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Rechazo unánime de las asociaciones de prensa a la sentencia que envía a prisión a una periodista por informar de un sumario judicial que ni siquiera era secreto

El fallo sin precedentes de la Audiencia de Huelva deja “al libre dictamen de los jueces” la relevancia de una información periodística, según el colectivo de prensa

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análisis

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La sentencia pionera que condena a dos años de prisión a una periodista del diario Huelva Información por ejercer su derecho a la libertad de prensa tras publicar varias informaciones veraces y contrastadas extraídas del sumario del caso del crimen de la joven profesora Laura Luelmo, en El Campillo, Huelva, en diciembre de 2018, ha sido rechazada de forma unánime por todas las asociaciones de prensa de Andalucía y también por la Federación de Asociaciones de Prensa de España (FAPE).

En un comunicado conjunto, estas entidades que agrupan a los periodistas manifiestan su “rechazo absoluto” a esta sentencia judicial de la Audiencia Provincial de Huelva por supuesta “revelación de secretos”. Las asociaciones de prensa andaluzas consideran que el fallo judicial “puede generar un peligroso precedente ya que atenta directamente contra el derecho constitucional de la ciudadanía a recibir una información veraz, en este caso, verdadera”.

La redactora del diario onubense ha sido condenada a dos años de prisión como autora de un delito de revelación de secretos, contenido en el artículo 197.3 del Código Penal, y también a pagar una multa de 3.240 euros e inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión de periodista durante el tiempo de la condena. Además, la periodista y el diario donde publicó las informaciones, como responsable subsidiario, deberán indemnizar en 30.000 euros a dos familiares de la joven asesinada.

El colectivo de periodistas rechaza la sentencia al considerar que “genera una honda preocupación en las asociaciones profesionales, puesto que deja al libre dictamen de los jueces la relevancia de una información, que, siempre y cuando sea veraz, está amparada en el artículo 20 de nuestra Carta Magna”.

“La Justicia tiene el deber de proteger y defender la información veraz, nunca perseguirla o castigarla”, señalan los periodistas andaluces

El comunicado de las asociaciones de prensa andaluzas, respaldado por la FAPE, añade que la sentencia de la Audiencia de Huelva “abre la puerta a que se establezca una censura a posteriori en la que se juzgue a los periodistas después de publicar una información” y también “abre la posibilidad a que los profesionales se enfrenten a condenas de prisión por revelar información considerada no relevante por los jueces”. Las asociaciones andaluzas de prensa destacan que en este caso concreto “ni siquiera existía secreto sumarial sobre la causa y que era una información verdadera”.

Además, el colectivo que representa a los periodistas señala que esta sentencia “sienta un peligroso precedente” y “pone en riesgo los estándares democráticos que protegen a la profesión periodística en la Constitución”. Por ello, reclama que “la Justicia tiene el deber de proteger y defender la información veraz, nunca perseguirla o castigarla. Hablamos de un derecho constitucional de los ciudadanos que ejercen a través de los periodistas”.

Esta sentencia sin precedentes, adelantada por el periodista Jorge Muñoz en los diarios del Grupo Joly, al que pertenece Huelva Información, fue impulsada en origen contra la periodista condenada por el fiscal jefe de la Audiencia Provincial de Huelva, Alfredo Flores, hijo del que fuera también fiscal del tristemente famoso caso Arny en Sevilla, recientemente fallecido. La familia de la víctima se sumó a la causa contra la periodista de Huelva Información, a la que elevó la petición de pena hasta los cuatro años y nueve meses de prisión, según informan los diarios del Grupo Joly.

El fallo de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Huelva, de 47 folios de extensión, determina que los seis artículos publicados en el diario provincial por la periodista condenada “se consideran innecesarios para cubrir la noticia de la muerte de Laura Luelmo en relación con el interés público informativo”. De este modo, los jueces se arrogan el derecho a determinar qué es noticiable y qué no y, del mismo modo, determinan aquí los límites a la libertad de expresión de los informadores y el derecho a informar a la ciudadanía.

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