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Un juez desmonta los argumentos de sus compañeros para rebajar las penas a violadores

El magistrado Daniel Varona considera que “no se está teniendo en cuenta la voluntad del legislador”

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análisis

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Los argumentos que utilizan los jueces y magistrados contrarios a rebajar las penas de pederastas y violadores a la hora de aplicar la ley del sólo si es si, empiezan a ser tan contundentes que desenmascaran a los partidarios de esas rebajas: hay un trasfondo político. Cada vez cabe menos dudas. El magistrado de la Audiencia Provincial de Girona, Daniel Varona, dice que “no se está teniendo en cuenta la voluntad del legislador”. El gobierno y el Congreso no pretendían rebajar penas sino todo lo contrario, endurecerlas. Pero la interpretación torticera utilizada por los partidarios de la rebaja está originando una situación rocambolesca. Con violadores y pederastas que ven rebajadas sus penas y la consiguiente alarma social generada. ¿Quién está detrás de esa estrategia que supone un serio desgaste para el gobierno progresista? El juez Varona desmonta, con argumentos jurídicos, los fundamentos que están utilizando sus compañeros.

Resulta evidente que existen ciertos motivos “inconfesables” para poner todo tipo de piedras en el camino de la reforma del Código Penal para endurecer los delitos de violación y pederastia. Algunos jueces y fiscales dicen haber encontrado “lagunas” en la redacción de la reforma aprobada con los votos del PSOE y el PP, y la oposición del socio de gobierno, Podemos. Dicen que “se aprecian fallos de redacción y algunas desproporciones punitivas entre hechos delictivos distintos que llevan a castigar unos supuestos por encima de otros cuando su gravedad es comparable o incluso superior”. Todas estas “resistencias” ni siquiera se habrían tomado en consideración si, desde un principio, se hubiesen tenido en cuenta los argumentos de Daniel Varona, magistrado discrepante de una sentencia de la Audiencia de Girona contra el autor de un delito de agresión sexual cometido en 2018.

En su voto particular, Varona discrepa de la necesidad de aplicar, en estos casos, el Código Penal más favorable, el reflejado en la ley del sólo si es sí. El magistrado está de acuerdo en que hay que condenar al agresor. Pero no duda en opinar diferentemente a sus dos compañeros. El cree que hay que aplicar el Código Penal anterior: “el argumento de la supuesta rebaja de penas no es tal y es engañoso”.

El juez dice que “se está interpretando de manera equivocada en los tribunales el principio jurídico consistente en aplicar el código penal más favorable al acusado porque hay una diferencia entre el principio de irretroactividad de la ley penal (no se puede condenar con leyes que no estaban vigentes en el momento de cometer el delito) y el principio de aplicar la ley penal más favorable en cada momento. Este segundo principio exige ineludiblemente que el poder legislativo haya cambiado la valoración de una conducta en el Código Penal para tratarla de forma más benévola”.

Y ahí es donde reside toda la clave, a juicio del juez Varona: “aplicando la ley del sólo si es si, en ningún momento aparece rastro alguno de querer castigar con menos años de cárcel el delito de agresión sexual”. En una crítica a la interpretación que de forma mayoritaria están realizando los tribunales, el magistrado cree que “los jueces han olvidado un aspecto fundamental a la hora de decidir que el nuevo Código Penal es más favorable a los acusados. Hay que probar que el objetivo del legislador es sancionar con menos dureza las agresiones sexuales, algo que no ocurre con la ley del sólo si es si”

Daniel Varona también analiza de manera diferente al resto de sus compañeros la aplicación de la pena mínima establecida en el CP, la de cuatro años: “la nueva ley no ha cambiado dos tipos penales idénticos que sancionan una misma conducta, sino que ha unificado los abusos y las agresiones en un nuevo delito. Es decir, que se ha creado una nueva figura que antes englobaba las conductas que constituyen abuso y agresión sexual”.  El magistrado cree que este error de apreciación es lo que están utilizando sus compañeros en sus interpretaciones judiciales. Y en ese sentido critica al redactor de la norma porque “podría haber utilizado una nueva forma delictiva como puede ser la de atentado sexual de forma que quedara claro que el tipo penal no recoge exactamente la conducta castigada por la antigua agresión sexual”. Esa conducta que, precisamente, está dando lugar a tantas interpretaciones interesadas “y engañosas,” a juicio de Varona.

En otras palabras, Daniel Varona considera que no se está teniendo en cuenta la voluntad del legislador.  No se han cambiado dos tipos penales idénticos que sancionan una misma conducta, y se han unificado los abusos y las agresiones en un nuevo delito. Estos son los fallos que se están produciendo en las sentencias favorables a la rebaja de penas cuando para el miembro de la Audiencia de Girona está claro que se puede aplicar el Código Penal anterior a ley del sólo si es si ya que la reforma no implica una rebaja automática de la pena de las que, constitucionalmente, deben beneficiarse los acusados.

Pero es más fácil seguir dictando rebajas de penas para pederastas y violadores porque los medios de comunicación afines a la derecha se encargan de publicar su incremento. El caso es ir desgastando al gobierno de Pedro Sánchez.

La pregunta que nos deberíamos hacer es si, en el hipotético caso de que Alberto Núñez Feijóo alcance la mayoría suficiente en noviembre como para hacerse con el gobierno, se procederá a cambiar, de nuevo, la ley del sólo si es sí. Si esta es una de las famosas “derogaciones” que piensa llevar a cabo si se convierte en el nuevo inquilino de la Moncloa. No es de extrañar que ciertos colectivos ciudadanos se quejen de la “inseguridad jurídica”. Si se está cambiando continuamente la ley es lógica esa interpretación que hacen los alarmistas.

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2 COMENTARIOS

  1. Estoy de acuerdo en que el juez debe respetar la intención del legislador. Así la que manda es la ley, que es hecha por nuestros representantes elegidos por el pueblo. La alternativa es que los jueces interpreten la ley » a su manera». Hay 2 alternativas:
    1. Los jueces se limitan a sentenciar sin inventarse nada, sino respetando la voluntad del que hizo la ley. En ese caso en realidad no mandan los jueces, sino que manda el pueblo que eligió a los que hacen las leyes.
    2. Los jueces interpretan la ley según su ideología u otras cosas. En tal caso se puede decir que los que mandan son los jueces. Y si llegan a prevaricar, es dudoso que se pueda hablar de democracia.

    Una vez dicho esto, deberíamos tener en cuenta que cuando se redactó la constitución, la intención de los que la hicieron fue que el aborto fuera inconstitucional. La constitución habla del derecho a la vida y si el anterior Tribunal Constitucional se negaba a pronunciarse sobre el tema, era porque en el fondo sabían que el aborto iba contra la intención del que hizo la ley, pero no se atrevían a sentenciarlo así.

  2. A ver; sí, lo entiendo, el espíritu de la ley que recae en gente sin espíritu, y soy de esta opinión. Pero es que si se cambian los términos que refieren el delito no afectan a las condenas firmes, y si se ha de cambiar añadan la posibilidad de un nuevo juicio en los términos actuales, no la amnistía pseudo-criminal que ha desatado esta ola inaceptable de crímenes contra las mujeres. Pero ustedes no sienten vergüenza o sólo me ocurre a mí? Entiendo que un ser puede ser juzgado sólo una vez por un delito, pero eso, una vez y con criterios de responasabilidad. Y el retrasado de Sánchez le va subir el salario a este ganado porcino? Al matadero, carallo. Al puto paro porque no defienden a los ciudadanos, defienden a la extrema derecha.

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