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Las excepciones que permiten prescindir de mascarilla

Los menores de seis años, las personas con dificultad respiratoria, mientras se hace deporte o en una terraza para comer o beber es posible prescindir de esta protección

María José Pintor
María José Pintor
Periodista en cuerpo y alma, licenciada en Ciencias de la Información por la Universidad del País Vasco.
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análisis

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La mascarilla es obligatoria en la fase 1 y 2 del confinamiento, donde nos encontramos todos los ciudadanos de este país.Sin embargo, según recoge el Boletín Oficial del Estado, existe una serie de excepciones que eximen del uso obligatorio de la misma.

En primer lugar, el BOE aclara que los niños y niñas menores de seis años no tienen por qué utilizarla. No obstante, el Gobierno explica que su utilización es «recomendable» para los niños de entre tres y cinco años de edad.

El BOE también exime del uso obligatorio de mascarilla a aquellas personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por la utilización de la mascarilla. También aquellas cuyo uso se encuentre contraindicado por motivos de salud o discapacidad. Por último, desde el Gobierno aclaran que el uso de mascarillas no será exigible en el desarrollo de actividades que resulten incompatibles o circunstancias en las que exista una causa de fuerza mayor o situación de necesidad. 

Deporte, terrazas y coches

¿Tenemos que ponernos mascarilla para salir a hacer deporte? Según ha dado a conoce el ministerio de Sanidad y el propio Fernando Simón, la actividad de quienes van a correr entra en las excepciones por el «desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla». Por lo tanto, el uso de mascarillas en el deporte no es obligatorio.

Tampoco cuando vayamos a realizar otras actividades incompatibles como «la ingesta de alimentos y bebidas».

Por lo tanto, y si estamos realizando cualquiera de estas actividades en las terrazas de los bares, estaremos eximidos del uso de mascarilla.

No obstante, desde Delegación del Gobierno han explicado que las mascarillas son obligatorias cuando se reúnen personas que no viven en el mismo domicilio y no puedan mantener los dos metros de seguridad interpersonal. Por lo tanto, tendremos que llevar la mascarilla en la medida de lo posible y quitárnosla para consumir los distintos productos.

Por último, y si vas a coger el coche, las mascarillas son de uso obligado en los coches en los que viajen personas que no convivan. Un caso que también se aplica al transporte público. 

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