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Mezclar la protesta de El Prat con el terrorismo, la ONU, y la UE no se le ocurre ni al que asó la manteca

Si asumimos el argumento de García Castellón, actos terroristas pueden ser cualquiera de la vida cotidiana.  se puede calificar de “acto terrorista” hasta un partido de futbol, un acontecimiento en donde se suelen producir infinidad de infartos entre los espectadores y a nadie se le ha ocurrido calificar el futbol como “acto terrorista”

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análisis

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Delirante. Es el único calificativo que cabe para calificar lo que se ha dicho en las ultimas horas sobre la posibilidad de que intervengan la ONU y la UE. “El auto de imputación de Carles Puigdemont y otros dirigentes independentistas por su implicación en Tsunami Democràtic sienta las bases para impugnar la futura ley de amnistía ante los tribunales europeos y Naciones Unidas” se dice textualmente en el primer párrafo de una información aparecida en un medio digital claramente vinculado a la derecha.

En primer lugar, nadie, salvo los negociadores, conoce los términos exactos de “la ley” por lo que difícilmente se puede impugnar un contenido del que nada se sabe. En segundo lugar, las informaciones interesadas señalan que García Castellón “ha sentado las bases” para una eventual impugnación ante la ONU y la Unión Europea porque “contraviene las resoluciones aprobadas por el organismo y el derecho comunitario”. Es increíble que un magistrado como el titular nº 6 de la Audiencia Nacional que fue juez de enlace con Francia, por lo que conoce perfectamente el fenómeno del terrorismo ya que fue su principal trabajo en ese cometido, lo haya vinculado a una protesta que se desarrolló sin ningún tipo de violencia simplemente porque una persona murió de un infarto de miocardio en los accesos a las dependencias del aeropuerto que los manifestantes no habían bloqueado. Hasta donde se sepa, ningún familiar del ciudadano francés ha exigido la apertura de una causa penal. Ahora, García Castellón les anima a ello.

En lo que se refiere al fallecimiento, el desconocimiento de García Castellón es total. Un infarto de miocardio se puede producir por muchas causas que no tienen que ver con el estrés que le pudo producir a ese ciudadano el hecho de no encontrar un medio de transporte para trasladarse a su lugar de destino. El infarto no se produce, así como así. Los cardiólogos lo vinculan siempre a múltiples causas, el tabaquismo, la obesidad, la vida sedentaria, la mala alimentación, la ingesta de alcohol y la diabetes, entre otras. Ya se ha dicho por activa y pasiva que el infarto no es un fenómeno que se produzca espontáneamente, sino que se viene fraguando progresivamente en el corazón.  Y si no que se lo pregunten a los especialistas en hemodinámica.

La hipótesis que plantea García Castellón fue rechazada hace cuatro años, cuando se produjeron los hechos, por el servicio médico que atendió al infartado. El SEM, el Servicio de Emergencias Médicas de Catalunya, desvinculó la muerte con la protesta de Tsunami ya que el fallecido se encontraba en una terminal cuyos accesos no se encontraban bloqueados por los manifestantes y los sanitarios pudieron acudir con rapidez a atenderlo, si bien no pudieron salvarle la vida. Curiosamente, García Castellón no recoge el informe del SEM.

Pero es que hay más. Si asumimos el argumento de García Castellón, actos terroristas pueden ser cualquiera de la vida cotidiana.  se puede calificar de “acto terrorista” hasta un partido de futbol, un acontecimiento en donde se suelen producir infinidad de infartos entre los espectadores y a nadie se le ha ocurrido calificar el futbol como “acto terrorista”. En España y en todo el mundo se han celebrado manifestaciones en las que algún transeúnte ajeno a la movilización ha tenido que ser atendido por sobrevenirle un paro cardiaco. En el aeropuerto de El Prat no es la primera vez que se paraliza el tráfico aéreo en las pistas. Y no lo produjeron los separatistas catalanes sino unos sindicalistas. A nadie se le ha ocurrido calificar esa protesta como “acto terrorista”, ni a los controladores aéreos que paralizaron el tráfico y que fueron sustituidos por militares durante el primer estado de alarma que se decretó en este país. Ni al famoso Abundio, que asó la manteca, se le ocurriría semejante idea salvo que lo que se pretenda sea dinamitar el proceso. Una evidente injerencia en la política que no puede ni debe cometer un juez, por mucho que se llame Manuel García Castellón.

Su auto, que tanta polvareda ha levantado, no se sostiene jurídicamente. Ha sido redactado con evidente precipitación y carece de recorrido. Casi con toda seguridad, sus superiores que ya le han enmendado la plana en múltiples ocasiones, lo rechazarán cuando el fiscal, tal y como se ha comprometido, presente el consiguiente recurso.

Las informaciones hasta ahora publicadas aseguran que el juez “deja entrever su intención de elevar el conflicto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) a través de una cuestión prejudicial. Considera, y así lo refleja, que olvidar delitos de este tipo iría contra directivas de la UE e incluso “resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y protocolos internacionales suscritos por España”. No se dice cuales son esas directrices europeas en la lucha contra el terrorismo, pero no se debe olvidar que en Europa se respeta algo que se llama “libertad de expresión y manifestación”. 

Además, se señala que la admisión a trámite por parte de los jueces europeos de una cuestión de prejudicialidad implica la suspensión cautelar de la norma recurrida. No es exactamente así. Y el plazo medio de resolución de tres años no es el que se apunta en esas informaciones. El TJUE resuelve una cuestión de prejudicialidad en un relativo breve intervalo de tiempo por ser precisamente eso, “cuestión de prejudicialidad”, no un recurso ni una demanda. Y algo muy interesante a tener en cuenta. Las resoluciones de la justicia europea no obligan a los estados miembros. Y si no que se lo digan a Polonia y Hungría. Incluso a los tribunales de este país, que todavía no han ejecutado sentencias como las de las cláusulas suelo y otros abusos cometidos por los bancos

Tampoco se entiende la premura con que ha actuado el juez después de tener el caso paralizado durante tres años. Justo coincidiendo con la batalla que la derecha judicial ha emprendido contra la amnistía. Y, para terminar, algo que le puede pasar a García Castellón casi con toda seguridad. Las defensas lo van a recusar. Van a pedir que se aparte de la causa por sus opiniones públicas sobre la amnistía, recordemos: “La amnistía no está prohibida en la Constitución, pero en la Constitución tampoco pone que esté prohibida la esclavitud”, dijo hace unos días en Ourense el magistrado, junto a su amigo Julio Ariza,  el dirigente mediático de la extrema derecha, condenado por el concurso de acreedores de Intereconomía.

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