domingo, 28abril, 2024
14.1 C
Seville

El Supremo está provocando daños irreparables a la ciudadanía

La actitud del Supremo de reinterpretar lo que señala la jurisprudencia europea en favor de los intereses de los bancos podría vulnerar los derechos de los ciudadanos

José Antonio Gómez
José Antonio Gómez
Director de Diario16. Escritor y analista político. Autor de los ensayos políticos "Gobernar es repartir dolor", "Regeneración", "El líder que marchitó a la Rosa", "IRPH: Operación de Estado" y de las novelas "Josaphat" y "El futuro nos espera".
- Publicidad -

análisis

- Publicidad -

El IRPH es una cláusula esencial que está presente en cientos de miles de contratos de préstamos hipotecarios en España. Las hipotecas son, quizá, el tipo de crédito bancario que tienen una mayor importancia para la ciudadanía por distintos factores. Sin embargo, uno de los principales es porque son clave para el ejercicio del derecho de acceso a la vivienda reconocido tanto en la Constitución Española como en la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea y de la Carta de Derechos Humanos de Naciones Unidas.

Sin embargo, en España, a pesar de las diferentes sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), el Tribunal Supremo ha creado una doctrina que, en vez de aplicar lo que indica la decisión del máximo tribunal de la UE, reinterpreta la jurisprudencia europea en beneficio de las entidades financieras.

No se puede olvidar jamás que la banca española se lo juega todo con el IRPH, puesto que, según un estudio de Goldman Sachs, la cantidad que tendrían que devolver a los afectados superaría los 70.000 millones de euros.

Tal y como publicamos en Diario16, la magistrada Margarita Isabel Poveda Bernal, en un auto en el que remite una cuestión prejudicial al TJUE, afirmaba que «el Tribunal Supremo español parece venir realizando, en sus más recientes resoluciones sobre la materia, una reinterpretación del Derecho de la Unión que una parte de los jueces nacionales españoles, entre los que se incluye esta Juzgadora, considera dudosamente acorde a los principios inspiradores de la normativa comunitaria en el ámbito de la protección a los consumidores y usuarios, y en contraposición de la propia normativa de la UE y de las interpretaciones realizadas por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en esta materia de cláusulas abusivas en contratos celebrados entre profesional y consumidor en el ámbito de interpretación, entre otras, de la Directiva 93/13/CEE y de la Directiva2014/17/UE, todo ello en un sentido que llevaría a una protección de los intereses de las entidades financieras, o de intereses supuestamente superiores de ‘interés público económico’».

La situación que está provocando el Supremo está generando un profundo malestar ciudadano porque los consumidores españoles se ven absolutamente desprotegidos por la Justicia cuando tienen que reclamar por las cláusulas abusivas aplicadas por los bancos.

La magistrada Bernal Poveda es clara cuando afirma que «una inadecuada interpretación del Derecho de la Unión», como la que hace el Supremo, está generando graves e irreparables daños «por la falta de seguridad jurídica que está provocando la reinterpretación del Derecho de la Unión por parte del Tribunal Supremo, así como la falta de claridad y contundencia de las recientes resoluciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en esta materia», sentencia el auto.

Además, esa actitud del Supremo de reinterpretar lo que señala la jurisprudencia europea en favor de los intereses de los bancos podría vulnerar los derechos de los ciudadanos.

Ya no se trata de que muchos de los procedimientos abiertos hayan sido archivados por esa doctrina que reinterpreta las sentencias del TJUE, de que otros tantos estén paralizados en espera de una jurisprudencia más contundente y clara, sino que, como bien señala la magistrada Bernal Poveda, «existen otros muchos cuyas demandas que aún no se han planteado ante los Tribunales Nacionales por esa misma falta de certidumbre y la existencia de resoluciones contradictorias» entre las diferentes instancias.

Tal y como hemos publicado en Diario16 a lo largo varios años, las sentencias de primera instancia tienen una tendencia mayoritaria a declarar abusivo el IRPH. En las Audiencias Provinciales hay división. Sin embargo, el Supremo ha desestimado porque considera que, aunque el IRPH no supere el control de transparencia, no es abusivo porque no existió mala fe ni desequilibrio entre las partes.

Esta situación provoca confusión e inseguridad jurídica, además de obligar a utilizar todas las instancias posibles, algo que se resolvería si el TJUE se manifestase con una contundencia y claridad tales que el Supremo español se viera imposibilitado para realizar cualquier tipo de reinterpretación.    

- Publicidad -
- Publicidad -

Relacionadas

- Publicidad -
- Publicidad -

3 COMENTARIOS

  1. Dudar d q el IRPH es una MACRO ESTAFA solo lo hacen los PODERES CORRUPTOS d está mal llamada democracia española.
    El TJUE conocedor de la INJUSTICIA ESPAÑOLA debe ser muchísimo más contundente con sus fallos y anular cualquier posibilidad de que aquí se retuerzan las leyes para seguir robando de forma tan descarada además de inmisericorde.
    Deben declararse NULOS TODOS los CONTRATOS con IRPH
    En qué cabeza entra q se vendiera está referencia con honestidad?
    Quién iba a firmar SEMEJANTE horca (hipoteca) si le hubieran mostrado su evolución.
    En junio y julio-22 IRPH estaba un cien por cien más caro.
    Por si alguien no lo entiende, quizás el Supremo
    EURIBOR al 1
    IRPH al 2
    Números ficticios, no llegaban al 1 ni al 2 por poco.

DEJA UNA RESPUESTA

Comentario
Introduce tu nombre

- Publicidad -
- Publicidad -
- Publicidad -

últimos artículos

- Publicidad -
- Publicidad -

lo + leído

- Publicidad -

lo + leído