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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos rechaza el recurso del rapero Valtonyc

El cantante fue condenado por la Audiencia Nacional a tres años y medio de prisión por enaltecimiento del terrorismo

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análisis

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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos tampoco cree que las inflamables letras del rapero mallorquín Josep Miquel Arenas, más conocido como Valtonyc, estén amparadas por el derecho a la libertad de expresión. El TEDH ha declarado inadmisible el recurso presentado por los abogados del músico, que ya fue condenado en 2017 por la Audiencia Nacional a tres años y medio de prisión por los delitos de enaltecimiento del terrorismo, calumnias e injurias graves a la Corona y amenazas por el contenido de algunas de sus canciones, según informa Europa Press. A fecha de hoy, el cantante sigue huido en Bélgica, cuyos jueces denegaron su extradición sin entrar en el fondo del asunto, al considerar que los hechos que se le imputan no están tipificados como delito en aquel país.

En la obra del rapsoda urbano procesado se pueden escuchar −tal como publicó en su día el diario Público−, versos de rap como “El Rey tiene una cita en la plaza del pueblo, una soga al cuello y que le caiga el peso de la ley”; “Sofía en una moneda pero fusilada”; “Puta policía, puta monarquía”; “A ver si ETA pone una bomba y explota”; “Para todos aquellos que tienen miedo cuando arrancan su coche, que sepan que cuando revienten sus costillas, brindaremos con champán”; “Cuando digo Gora ETA delante de un guardia civil, por eso te encierran y no por ser un hijo de puta como Urdangarin”: o “Quiero transmitir a los españoles un mensaje de esperanza, ETA es una gran nación”.

La sentencia de Valtonyc abrió un acalorado debate jurídico sobre los límites del derecho a la libertad de expresión y a la creación de una obra artística. El artículo 20 de la Constitución Española protege “el derecho a expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción”. Ahora bien, ese controvertido precepto ha hecho correr ríos de tinta y ha dado lugar a amplios tratados jurisprudenciales sobre su interpretación más correcta. Mientras unos juristas consideran que el derecho a la libertad de expresión debe ser sagrado, sin mayores limitaciones y sin que nadie pueda coartarlo, otros opinan que con expresiones como las vertidas por Valtonyc en sus canciones estamos ante evidentes delitos de odio.

El profesor de Derecho Público de la Universidad de Oviedo, Miguel Presno, aseguró que “el papel de los tribunales no es enjuiciar el fondo de los asuntos resueltos, con mayor o menor acierto, en otro país de la Unión. Si se ha vulnerado el derecho a la libertad de expresión tendrá, en su caso, que decidirlo el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH)”, explicó en un reportaje para el diario El País. Otros como Sánchez Almeida estiman que las letras de Valtonyc no dejan de ser una amenaza, “aunque sea cantada”. Sin embargo, no basta con que haya un “exceso verbal”, ya que la amenaza tiene que ser “creíble” para que constituya delito.

En un terreno intermedio se encuentra el magistrado Joaquim Bosch, ex portavoz de Jueces para la Democracia, quien aseguró a Efe que en este tipo de situaciones “es necesario estudiar caso por caso” y no “hacer una ponderación extensiva”. Esto es, según Bosch, valorar la magnitud del caso y estudiar si el acusado está tratando de hacer “apología como incitación” o simplemente una “crítica política”, algo así como un “desahogo” que a menudo aparece en las redes sociales y que establece unas líneas rojas que, en ocasiones, pueden resultar “bastante difusas”.

“Hay que tener en cuenta que el Derecho Penal es la última herramienta del Estado”, concluye Bosch, que recomienda acercarse a casos como este con “bastante prudencia”, pues no es lo mismo una “reacción social” que una intención “real” de enaltecimiento del terrorismo.

“Valtonyc comparte defensa con el ex president de la Generalitat de Cataluña huido en Bélgica, Carles Puigdemont, procesado en la causa del “procés” independentista y el resto de exconsejeros que le acompañan, y viene siendo habitual verlo en actos organizados por el entorno independentista en dicho país”, informa Europa Press.

Ya en el mes de junio el TEDH rechazó la medida solicitada por el cantante para que, de forma cautelar, se declarara nula la orden de ingreso en prisión que dictó contra él la Audiencia Nacional una vez que su condena fue confirmada tanto por el Tribunal Supremo como por el Tribunal Constitucional. Tras la sentencia de la Audiencia Nacional, el rapero abandonó el territorio español, por lo que se emitió una orden nacional, europea e internacional de búsqueda y captura.

Según la sentencia del Supremo que confirmó su condena, las canciones de Valtonyc incluyen expresiones en apoyo y alabanza a las organizaciones terroristas Grapo, ETA, y a algunos de sus miembros, así como contra el titular de la Corona y sus familiares, y contra el entonces presidente del Círculo Balear, Jorge Campos, contra quien también se dirigieron las amenazas.

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