domingo, 19mayo, 2024
20.5 C
Seville

Puedes recuperar entre un 10 y un 15 % del precio de tu vehículo si lo compraste entre 2006 y 2013

Los distribuidores de la mayoría de marcas de coches tendrán que devolver hasta un 15% del precio que pagaron sus clientes por la compra de vehículos ente 2006 y 2013

- Publicidad -

análisis

- Publicidad -

La CNMC (Comisión Nacional de los mercados y la competencia) multó entre 2015 y 2016 a la mayoría de fabricantes y distribuidores de vehículos de marcas generalistas por realizar pactos ilegales entre 2006 y 2013 con el objetivo de fijar precios en el mercado de vehículos nuevos en lo que se ha dado en llamar “cartel de coches”. Las multas impuestas alcanzaron los 170 millones de euros distribuidos entre las distintas marcas. Además, sancionaron a 130 concesionarios y dos consultoras privadas.

Posteriormente las marcas una a una recurrieron las sanciones ante la Audiencia Nacional que finalmente desestimó sus recursos. Mas tarde, en un último intento de librarse de las sanciones de la CNMC, cada fabricante recurrió al Supremo. El Tribunal Supremo desestimo sus recursos y confirmó la resolución de la CNMC.

De esta forma se han abierto la veda a las reclamaciones de más de 10 millones de consumidores que adquirieron sus vehículos nuevos entre 2006 y 2013.

Hablamos con José Ramón Martínez de Martínez Ruiz Abogados, especialista en derecho de daños y reclamaciones por daños y perjuicios.

-José Ramón, ¿Quién puede reclamar los importes pagados de más?

– Bien, en principio la mayoría de los consumidores que adquirieron su vehículo entre 2006 y 2013, ya que un 95% de las adquisiciones en este periodo se vieron perjudicadas por el pacto ilegal de marcas y distribuidores. Hay que tener en cuenta que lo que el Supremo ha hecho es multar a las marcas por una actuación contraria a la legislación del mercado de la competencia, poniendo de manifiesto la actuación irregular de las marcas. Ahora los consumidores en base a esas Sentencias pueden reclamar los daños que le irrogaron con esas prácticas.

– ¿Qué documentos necesitan tener los compradores para poder reclamar?

– Básicamente necesitamos tres documentos, el permiso de circulación, la ficha técnica y la factura, aunque esto último en muchos casos es difícil de conseguir porque los perjudicados puede que lo hayan extraviado, en ese caso buscamos otra documentación alternativa que acredite la compra y el precio.

– ¿Nos puede decir que importe se puede obtener?

– En principio, por las sentencias que estamos recibiendo, entre un 10 y un 15 % del precio de compra, hay que estudiar cada caso concreto.

– ¿ De qué forma pueden reclamar los consumidores?

– En principio hay dos maneras, o mediante una demanda colectiva de consumidores y usuarios o mediante una demanda particular, la colectiva tiene de desventaja que al reclamarse intereses colectivos las indemnizaciones serán mas bajas que si se reclama de forma individual.

– ¿Tiene mucho costo para el comprador interponer una demanda?

– Actualmente hay muchos despachos que están ofreciendo formulas para que los perjudicados no tengan que abonar nada hasta que no se reciban las indemnizaciones. Creo que es una buena manera de que los perjudicados puedan reclamar sin arriesgar nada.

- Publicidad -
- Publicidad -

Relacionadas

- Publicidad -
- Publicidad -

DEJA UNA RESPUESTA

Comentario
Introduce tu nombre

- Publicidad -
- Publicidad -
- Publicidad -

últimos artículos

- Publicidad -
- Publicidad -

lo + leído

- Publicidad -

lo + leído