lunes, 29abril, 2024
13.1 C
Seville

Intenso debate entre juristas sobre la posibilidad de que el juicio al “procés” pueda ser anulado

El catedrático Pérez Royo cree que la resolución del TJUE abre una vía para declarar nula la sentencia del Supremo en lo que afecta al líder de ERC mientras las asociaciones de jueces se muestran más cautas

- Publicidad -

análisis

- Publicidad -

¿Cómo puede ser condenado alguien que goza de inmunidad parlamentaria según las leyes nacionales e internacionales vigentes en un país? ¿Podría ocurrir que todo el juicio al “procés” sea declarado nulo, con su sentencia incluida, por defectos de forma? El debate está siendo acalorado e intenso estos días en las más altas magistraturas del Estado después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), con sede en Luxemburgo, haya condenado a España por vulnerar los derechos políticos de Oriol Junqueras. De momento ERC, el partido del político soberanista encarcelado, ya ha anunciado que pedirá la anulación de toda la causa, incluidos el juicio y la sentencia, de forma que reclamará la puesta en libertad de los presos. Y no pocos constitucionalistas de reconocido prestigio, a título particular, están advirtiendo de que existe una seria posibilidad de que esa anulación pueda darse, puesto que nuestro ordenamiento jurídico permite dejar sin efecto un juicio aquejado de graves defectos procedimentales. No sería la primera vez que un caso es tumbado en nuestro país por cuestiones procesales al margen del fondo del asunto. No obstante, las asociaciones de jueces y fiscales se muestran más cautas en ese sentido y entienden que al no haber entrado el TJUE en el contenido de la sentencia, solo en los derechos de uno de sus procesados, no podrá anularse todo el sumario.

Javier Pérez Royo, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Sevilla, es de los que han ido más allá al interpretar los efectos que puede tener el fallo de la Justicia europea. Pérez Royo entiende que el Tribunal Supremo cometió dos “fraudes”: uno al “permitir a Junqueras participar en unas elecciones sin aceptar el resultado de las mismas”, ya que no le permitió tomar posesión de su acta de europarlamentario; y otro cuando elevó la cuestión prejudicial al TJUE y dictó sentencia sin esperar la respuesta de Luxemburgo.

Pérez Royo opina que la decisión del Supremo de impedir que Junqueras adquiriera la condición de eurodiputado estaba condenada al fracaso porque era “radicalmente incompatible con el principio de legitimidad democrática” y considera que la sentencia del TJUE abre una vía para declarar nula la sentencia en lo que afecta al líder de ERC.

Por su parte, el magistrado emérito del Tribunal Supremo José Antonio Martín Pallín se ha mostrado crítico con el juicio al “procés” que se llevó a cabo en la Sala de Lo Penal del Alto Tribunal y que terminó con duras sentencias condenatorias para los impulsores del referéndum de autodeterminación y la declaración unilateral de independencia de Cataluña. Durante una reciente entrevista en La Sexta, Martín Pallín ha llegado a asegurar que Europa nunca ha entendido que la presidenta de un Parlamento democrático pueda ser condenada a 20 años de cárcel por tomar unas decisiones y unas resoluciones políticas en ejercicio de su cargo, por mucho que no gusten al Estado central. Además, recordó que la sentencia del TJUE “era esperable” porque “el sistema de inmunidades nace a partir de la condición de electo”. “Alguien tendrá que explicar, entre ellos el juez instructor, por qué no se le dejó [a Junqueras] ir a tomar posesión para ejercer derechos políticos fundamentales incontestables y que habían sido reconocidos por el sistema electoral español y comunicados al Parlamento”, afirma. “Si hay un mínimo de racionalidad y un poco menos de orgullo, si hay más lógica y menos emocionalidad, lo normal es que se les autorice a tomar posesión en el Parlamento Europeo o, incluso, venir a España para hacerlo ante la Junta Electoral Central”, ha destacado, haciendo referencia también a los casos del expresident de la Generalitat, Carles Puigdemont, y al exconseller Toni Comín, ambos refugiados en Bélgica.

En parecidos términos se pronuncia Joaquim Bosch, juez de la localidad valenciana de Moncada y ex portavoz de Jueces para la Democracia, quien considera que el líder de Esquerra Republicana de Catalunya no tenía que haber sido condenado, según el ordenamiento jurídico vigente, por lo que “se habrían vulnerado reglas esenciales de procedimiento que habrían causado indefensión a Junqueras”. “La nulidad difícilmente supondría dejar sin efecto el juicio, pues se celebró antes de que Junqueras fuera proclamado parlamentario europeo y gozara de inmunidad. Por otro lado, me parece dudoso que la nulidad pudiera alcanzar a otras personas condenadas a las que no afectaba la referida inmunidad, ya que en este ámbito no se habrían vulnerado sus derechos”, matiza el magistrado.

Las interpretaciones jurídicas más conservadoras llegan de las asociaciones españolas de jueces y fiscales. El portavoz de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria, Jorge Fernández, ha asegurado a los medios de comunicación que la sentencia de Europa “no tiene nada que ver con la sentencia del 1-O, sino sobre un incidente concreto”. A su vez, el presidente de la Asociación Profesional de la Magistratura, Manuel Almenar, considera que la consulta que hizo el Tribunal Supremo a la Justicia Europea sobre qué derechos gozaba Junqueras se suscitó en el marco de una “pieza separada”. Por tanto, no tiene por qué influir en el “contenido” de una sentencia contra la que no cabe recurso, pues ya es firme.

“Aquí no hay un enfrentamiento entre la Justicia española y la Justicia europea, aquí hay un diálogo entre tribunales de Justicia. Hay una diferente interpretación de la normativa electoral”, alega en declaraciones a Europa Press el portavoz de Juezas y Jueces por la Democracia, Ignacio González Vega, quien opina que acudir el tribunal de Luxemburgo es “algo habitual”.

Por otro lado, la presidenta de Foro Judicial Independiente, Concepción Rodríguez, tampoco ve que la sentencia del TJUE que se ha conocido este jueves tenga consecuencias directas en la sentencia del “procés”. “Esa inmunidad opera en otro ámbito”.

El presidente de la Corte europea, Koen Lenaerts, asegura en el fallo que Oriol Junqueras “goza de inmunidad en virtud de una persona que ha sido oficialmente proclamada electa al Parlamento europeo”, incluso “cuando se encontraba en prisión provisional en un proceso penal por delitos graves”. Según la resolución, “esta inmunidad implica el levantamiento de la medida de prisión provisional al objeto de permitir al interesado desplazarse al Parlamento europeo y cumplir allí las formalidades requeridas”. Al líder de Esquerra se le mantuvo en prisión cuando tenía derecho a salir para hacer efectivas sus aspiraciones electorales. No se hizo. ¿Hasta dónde llega ese grave error? La cuestión sigue siendo objeto de un intenso debate que irá para largo y que promete tener consecuencias jurídicas históricas.

- Publicidad -
- Publicidad -

Relacionadas

- Publicidad -
- Publicidad -

1 COMENTARIO

  1. consecuencias juridicas historicas? …..pues si. la separacion inmediata de los jueces del «process» de la carrera judicial y nuevas elecciones de candidatos a la mas alta magistratura del estado.

DEJA UNA RESPUESTA

Comentario
Introduce tu nombre

- Publicidad -
- Publicidad -
- Publicidad -

últimos artículos

- Publicidad -
- Publicidad -

lo + leído

- Publicidad -

lo + leído