados con el sistema operativo que emplea el Ministerio de Justicia, y que originó que los letrados “no pudieran acceder a algunos documentos”. Según Marchena, estos problemas fueron “subsanados” ya por el ministerio y “no pueden generar hoy, más allá de disfunciones episódicas coyunturales, ninguna merma del derecho de defensa. Todos tenemos que admitir que este procedimiento se está siguiendo en formato digitalizado, pero si se hubiera prescindido de ese formato digitalizado el verdadero contenido documental estaría ahí, en esos papeles, en esos metros cúbicos de papel que se esconden detrás de la silla que ahora ocupa el ministerio fiscal”.

“En consecuencia, no hay indefensión”, según Marchena, “porque esas dificultades técnicas han sido subsanadas y siempre ha tenido la defensa la posibilidad, en aquellos casos en que se hubiera producido una perturbación ocasional, de acceder al formato convencional. Pese a todo, si más allá de la queja de que no pueden acceder a determinados documentos alguna de las defensas indicara que hay algún documento concreto, una serie documental determinada, un grupo de documentos oficiales, privados o de cualquier naturaleza sobre los que ustedes quieran formular una alegación y que no encuentran en la nube no tengan ninguna duda, no tengan ningún reparo en formularlo con indicación exacta de aquellos documentos que están menoscabando su derecho de defensa”, concluyó el presidente de la Sala.

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