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Movimiento por la discapacidad, empleabilidad y discapacidad

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análisis

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El Movimiento Por la Discapacidad (MPD), es un movimiento para y por las personas con discapacidad y todas aquellas personas que se sientan identificadas por la situación de desamparo que vive este colectivo de personas que cada día va creciendo en número de personas afectadas.

Este Movimiento nace a consecuencia del abandono prolongado en el tiempo por parte de las entidades que dicen representar a las personas con discapacidad. Estas entidades actualmente su actividad consiste en PRESTAR SERVICIOS DE “FACTO” al colectivo formado por las personas que sufren de algún tipo de discapacidad. Dichas entidades, en lugar de reivindicar y luchar para que estar personas dejen de sufrir carencias y necesidades y asesorar a estas personas para que mejoren su calidad de vida en todos los ámbitos: familiar, escolar, sanitario y social actúan como empresas productivas y muy lucrativas para unos cuantos.

La discapacidad carece de recursos y logística para hacerse oír, carece de presencia en la sociedad y en la política, si no es a través de estas entidades que se llaman así mismas, “representativas de la discapacidad”.

Por este motivo nace el Movimiento Por la Discapacidad (MPD), formado por un grupo de personas con y sin discapacidad que lucha por una INCLUSIÓN REAL Y EFECTIVA, laboral, social, escolar, y sanitaria y luchamos para lograr asumir roles similares a los asumidos por las personas sin discapacidad.

Estamos interesados en hacer llegar a las Administraciones Públicas y a los Partidos Políticos, aquellos cambios que entendemos que son necesarios para llegar a esa ansiada INCLUSIÓN REAL Y EFECTIVA a través de políticas y prácticas adecuadas con el fin de garantizar las mismas oportunidades de participación de las personas con discapacidad en todos los aspectos de la vida.

La pandemia sufrida a consecuencia del Covid-19 a afectado gravemente a toda la sociedad originando con ello grandes desigualdades sociales, también el colectivo de personas con discapacidad ha sufrido, estamos sufriendo, perdida de oportunidades, pérdida de puestos de trabajo, pérdida de atención médica, todo ello nos afecta en las relaciones sociales, aquellas familias con algún miembro con discapacidad, tienen mayores dificultades para poder atenderles adecuadamente, también sufrimos en la educación y las atenciones sanitarias no son los que debieran de ser. Las personas con discapacidad sufrimos de segregación y abandono general por parte de las instituciones del Estado.

Por todo ello, el Movimiento Por la Discapacidad está batallando por una INCLUISIÓN REAL Y EFECTIVA en todos los ámbitos de la vida, social, educativo y laboral, pero hoy nos vamos a centrar en la empleabilidad.

Actualmente estamos viviendo una situación muy difícil laboralmente, siendo una ardua labor encontrar trabajo para todos los que estamos en edad de trabajar, pero las personas con discapacidad tenemos mayores dificultades para acceder al merado laboral, aún así, las organizaciones que dicen representarnos se permiten proponer a la ONU que, los Centros Especiales de Empleo deben ser considerados como EMPRESAS INCLUSIVAS. Esta propuesta NO cumple con el artículo 27 de la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad que trata sobre trabajo y empleo y reconoce el derecho de las personas con discapacidad a trabajar en igualdad de condiciones que los demás trabajadores sin discapacidad, ello incluye el derecho a tener la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente elegido o aceptado en u mercado y un entorno laborales que sean abiertos, inclusivos y accesibles a las personas con discapacidad.

Bajo esta definición del artículo 27, la petición que han hechos los grandes representantes del sector discapacidad no cumple con este artículo, pues algunos Centros Especiales de Empleo (los cuales forman parte de estas organizaciones) no cumplen lo que reza dicho artículo entre otras que, la mayor parte de las personas con discapacidad tan sólo encuentran empleabilidad en los Centros Especiales de Empleo y no en el mercado laboral ordinario.

Actualmente, la mayor parte de la población con algún tipo de discapacidad, que logra acceder a un empleo a remunerado, es a través de un Centro Especial de Empleo, lo cual entendemos que es Segregación, pues no tenemos acceso de manera libre al mercado laboral ordinario, pero, ¿qué es un Centro Especial de Empleo?  La definición de Google de las Centros Especiales de Empleo es: “son empresas cuyo principal objetivo es proporcionar a las personas con discapacidad un trabajo productivo y remunerado adecuado a sus propias características personales, y facilitar la integración laboral de los trabajadores con discapacidad en el mercado laboral ordinario. Pero en la actualidad, los Centros Especiales de Empleo no cumplen la finalidad de servir de puente para las PCD hasta el mercado ordinario, convirtiéndose en empresas productivas siendo muy rentables para unos pocos que se lucran con el trabajo de los trabajadores con discapacidad.

Los Centros Especiales de Empleo no cumplen las normas establecidas para estos centros de trabajo entre otras:

  • la jornada laboral que consiste en 38 horas 30 minutos, no las 40 horas establecidas en el mercado laboral ordinario.
  • los trabajadores de los Centros Especiales de Empleo legalmente no deben hacer horas extras.

Ej.de una trabajadora de un CEE:

Nos pedían hacer horas extras, pues la hacía, había que acudir a trabajar los sábados, y también lo hacía y si en algún momento teníamos un accidente laboral, como cuando me corté con un cúter y tuve que utilizar como esparadrapo cinta carrocera, pues el botiquín carecía de esparadrapo, que casualidad, verdad. Cuando llegué a mi pueblo me dirigí al médico que me puso tres puntos de sutura. Cuando el lunes acudí a mi trabajo, me  indicaron “espero que no hubiera dicho que había sido trabajando pues al ser un Centro Especial de Empleo está prohibido echar horas”

A todo esto, los Centros Especiales de Empleo reciben subvenciones, ayudas y beneficios fiscales para la creación y mantenimiento del empleo.

Las condiciones de trabajo que ofrecen los Centros Especiales de Empleo, no todos, pero si la gran mayoría consiste en: precariedad e inseguridad laboral, realización de trabajos precarios, peligrosos y/o repetitivos.La mano de obra les resulta barata por tener baja formación y porque según establece el Convenio que regula a estos centros pagan el 75% de la nómina establecida a un trabajador sin discapacidad por realizar el mismo trabajo y nos exigen la misma productividad.

Los Centros Especiales de Empleo están obligados a formar a los trabajadores y no lo hacen, realizan la contratación pidiendo que el candidato tenga experiencia previa en el puesto de trabajo, siendo por ello una gran incongruencia ya que no coincide con la finalidad que dicen y venden a la sociedad.

Los Centros Especiales de Empleo contratan a personas con discapacidad manipulables, convenciéndoles de que los únicos que les ofrecen trabajo son ellos y que si están trabajando es gracias a ellos, logrando implantar miedo a represalias incluso a pérdida de trabajo en caso de no aceptar todo lo que te proponen, por ello debemos sufrir en varias situaciones y Centros Especiales de Empleo vejaciones varias, insultos, acoso laboral… y aun así los trabajadores con discapacidad están deseosos de demostrar su valía.

Ej.de otro trabajador en otro CEE: Comienzan a darme voces, a maltratarme, hasta el punto de irme a casa llorando, y gracias a un compañero que me informa de que hablan mal de mí, pues por mi discapacidad auditiva escuchaba nada, comienzan a no avisarme de los descansos, pues me tenían que avisar, por no escuchar la sirena indicativa del descanso, me enteraba que se había terminado la jornada laboral porque se apagaban las luces del centro, y nadie me avisaba de ello, me insultaban diciendo “la pu… sorda” y más comentarios ofensivos.

Para que esta situación revierta en beneficio de los trabajadores con discapacidad es necesario modificar la ley 9/2017 de 8 de noviembre para eliminar la reserva de contratos dirigidos a los CEE y modificar el cupo de reserva del 2% al 10%.

Modificar el Real Decreto 2273/1985, de 4 de diciembre que aprueba el Reglamento de los Centros Especiales de Empleo, por tener más de 35 años de creación y, estas organizaciones no cumplen la finalidad para la que fueron creados.

Modificar la Ley 38/2003 de 17 de noviembre sobre subvenciones a la discapacidad locales, autonómicas y estatales, así como las bases reguladoras, para que le personal objeto de la subvención (los trabajadores con discapacidad) debe de ser ocupado por, al menos, el 50%, así como el baremo que puntúa la adjudicación de las subvenciones también bareme el número de personas con discapacidad contratadas por la entidad.

Y entendemos que es necesario la realización de auditorías que controle de alguna manera la adjudicación de las subvenciones, cosa que actualmente no se realiza.

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