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Denuncian que la Audiencia Nacional incumplió la norma de reparto en el Caso Tsunami

García Castellón, según indica la reclamación de una de las partes, “habría empezado a investigar el Tsunami indebidamente y haciendo caso omiso de las reglas de reparto establecidas”, lo que, a su juicio, provoca una evidente vulneración al derecho al juez imparcial, independiente y predeterminado por ley

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análisis

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El Caso Tsunami no pasó por el registro del juzgado de guardia de la Audiencia Nacional. No se puso en marcha el mecanismo de reparto al que obliga la normativa y se entregó directamente al juez García Castellón. La causa se abrió a raíz de un informe de la guardia civil del 17 de octubre de 2019, tres días después de la protesta el aeropuerto de El Prat, que se remitió directamente al juzgado número 6 sin que se llevase a cabo el trámite correspondiente, es decir la entrega de los atestados al juzgado central de guardia que los traslada al decanato quien decide a cuál de los seis instructores le corresponde abrir las correspondientes diligencias. El abogado de dos de los investigados ha solicitado al letrado superior de la administración de justicia, LEAJ, en la Audiencia Nacional, aclaraciones sobre esta posible anomalía que puede desembocar en la anulación de la instrucción llevada a cabo hasta el momento.

Las fuentes jurídicas consultadas creen que los informes de la guardia civil se entregaron al juzgado número seis porque allí estaban abiertos dos sumarios que podrían tener relación, unos sumarios, por cierto, a los que los abogados defensores no tuvieron acceso porque el juez se negó a ello en una decisión posteriormente corregida por sus superiores. Se refieren a las actividades de los Comités de Defensa de la República, CDR, pero en ellos también figuran investigaciones sobre las actividades de Carles Puigdemont en Bruselas, y de Anna Gabriel, la exdiputada de la CUP huida a Suiza. Unas investigaciones que no terminaron en imputaciones formales. No se llamó a declarar a las personas a las que se les intervino sus teléfonos, ni siquiera se les informó de que estaban siendo investigadas porque García Castellón había declarado “secretas” estas actuaciones. Por lo que se puede comprobar, estas diligencias judiciales están llenas de irregularidades. Actualmente se encuentran en un limbo. No han sido archivadas, pero tampoco están activas. En todo caso, sirven de soporte de la instrucción de Tsunami.

Por tal motivo es por lo que el juez reclamó los informes de la guardia civil que dieron lugar a la apertura del sumario del Caso Tsunami. El abogado del empresario Oriol Solé y del dirigente de Ómnium Cultural, Oleguer Serra, es el que ha pedido las explicaciones y el que dice que, o éstas son convincentes desde el punto de vista jurídico, o se estarán vulnerando derechos fundamentales de sus defendidos. Según el letrado, García Castellón “habría empezado a investigar el Tsunami indebidamente y haciendo caso omiso de las reglas de reparto establecidas”, lo que, a su juicio, provoca una evidente vulneración al derecho al juez imparcial, independiente y predeterminado por ley. Algo parecido puede acabar por ocurrir con la llamada “trama rusa” del procès. El juez ha pedido a la policía los informes sobre las relaciones de presuntos miembros del servicio de espionaje ruso con líderes independentistas catalanes. Lo paradójico es que este asunto ya lo está investigando el juez número 1 de Barcelona, Joaquín Aguirre. Los trámites judiciales se solapan.

En este país ya se empieza a cuestionar el sistema de reparto de las causas en los juzgados, sobre todo en las instancias superiores, Audiencia Nacional y Supremo. Cada jurisdicción tiene sus normas, pero el denominador común es la existencia de un juzgado central, en el caso de las instancias superiores, y de un decanato en los juzgados territoriales. En cada una de las demarcaciones tiene que haber un número de juzgados de guardia que son los encargados de hacerse cargo de las causas procedentes del decanato o del juzgado central. En la Audiencia Nacional, el decanato es el encargado de repartir los asuntos “de forma aleatoria”. La norma segunda de las instrucciones para el reparto de casos especifica que “se realizará diariamente los días laborables, excepto los sábados, en la sede del decanato, bajo la supervisión del juez decano, asistido por el secretario del decanato, con el alcance y en los términos previstos en el artículo 167,2° de la LOPJ. Una vez registrado y clasificado el asunto entre los distintos grupos, se procederá de inmediato al reparto mediante la utilización de un programa informático que garantice el reparto aleatorio de los asuntos entre los distintos juzgados”. Pero en otro párrafo de la misma norma segunda se dice, también, que “el reparto se llevará a cabo según vaya entrando cada asunto, siendo entregado al juzgado a quien corresponda de inmediato” lo que se contradice con el modelo selectivo del programa informático.

Nadie sabe explicar cuál de los dos métodos se utiliza con más frecuencia, si el de los programas informáticos o la remisión directa al primer juzgado “que pasa por ahí”. Este segundo sistema es el que ha dado lugar a la picaresca por parte de abogados que se conocen al dedillo el funcionamiento de los juzgados y esperan al momento oportuno para introducir sus demandas. Y, por supuesto, los jueces dominan perfectamente este mecanismo por lo que, si tienen interés en que un asunto recaiga en sus dependencias, saben lo que tienen que hacer.

Manuel García Castellón no se salta la ley cuando decide dividir una macrocausa en piezas separadas. Cuando un asunto es complicado y su sumario voluminoso los instructores suelen dividirlo. Ocurrió con las operaciones Púnica y Gürtel y más reciente con las actividades del excomisario de policía José Manuel Villarejo. Pero el titular del juzgado número 6 de la Audiencia Nacional utiliza ese sistema sin necesidad en el actual sumario del Caso Tsunami, el que se está desarrollando de manera paralela al debate parlamentario sobre la ley de amnistía. Se empezó a investigar partiendo de una causa anterior como “pieza separada”. Este método de instruir, abriendo nuevas causas partiendo de otras anteriores puede vulnerar varios derechos fundamentales. Además, permite al magistrado prolongar las investigaciones más allá de los plazos legales. Porque si se ve en la obligación de cerrar un asunto por falta de tiempo, lo que hace es abrir una nueva pieza partiendo de los trabajos realizados en el que se ve en la obligación de cerrar.

Sus superiores ya le han llamado al orden por esta forma de instruir. Últimamente, la sala de Lo Penal le ha desautorizado dos prórrogas. Se refieren a una pieza separada del Caso Villarejo y a la causa sobre los homenajes a presos de ETA. Sobre esta última, los superiores consideran que el magistrado se basó en una petición “absolutamente extemporánea” de la asociación Dignidad y Justicia, apoyada por el PP, como acusación popular, para investigar un canal de Telegram gestionado por Sortu.

Estos mismos jueces son los que deben resolver otro recurso presentado por los abogados de Tsunami Democràtic que creen que García Castellón prolongó de manera irregular las diligencias sumariales un día después de haber concluido el plazo. Hay argumentos suficientes como para deducir que algunas de estas diligencias pueden acabar por ser archivadas. Si no ocurre durante la instrucción podrá concluir en la correspondiente  vista oral.

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